Impuestos Autónomos

¿Te gustaría poder rellenar el modelo 303 IVA? Aquí tienes la guía completa paso a paso. En plan no tengo ni idea y por fin he encontrado cómo demonios entender tanta casilla, que sí, que a primera vista puede desmoralizar al más valiente. Pero ya verás como no es tan complicado.

La opción del Régimen General es la de la inmensa mayoría de los autónomos que no ejercen su actividad por módulos. Seguro que es la tuya.

Con los datos que se utilizan más frecuentemente, facturas emitidas, facturas recibidas, adquisiciones intracomunitarias, entregas, importación, exportación.

Siéntate, tranquilamente y verás cómo presentar el modelo 303. Paso a paso. Como las instrucciones del modelo 303.

Pero antes de ponerte a rellenar las casillas ¿sabes cómo hacer la declaración trimestral del IVA? Ten las ideas claras desde el prinicipio.

¿Quién tiene que presentar el modelo 303 IVA?

¿Quién tiene obligación?

Tienes obligación de presentar el modelo 303 IVA si eres una empresa, Sociedad o autónomo que realizas una actividad económica sujeta a IVA.

En todos los casos. Aunque no hayas tenido ingresos, aunque tampoco hayas tenido gastos, aunque lleves tiempo sin tener actividad. Da igual el resultado, si es cero también es obligatorio.

¿Quién no tiene obligación?

Si estás acogido al sistema de Recargo de Equivalencia. Tampoco tendrás obligación si tu actividad está exenta o no sujeta a IVA porque aunque tengas gastos no te los vas a poder deducir.

Para mayor seguridad y por si acaso cuando te diste de alta de actividad en Hacienda mira el modelo 036 no vaya a ser que pusieras una cruz en alguna casilla que no deberías. Si es así presenta el modelo 303 y luego da la baja de la obligación.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 303 IVA?

Si estás inscrito en Devolución de IVA mensual, ya sabes, todos los meses tendrás que presentarlo, hasta el día 20 del mes siguiente. Incluso en agosto.

Para el resto que es la inmensa mayoría:

 

Cuándo hay que presentar el modelo 303 IVA

 

De qué forma presentar el modelo 303 IVA: por Internet o en impreso en papel

Cuando entres en la página de Hacienda para empezar a rellenar casillas lo primero que tendrás que hacer es seleccionar la forma de presentación porque el formulario aunque es igual se valida de manera diferente.

No hay ningún formulario tipo impreso para que te lo descargues y rellenarlo. Hay que hacerlo a través de la página de Hacienda. Incluso si sólo quieres imprimirlo.

Si eres autónomo te interesa ¿puedo presentar el IVA en papel?

Si eres autómo puedes presentar el modelo 303 en papel, con un formulario.

Pero si lo haces por Internet accederás a un histórico de resultados a compensar de trimestres anteriores, lo que se llama cartera de cuotas a compensar. Y también a los datos censales relacionados con el IVA que ya constan.

Así que no es cuestión de evitarte paseos al banco con el formulario.

Pou muy Internet que sea no consiste en hacer clic y listo. No lo dejes para última hora porque tardarás algunos días.

Necesitarás:

¿Qué datos necesitas para rellenar modelo 303 IVA?

Para rellenar el modelo 303 coge todas las facturas que tengan IVA. Las de tus ingresos y las de tus gastos.

Puede que tengas algún programa de contabilidad. De los de toda la vida o de los de la nube. Da igual.

Pero sí no lo tienes utiliza una hoja de Excel para tener las facturas controladas. Separa por tipos de IVA que luego te será más fácil para hacer las sumas.

Piensa que no tienes obligación de llevar una contabilidad. Pero sí Hacienda te va a pedir unos libros de facturas. Puedes hacerlo en Excel. Mira aquí cómo hacer los libros (listados) siendo autónomo.

Si además tienes otro tipo de operaciones que no tienen IVA como Intracomunitarias (ventas o compras a países de la Unión Europea) o exportaciones también anótalas que te va a hacer falta el total.

No las juntes todas. Mejor hazte un Excel por cada trimestre. Si no luego no vas a saber de dónde salieron los importes y el resultado. Así podrás rellenar el modelo 303 sin líos.

Tip: si lo vas anotando cada trimestre cuando llegue el momento de presentar el modelo 390 anual en enero irás mucho más rápido y sin un solo quebradero de cabeza. Es importante tener un excel con todos los trimestres.

Si sólo tienes ingresos y gastos normales, sin adquisiciones intracomunitarias, ni nada más te interesa Cómo rellenar modelo 303 Guía rápida.

¿Empezamos a rellenar el modelo 303?

Acceder al formulario

Para rellenar el modelo 303 lo primero abre la página de Hacienda www.agenciatributaria.es

  • Todos Las gestiones
  • Impuestos y tasas
  • IVA
  • Modelo 303 IVA Autoliquidación

 

Modelo 303 seleccionar por Internet pre303 o papel
Modelo 303 seleccionar por Internet pre303 o papel

Saltará una pantalla para que selecciones el certificado digital o Cl@ve PIN. O si has seleccionado formulario preimpreso.

Rellena los datos básicos

Ahora se abrirá la pantalla de inicio para empezar a cumplimentar el modelo 303.

 

Modelo 303 IVA datos básicos inicio formulario
Modelo 303 IVA datos básicos inicio formulario

 

Estos datos de la pantalla inicial del modelo 303 hay que rellenarlos todos para acceder al formulario:

  • Tu NIF (autónomo).
  • Apellidos y nombre .
  • Ejercicio: año al que corresponde la declaración (no es el año en el que presentas). Sale automáticamente. Si el modelo 303 que necesitas presentar es de otro año elige la opción de ejercicios anteriores en la primera pantalla.
  • Periodo: trimestre o anual al que corresponde.

Pantalla ventana censal IVA

Apareceran los datos de las actividades en las que estás dado de alta. Deberías sabértelo de memoria. Pero bueno no está de más que le eches un vistazo.

Si ves que está bien haz clic en «continuar con la presentación modelo 303» para avanzar. Si no puedes modificarlo en este momento.

 

Modelo 303 pantalla ventana censal
Modelo 303 pantalla ventana censal

Casillas de identificación inicio modelo 303

Es más fácil de lo que te imaginas. Salen automáticamente todas las casillas marcadas que te corresponden. Acuérdate que en la pantalla anterior aparecían tus datos de alta del IVA.

Como esta guía se refiere a actividades en régimen general y no por módulos la casilla marcada serán las de la siguiente imagen.

Excepto una que tienes que marcar tú. La de «sujeto pasivo destinatario de operaciones acogidas al régimen especial del criterio de caja». Anota NO.

Ten en cuenta que estos datos no vas a poder modificarlos luego.

En el momento en que hagas clic en aceptar sólo podrás modificarlos volviendo hacia atrás y rellenando los datos de nuevo.

 

Modelo 303 pantalla casillas identificación
Modelo 303 pantalla casillas identificación

Rellena los datos del IVA de tus ingresos (IVA Devengado)

Ahora que ya tienes los datos básicos vamos a ir por partes.

Primera sección, Modelo 303 IVA Devengado. Es el IVA de las facturas que emites, de tus ingresos o ventas.

 

Pantalla IVA devengado tus ingresos
Pantalla IVA devengado tus ingresos

 

A ver que tantas casillas no te echen para atrás. Lo normal es que sólo rellenes las primeras, las más frecuentes.

Si no tienes ingresos por ningún concepto deja todas las casillas en blanco.

Para rellenar el modelo 303 sigue:

Régimen General

Anota los importes de tus ingresos o ventas. Son las bases imponibles diferenciando por porcentaje de IVA, recuerda, nunca anotes el total de las facturas.

El formulario va calculando el IVA que corresponde a cada base.

  • Casillas 01: Base al 4%.
  • Casilla 04: Base al 10%.
  • Casilla 07: Base al 21%.

Adquisiciones Intracomunitarias

Son las compras dentro de la Unión Europea si estás dado de alta en el ROI (registro de operadores intracomunitarios). Las facturas las recibes sin IVA pero hay que declararlas.

No te vuelvas loco, aunque sí sorprendido. Las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 303 se ponen primero en el IVA devengado y luego el mismo importe en el IVA deducible. ¿Por qué? Porque así el resultado no varia, primero sumas y luego restas.

Mira aquí con más detalle cómo incluir las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 303.

No se te olvide que si anotas datos en esta sección es obligatorio que presentes del modelo 349 (Operaciones Intracomunitarias) con lo cual mira a ver si los importes coinciden exactamente en los dos impuestos.

Tranquilo, es a nivel informativo, no es un impuesto de pagar.

  • Casillas 10-11: Base y cuota de IVA de las adquisicones intracomunitarias.

Como verás en este punto no hay que indicar el porcentaje de IVA. En la casilla 11 va la suma total.

Inversión del sujeto pasivo

Esto es algo más complejo de entender. Hay casos que se produce la inversión del sujeto pasivo si por ejemplo revendes teléfonos móviles, ordenadores portátiles, tabletas, consolas de videojuegos. O también si son entregas de desechos, plata, platino y algunos más determinados productos.

Y en casos que casi seguro que ni te das cuenta. Si por ejemplo tienes un servicio contratado tipo hosting o plataformas fuera de la Unión Europea se entiende que se desarrolla aquí en España. Se invierte el sujeto pasivo. Es decir, eres tú quien tiene que declarar ese IVA.

Como esto va de cómo rellenar el modelo 303 no me voy a extender en explicártelo en un momento. Así que se trata de saber dónde poner la inversión del sujeto.

Sólo piensa que esto funciona muy parecido a las adquisiciones intracomunitarias. Por eso lo pones aquí en el IVA devengado y luego en el IVA deducible. El resultado no va a variar.

  • Casilla 12 Base imponible
  • Casilla 13 IVA importe

Como en el IVA deducible no hay casillas concretas para esto súmalo a las casillas 28-29 y lo pones junto al resto de gastos.

Modificación de bases y cuotas

Cuando tengas que hacer una factura rectificativa, un abono, no debes restarlo directamente al importe de la base y el IVA devengado. Tendrás que ponerlo aparte.

  • Casilla 14 Base imponible
  • Casilla 13 Importe de IVA

Recargo de Equivalencia

Anota los importes de tus ingresos o ventas si emites facturas con este concepto, de lo contrario déjalo en blanco.

  • Casillas 16-19-22 Base imponible
  • Casillas 17-20-23 Porcentajes de Recargo de Equivalencia que correspondan a cada base imponible.
  • Casillas 18-21-24 Cuota de Recargo de Equivalencia que corresponda a cada porcentaje que has indicado en la anterior casilla.

Si tienes alguna modificación de los importes declarados en Recargo de Equivalencia en anteriores trimestres entonces anótalos en el siguiente apartado. Como es una modificación el importe es negativo.

Ya tienes rellenado la parte del IVA de tus facturas de ingresos. No ha sido tan difícil ¿no?

Rellena los datos del IVA de tus gastos (IVA Deducible)

Esta segunda sección es el IVA de las facturas que recibes de tus gastos y compras, las soportadas, las que te puedes deducir.

 

Pantalla IVA deducible
Pantalla IVA deducible

 

En esta sección tendrás que sumar todas las bases imponibles y los importes de IVA sin tener que anotar por separado lo que corresponde a cada porcentaje o tipo. Va sumado todo junto. Estos son los 18 Gastos que te puedes deducir como autónomo.

Operaciones interiores corrientes

Lo más habitual es que sólo rellenes las casillas de este apartado. Son las facturas normales, las que no son de importación y/o adquisiciones intracomunitarias.

  • Casilla 28-29 Base imponible y Cuotas de IVA, todo sumado sin diferenciar por tipos de IVA.

Bienes de Inversión

Son también tus facturas de compras pero sólo de bienes de inversión. ¿Qué es? Por ejemplo una maquinaria, un vehículo, mobiliario, aquello que es necesario para producir tu actvidad económica y que su duración va a ser de más de un año.

  • Casilla 30-31 Base imponible y Cuotas de IVA

Importación

Facturas de países de fuera de la Unión Europea.

  • Casilla 34-35 Base imponible y Cuotas de IVA

Si son importación de bienes de inversión van en:

  • Casilla 32-33 Base imponible y Cuotas de IVA

Adquisiciones intracomunitarias

Mira lo que has puesto en las casillas del IVA Devengado en el primer apartado. Aquí repites el importe exacto.

  • Casilla 36-37 Base imponible y Cuotas de IVA.

Además si estas adquisiciones intracomunitarias son bienes de inversión:

  • Casilla 38-39 Base imponible y Cuotas de IVA. Ten en cuenta que el importe de los dos tipos de adquisiciones intracomunitarias tiene que ser igual al dato que has anotado en la primera sección

Rectificacion de deducciones

Si tienes facturas de abono y el importe total de las cuotas de IVA devengado de las operaciones interiores corrientes te sale un cálculo de un número negativo, anótalo en Rectificación de deducciones.

  • Casilla 40-41 Base imponible y Cuotas de IVA.

Si no tienes facturas de gastos deducibles por ningún concepto deja todas las casillas en blanco.

Ya no te queda casi nada para acabar, sigue un poquito más.

Rellena la información adicional

Sólo si tienes estos conceptos que para la mayoría no son frecuentes.

Son las entregas intracomunitarias, las exportaciones y las operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo. No llevan IVA pero hay que anotar los importes a nivel informativo. Esto sí que te puede resultar algo no tan fácil de entender.

Ni restan ni suman y por lo tanto no afectan al resultado de la declaración. El modelo 303 tendrá el mismo resultado si lo pones o no. Por eso es un error de los más frecuentes olvidar anotarlo.

 

Modelo 303 casillas información adicional
Modelo 303 casillas información adicional

 

  • Casilla 59 Entregas intracomunitarias de bienes y servicios: son aquellas operaciones de ventas de productos o servicios a países de la Unión Europea. Al estar exentas no llevan IVA, tienes que anotar el importe total.
  • Casilla 60 Exportaciones: son aquellas operaciones de venta de productos a países que no pertenecen a la Unión Europea. Al igual que en la situación anterior están exentas y por lo tanto no llevan IVA. Tienes que anotar el importe total.
  • Casilla 120 Operaciones no sujetas por reglas de localización: aquí debes anotar las facturas que has emitido por prestación de servicios a un cliente fuera de la Unión Europea que sea empresa u otro autónomo.Si quieres ver más ¿cómo incluir en el modelo 303 facturas de servicios a clientes de EEUU?
  • Casilla 122 Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo: para entenderlo más fácil aquí van las facturas que has emitido a tus clientes poniendo la reseña «operación con inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 84. Uno.2º de la Ley 37/1992». Y tú que tienes este tipo de facturas las vas a identificar más fácil porque antes de llegar a esta casilla ya has averiguado cómo se hacen.

Te puede interesar cómo rellenar casillas 120 y 122 del modelo 303.

Acuérdate que el importe de las Entregas intracomunitarias también hay que declararlo en el modelo 349 en el mismo trimestre. Solo si estás dado de alta en el registro de operadores intracomunitarios. Sólo a nivel informativo, no hay que pagar nada.

Además hay otras dos casillas (esto es el cuento de nunca acabar) solo y exclusivamente para anotar las operaciones de comercio electrónico. Son las casillas 123 y 124. Pero esto es algo más complejo y si estás en este caso no creo que estés leyendo esto. Tendrás alguien que te lo haga fijo.

Resultado del modelo 303

No hace falta ni que calcules el resultado. Ya sale automático en la casilla 71. Pero antes mira la casilla 64. Ahí tienes el cálculo antes de compensar.

Si quieres comprobarlo resta el IVA Devengado – IVA deducible. Ese el resultado.

Pero claro ¿qué pasa con ese resultado que tienes negativo del trimestre anterior?

Si es tu primera vez o si te salió a pagar no tienes que hacer nada más. Pero si el resultado fue negativo sigue leyendo que queda poco.

 

Pantalla modelo 303 resultado
Pantalla modelo 303 resultado

Casillas cuotas a compensar de periodos anteriores

Si en el trimestre anterior el resultado fue a tu favor, es decir un importe negativo significa que fue a compensar. Funciona de una forma que se van acumulando como si fuera una «hucha» a tu favor.

Ese importe negativo lo restas del resultado de este trimestre si ahora te sale positivo a pagar.

Si en este trimestre te vuelve a salir negativo lo dejas pendiente. No lo pierdes pero ahora no puedes utilizarlo.

Y la última situación. Si te sale positivo a pagar ahora y el resultado negativo que tienes de trimestres anteriores es inferior anotas justo ese importe. El resto se quedará pendiente.

Esto puede ser algo menos fácil. Aquí tienes algunos ejemplos.

Casillas nuevas compensar modelo 303

Todo esto va en las casillas

  • Casilla 110: aquí va el importe total de cuotas a compensar de todos los periodos anteriores. Si haces clic en el lápiz (mira imagen) puedes ver a qué trimestre es cada importe.
  • Casilla 78: en esta pones el importe que vas a compensar en estre timestre. Puede ser el total que figura en la 110 o una parte. Esto depende del resultado que te está saliendo. Si el negativo que tienes es mayor sólo puedes poner justo eso. No te olvides de rellenar esta casilla es como si no compensarás nada.
  • Casilla 87: si el resultado ahora te vuelve a salir negativo en esta casilla anotas el importe que se queda pendiente. Así lo tienes en tu hucha y si en algún trimestre te sale positivo puedes «sacarlo» y restarlo. O también en el caso que te comentaba de si en el anterior no has compensado todo aquí pones ese importe de diferencia..

Por eso lo de la hucha. No puedes solicitar la devolución del IVA hasta enero en la presentación del 4º Trimestre, de forma optativa.

Si el trimestre anterior tuviste que pagar, entonces sáltate esta casilla. No tienes nada que restar.

 

Modelo 303 casillas nuevas compensar
Modelo 303 casillas nuevas compensar

Resultado negativo a compensar

Si es negativo entonces se dice que es a compensar.

Lo vas arrastrando todo el año hasta el cuarto trimestre que puedes solicitar la devolución que te comentaba antes.

 

Modelo 303 resultado negativo a compensar
Modelo 303 resultado negativo a compensar

Resultado a pagar o ingresar

Si el resultado es positivo es a ingresar. No te queda más remedio que pagarlo.

 

Resultado positivo a ingresar
Resultado positivo a ingresar

 

¿Cómo pagar el modelo 303 IVA?

  • A ingresar: se utiliza cuando solicitas un NRC en tu banco para luego presentarlo por Internet.
  • Domiciliación del importe a ingresar: acuérdate que el plazo máximo para domiciliar es 5 días antes del vencimiento final. Te aparecerá las casillas para que introduzcas tu cuenta bancaria. Es mucho más cómodo desde luego pero a veces te conlleva tener saldo suficiente y quizá eligas pago con NRC porque lo manejas tú directamente con tu banco.
  • Reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento: si no puedes pagar ahora no pasa nada. Puedes aplazarlo hasta 12 meses. Te saldrá la pantalla para indiques el número de plazos, cuándo quieres empezar a pagar, la cuenta bancaria y un motivo de la solicitud.
  • Ingreso parcial y reconocimiento de deuda con solicitud de aplazamiento: esta opción es por si puedes pagar algún importe ahora y el resto ponerlo aplazado.

Resultado sin actividad o cero

Si no has tenido ni ingresos ni gastos como es lógico el resultado será cero.

A esto se le llama sin actividad. Pero no se te olvide presentarlo porque aunque sea a cero te llegará la sanción. ¿Tengo obligación de presentar impuestos si no tengo actividad?

En este caso marca la casilla sin actividad.

 

Modelo 303 resultado cero sin actividad
Modelo 303 resultado cero sin actividad

 

Ahora que ya tienes tu resultado ya sólo queda presentar y listo.

Presentar modelo 303

Para presentar basta con hacer clic en firmar y enviar. Listo ya lo tienes presentado de forma telemática por Internet.

 

Modelo 303 Presentar por Internet
Modelo 303 Presentar por Internet

 

Si puedes y lo vas a hacer en papel preimpreso haz clic en validar declaración y podrás imprimirlo.

Ya está, ¡terminado!. Largo, seguro que se te ha hecho eterno y has pasado unos poquitos sudores, pero ¿sabes una cosa? Has conseguido rellenar y presentar el modelo 303 IVA.

 

Cómo presentar el IVA hasta el último día con NRC

 

¿Ya sabes cómo rellenar el modelo 303 IVA? ¿Tienes que presentarlo?

 Espero tus comentarios, me encanta oírte.

96 Replies to “Rellenar el modelo 303 paso a paso sin tener ni idea”

  1. Hola,
    Lo primero agradecerte la información que nos presentas.
    Tengo una duda con la presentación de este modelo. Me explico:
    Cuando el resultado es negativo a compensar (+ IVA deducible que devengado).
    ¿Hay que rellenar la casilla 110?
    Rellené la casilla 110 con la cantidad de la casilla 87 de la declaración anterior. Envié el modelo 303 con la opción de compensar, me salía directamente la cantidad a compensar de este periodo -la casilla 71-.
    Pero cuando descargo el pdf de la presentación… veo en la casilla 72 solo la cantidad de este periodo no el total. ¡¡¡¿He perdido la cantidad anterior?!!!
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Goyo, la cantidad a compensar de periodos anteriores no lo pierdes, pero la casilla 72 solo muestra el importe negativo de este trimestre. Fíjate en la casilla 87, ahí está el importe anterior. En el siguiente trimestre te aparecerá acumulado. Puedes leer más aquí https://tuspapelesautonomos.es/como-compensar-en-el-modelo-303-nuevo/
      Gracias por estar por aquí!

  2. Hola Ana. Este trimestre he tenido sólo facturas exentas de IVA y tampoco he tenido gastos a deducir. Entiendo que debo presentar el 303, pero como lo hago? Debería presentarla como resultado=0, correcto?. No he de rellenar ninguna casilla?

    En la casilla 110 «Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores» me sale automáticamente un importe de 100 e. Es compatible que tenga este importe ahí con que la declaración sea=0?

    Gracias por la atención.

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Josep, si no tienes facturas emitidas ni de gastos con IVA deja todas las casillas en blanco. En la casilla 110 te saldrá el importe que tengas a compensar de periodos anteriores y es lo que debe salir. Preséntalo así.
      Gracias por estar por aquí!

      1. Muchas gracias por la respuesta.
        Precisamente acabo de consultar con hacienda y me dicen que no ponga nada, pero que marque la casilla «sin actividad». Es correcto? Lo digo porque tal como he leído por ahí no es lo mismo «sin actividad» que «resultado cero» y creo que en este caso se trataría de «resultado cero». O es que la única forma de que te acepte un formulario 303 vacío es marcar «sin actividad»…

        1. Ana Tus Papeles 2 años ago

          Hola Josep, poner sin actividad significa que si tuvieras algún gasto tampoco vas a poder deducirlo más adelante o te pueden poner problemas en el IRPF. Se puede dejar todas las casillas en blanco y presentar, el sistema deja presentar.
          Graccias por estar por aquí!

  3. Ivor barriales 2 años ago

    Buenos días, acabo de presentar el modelo 303 por primera vez sin la ayuda de un gestor y me encuentro con el problema que tras haberse cargado en mi cuenta la autoliquidación y obtenido el correspondiente justificante, me dice que igualmente el modelo debe presentarse.

    Todo este proceso está hecho con certificado digital y habiendo solicitado un código NRC, lo cual daba por hecho que ya quedaba enviado automáticamente, pero en ningún momento se me ha descargado o llegado el documento de la presentación de la declaración.
    No sé cómo poder resolver esto o saber si mi modelo 303 está debidamente presentado.

    Muchas gracias por la ayuda

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Ivon, si lo has pagado con NRC estaría eso, pagado pero no presentado. Tiene fácil solución. Como tendrás el justificante del NRC tienes el código, así que lo único que debes hacer es rellenar de nuevo el modelo 303, anotar el NRC y presentar. No te preocupes porque no te dejan presentar dos veces, saldría mensaje de rechazado por duplicidad. Y si quieres comprobarlo al tener certificado digital puedes consultarlo en el apartado del modelo 303, consultas.
      Gracias por estar por aquí!

  4. Buenos días, mi duda es si recibo una factura de gasto con base exenta de IVA, ¿tengo que incluir la base en el modelo 303 con el total de bases de las facturas que si llevan IVA? o este tipo de facturas solo se declaran al final del año en el mod. 390.
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Belén, las facturas recibidas de gastos exentas de IVA no se incluyen en el modelo 303 ni tampoco se suman a la base junto a las que sí tienen IVA. Van directamente en el modelo 390.
      Gracias por estar por aquí!

  5. Buenas tardes Ana,

    Muchas gracias por la explicación, es todo muy claro y útil. Es mi primer año como autónoma y he tenido más gastos que beneficios, por lo que aún no me sale a pagar el modelo 303. Mi problema es que no me deja solicitar una devolución de dicho IVA. Puedo compensar los gastos de este último trimestre y me siguen quedando 400 i pico euros en cuotas a compensar. Pero no puedo rellenar la casilla 69 ni la 71 y no me da la opción a devolver. Sabes a que se puede deber eso? No se si voy a seguir estando dada de alta todo el año siguiente, por lo que preferiría que se me devolviera ese dinero y tener que pagar los trimestres siguientes.
    Muchas gracias de antemano.
    Saludos!

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Anya, esas casillas no se rellenan, sale automático el importe. Para coger el importe a compensar de otros trimestres debes rellenar las casillas 110-78-87. Luego ya sale y podrás solicitar la devolución cuando has clic en formalizar/enviar.
      Gracias por estar por aquí!

  6. Buenas tardes y gracias por tus posts tan fáciles de entender.
    Mi duda es sobre Canarias, vendemos productos a Canarias y las facturas se emiten sin IVA. ¡En qué parte del 303 se indíca esto?

    Gracias, saludos

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Claudia, las ventas a Canarias se consideran exportaciones aunque te parezca increíble. Van en la casilla 60.
      Gracias por estar ahí!

  7. Hola, una explicación muy limpia y nítida, gracias, pero tengo una duda que parece muy tonta, pero que prefiero tenerlo claro. Al hacer las declaraciones del 2T, para el 130 se contabiliza desde el día primero del año hasta el 30 de Junio. ¿Para hacer el 2T del 303 se contabiliza solo desde el 1 de Abril hasta el 30 de Junio? o también se hace como el 130. Y perdón por la pregunta si parece tonta.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Antonio, no hay dudas tontas. El modelo 130 sí es acumulado desde el 1 de enero. Pero el modelo 303 funciona por trimestres. En el 2T sería las facturas desde el 1 de abril al 30 de junio.
      Gracias por estar ahí!

  8. Hola, gracias por tus explicaciones y comentarios.
    Mi duda es en que casillas del 303 incluimos las entregas intracomunitarias y adquisiciones intracomunitarias no exentas de iva al no estar inscrito en el ROÍ.

    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Sergio, creo que tienes algo de confusión. Si no estás inscrito en el ROI no tienes ni entregas ni adquisiciones intracomunitarias. Esas facturas deberían tener IVA. Aunque te parezca que son intracomunitarias por estar en la Unión Europea, no lo son por lo del ROI. No se incluyen en esas casillas del modelo 303.
      Gracias por estar ahí!

  9. Hola, hice sólo una factura en el primer trimestre por un servicio a personas con diversidad. El modelo de factura me lo enviaron para que lo rellenara tal cual, y al final ponía un lema: «Factura exenta de IVA según ley 37/1992…» Pregunté en la AEAT cómo rellenar el 303, y me dicen que ponga «sin actividad» ya que no tuvo IVA la factura… Y que me apure ya que estoy fuera de plazo.
    Pero resulta que en todos los sitios web y algunas personas con las que he hablado me dicen que no es igual «sin actividad» que «sin IVA» y que tenga cuidado porque luego me pueden sancionar. El punto es que hace días que intento llenar este odioso y poco didáctico 303 y no hay ningún lugar para poner IVA a 0 euros. Cómo se hace? Quiero completarlo y darme de baja cuanto antes, honestamente prefiero tener menos posibilidades laborales antes que seguir formando parte de este sistema horrible. Gracias!

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Mar, es mucho más fácil de lo que te imaginas. En tu caso no es sin actividad porque tienes una factura que declarar aunque no tenga IVA. Para rellenarlo sólo tienes que dejar todas las casillas en blanco y presentar. Listo, ya está.
      Otra cosa, darte de baja puedes hacerlo antes o después de presentar el modelo 303, no tiene nada que ver.
      Gracias por estar ahí!
      Ana

  10. Hola! Me encantan tus explicaciones, son muy fáciles de entender. Una pregunta, me he equivocado en la base imponible de un alquiler (soy la arrendadora), en los 4 triméstres de 2020!!! es poca cosa, pero, debería haber ingresado unos 42 euros en total (unos 10,5 euros por trimestre). Ahora, me devuelven en el IRPF las retenciones a cuenta hechas por el inquilino, que si que las hizo bien. QUe hago? una complementaria por los 4 periodos de 2020, o una que englobe el importe que no ingresé (unos 42€) de los 4 periodos? Si no loo hago, pasará algo por ser muy poco dinero?

    Muchas gracias de antemano, y te animo a seguir en la misma línea.
    Saludos cordiales.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Naya76, deberías presentar una complementaria al menos del 4T que regularice el año. Lo que pasa es que al estar fuera de plazo puede llegarte sanción que siempre será menor si te lo notifican. Pero esto es una decisión personal.
      Gracias por tu comentario!

  11. Fernando 3 años ago

    Da gusto lo bien que lo explicas, gracias por molestarte. Me ha servido de mucho

  12. Buenos días. Ante todo muchísimas gracias por esta guía, para gente como yo que acabamos de empezar en la aventura de ser autónomo nos es es mucha ayuda!
    Quería hacerte una consulta. He hecho una compra de una impresora por Amazon para usar en mi oficina pero la factura es de un vendedor italiano con un IVA del 22%. Supongo que ese IVA no se declarara en este modelo. no? Me hago un poco lío con las casillas de compras intracomunitarias de este modelo, pero yo tenía entendido que solo tendría que rellenar el modelo 360 para poder informar sobre ese IVA.
    Un saludo y gracias!!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Luisa, perdona la tardanza en contestar. Si la factura es de Italia ese IVA no es español y por lo tanto no lo puedes deducir ni tampoco es intracomunitaria. Estos conceptos son difíciles de entender. No se incluye en el modelo 303 pero sí es un gasto por el total de la factura que puedes deducir en el modelo 130.
      Gracias por estar ahí!

  13. Buenas tardes!
    Muchas gracias por la información, lo explicas todo muy bien. Tengo un par de dudas con respecto a facturas no españolas por si podrías ayudarme:
    1.Tengo facturas recibidas no europeas (gastos) de países como Estados Unidos procedentes de recursos online necesarios para mi profesión (servicios de locución o cursos de formación) que no llevan IVA. Entiendo que valen como gasto para el IRPF, pero no para desgravarme del IVA ya que no tienen. ¿Tengo que declararla igualmente en el modelo 303 como inversión de sujeto pasivo o directamente en la declaración de la renta? (no estoy obligada a presentar el 130).
    2.Las facturas intracomunitarias de compras de servicios online (gastos en música de banco, hosting) que yo al NO estar dada de alta en el ROi, llevan IVA europeo del 21%, ¿Tengo que declararlas como adquisiciones intracomunitarias o como un gasto corriente?¿Tengo que estar dada de alta el ROi por realizar estas compras?
    Muchas gracias.
    PIlar

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Pilar, desde comentarios es complicado contestar dudas tan específicas y concretas. Puedes utilizar Ayuda Express.
      Gracias por tu comentario!

  14. Hola. Me encanta como explicas todo. Te tengo en favoritos.
    Tengo un comercio por el que estoy acogida a Módulos y aparte soy arrendadora de un local de negocio. Mi duda es la siguiente: en la pregunta de Tributa exclusivamente en régimen general, que debo contestar? Es que no se si se refiere a la tributación en cuanto IVA o a la tributación fiscal en general. Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Lola, gracias por tu comentario! Y más por añadir a favoritos!
      Se refiere a régimen de IVA. Deberías poner que NO tributas exclusivamente en régimen general.

  15. Hola. En en el momento actual de confinamiento se puede presentar el modelo 303 en papel de forma habitual?

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola José, se puede seguir presentando en papel. Si sale a pagar lo llevas al banco que están abiertos porque son servicios esenciales. Si no Hacienda ha habilitado un sistema para presentar online sin certificado digital.
      Gracias por estar por aquí!

  16. Hola Ana,
    Muchas gracias. Voy a hacerlo ahora mismo.
    Una cosas más, ¿en qué opción de la sede electrónica de la web? se presenta este escrito. Gracias.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Julia, en el aparto de modelo 303, aportar documentación complementaria.

  17. Hola Ana,
    Ya sabes que desde que descubrí tu blog soy una asidua. Siempre he tomado nota de tus explicaciones que me han ayudado a mejorar muchísimo como llevo la gestión de impuestos.
    Acabo de presentar todas las declaraciones y al hacer el 390 me he dado cuenta de que en el 303 del 4° trimestre he cometido un error al informar del importe de las exportaciones en la casilla 60.
    El error viene porque en el Excel no he sumado un importe.
    La cuestión es que en el 303 del 4° trimestre, en las exportaciones he puesto 65,90 euros menos de lo que tocaba.
    En el 390 me han entrado dudas de qué hacer a la hora de cumplimentar el apartado del Volumen de operaciones. Finalmente, en el 390 he puesto el importe correcto anual de las exportaciones porque así cuadra con los importes anuales y reales del Volumen de operaciones.
    La duda es, por esos 65,90 euros de diferencia que no he puesto en el 303, ya que no se puede presentar una sustitutiva del 303, ¿qué hago?, lo dejo así o presento un escrito comentando el error para que lo tengan en cuenta.
    Gracias como siempre. Un saludo,
    Julia

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Julia, me alegro de oírte por aquí de nuevo. Como estás en plazo (pocas horas quedan) presenta escrito detallando el error producido. Nunca está de más y así te quedas tranquila.
      Gracias por tenerte por aquí!

  18. Saturnino 4 años ago

    ¿Las facturas recibidas con exención de IVA debemos incluirlas en el modelo 303 o solamente aquellas que soporten IVA?

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Saturnino, las facturas recibidas sin IVA no se incluyen en el modelo 303. Gracias por leer el blog!

      1. Saturnino 4 años ago

        Muchas gracias Ana.
        Enhorabuena por tu blog y seguramente en el futuro deba contar con tus servicios.

      2. Ana Tus Papeles 4 años ago

        Hola Saturnino, gracias por el comentario! Cuando quieras.

  19. juan carlos 4 años ago

    Buenas tardes Ana y gracias por tu dedicación para dejarnos este excelente tutorial, lo he seguido paso a paso cuando valido la declaración me sale una ventana que dice errores y luego sin errores, luego voy a predeclaración y me sale una ventana de aviso que me pueden aceptar la predeclaración pero que tengo errores que revisar si quiero seguir que de a continuar.
    esto es normal o tengo un error?
    gracias de antemano

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola juan Carlos, cuando vas a presentar te salen en pantalla avisos. No tienen porque ser errores. Mira bien si son avisos o errores. Porque te deja presentar.
      Si estás atascado con el IVA por muy poco en 48 horas lo tienes presentado. Pásate por TusImpuestos. Gracias por estar ahí!

  20. Buenos días
    Tengo unas facturas emitidas por prestación de servicios desde ceuta (mantenimiento servidor, red, copia de seguridad) yo soy empresa. me emite la factura sin iva.
    Supongo que contablemente se hace haciento de iva al debe y al haber para que de O, pero en el modelo 303 donde pongo las cantidades.
    gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Fran, creo que me has enviado email y te he contestado. Las facturas recibidas desde Ceuta se consideran exportación. Puede parecer extraño siendo España pero no está dentro del mismo régimen fiscal. No son operaciones intracomunitarias. Se considera inversión del sujeto pasivo. Va en la caslla 12-13 y luego en las casillas 28-29
      Gracias por tenerte aquí!

  21. Cristina 5 años ago

    Hola, emito y recibo facturas con gastos suplidos (Pago de entradas a monumentos generalmente). Tienen que constar en alguna parte en el Modelo 303?
    Muchas gracias y saludos,

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Cristina, los suplidos no se incluyen en el modelo 303. Gracias por estar aquí!

  22. Hola, felicidades por la explicación, ojalá estuviera cuando yo comencé mi actividad hace 1O años. 🙂 Tengo una consulta: se ve que se me olvidó incluir una factura con venta de servicio intracomunitaria en el 1T. (Soy autónoma, régimen general.) No afecta al IVA a pagar pero sí ha de estar incluido en el trimestre. Tengo que hacer una declaración complementaria? Cómo lo haría? Se me va a caer una multa? Gracias de antemano. 🙂

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Eva, ese es el olvido más frecuente en el modelo 303. Como el resultado no varía no puedes presentar una complementaria. Desconozco si presentaste el modelo 349 1T. Si fuera así podrías hacer un escrito. Si tampoco está presentado el 349 entonces inclúyelo ahora en el 2T.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. Hola Ana, muchas gracias por la respuesta rápida! El modelo 349 lo presento anual, por lo tanto puedo presentarlo en el 2T. Si fuera una factura nacional con IVA, entonces sí se tendría que presentar una complementaria? Cómo se hace? Gracias de nuevo!

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Eva, desde comentarios es complicado explicarte cómo se hace una complementaria y habría que ver el caso en concreto. Si necesitas más ayuda, entra en Ayuda Express. Puedes resolver tus dudas en un momento.

  23. Como presento un iva atrasado? (del año anterior) en la casilla del año, no deja cambiar de 2019 a 2018.
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Marcos, desde la pantalla del 2019 no te deja cambiar el año. Sal de esa opción. En la misma pantalla de entrada al modelo 303 tienes la opción de presentación de ejercicios anteriores.
      Gracias por estar aquí!

  24. Mi duda es la siguiente:
    En la casilla 12 pongo el importe de las compras de sujeto pasivo y en la 13 el IVA+RECARGO…
    Veo en todos los lados que tengo que poner la misma cantidad en la 28 y la 29 también (sumada a los gastos) pero como el sujeto
    pasivo pertenece a una actividad con recargo de equivalencia y esos gastos no se incluyen en el modelo 303 (al igual que los ingresos de ese epígrafe), en ese caso no tendría que ponerlo, no? es decir, no habría forma de deducirme ese iva y ese recargo, entiendo.
    Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Aaron, si estás en recargo de equivalencia no tienes obligación de presentar el modelo 303. Pero si ya lo has hecho en anteriores trimestres tendrías que dar la baja de esa obligación. Si haces compras intracomunitarias en tu caso sería el modelo 309.
      Gracias por leer el blog!

      1. Es que tengo dos epígrafes, uno con recargo y uno normal, presento el modelo 303 por el normal y tengo que incluir en el las compras por inversión del sujeto pasivo para liquidar ese iva y recargo que no pago en la compra. No son intracomunitarias.
        Entonces mi pregunta es si como el iva del epígrafe con recargo no es deducible, entiendo que el de las facturas del sujeto pasivo tampoco lo son, por eso lo declaro en las casillas 12 y 13 pero luego no lo puedo poner como gasto también, no?

        Gracias a ti por tu ayuda, un saludo!

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Aaron, deberías presentar el 303 con los datos del epígrafe del general sin incluir los datos del epígrafe del recargo de equivalencia. Todos los gastos del recargo de equivalencia no son deducibles para el IVA.

  25. Quería saber si los gastos deducibles son los mismos para alguien dado de alta en el 861.2 es decir que si tiene el mismo tratamiento que el autónomo. Muchas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Jase, los gastos deducibles si eres el propietario de un local y lo tienes alquilado son los propios de la actividad. Es igual que para un autónomo. Solo te puedes deducir aquellos gastos que son necesarios para obtener rendimientos. Piensa que para el arrendamiento hay muchos gastos que no te puedes deducir porque no son necesarios para dicho alquiler.

  26. Jennifer 6 años ago

    Buenas Ana tengo una duda ya que estoy haciendo la declaración trimestral por primera vez pero no tengo claro donde debo poner el total del los recibos de comida, gasolina, etc. Dentro de qué renglón irían y en qué casilla debo colocarlos. También Mi duda si en todas mis facturas solo cobro el 21% como debo Colocarlo, estoy bastante rayada en ese paso? 🙁

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Jennifer, al ser la primera vez es normal tener muchas dudas. Es complicado contestar con un comentario porque veo que tus preguntas van un poco más allá. Tendría que decirte cómo hacer la declaración del IVA, mas que nada los conceptos.
      Si quieres te puedes quitar el problema de encima por muy poco, mira en Tus Impuestos.

  27. Buenas tardes Ana, me encantaría que me aclararas una duda rápida, he realizado una exportación a Canarias, como no lleva IVA, donde debería anotar esa venta?
    muchas gracias de antemano. Un saludo

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Davinia, las ventas a Canarias son exportaciones y como tal van junto al resto de exportaciones en el modelo 303, casilla 60. Gracias por estar por aquí!

      1. Muchísimas gracias Ana. Eres un encanto !!

  28. Marisela Uson 6 años ago

    Muchas gracias por la tutoría…excelente.

  29. Muy útil gracias

  30. María L 6 años ago

    Hola: Muchas gracias por esta página, que está muy bien explicada. Mi caso es muy sencillo porque únicamente tengo una lonja en alquiler, que heredé hace poco, y de ingresos sólo tengo la renta que paga, y de gastos, de momento sólo los del Administrador, con lo que en principio con rellenar 4 casillas me vale, pero cuando ves el impreso con tantos números, efectivamente te entran sudores.
    Espero haber hecho bien la parte del pago. Mañana lo consultaré con mi banco. Muchas gracias de nuevo.

  31. Hola Ana, muchas gracias, encontré esta página por casualidad y está todo muy bien explicado.

  32. Hola, en el modelo 303, no tengo claro en que casilla tengo que poner la amortización anual de un coche que compre de segunda mano. El primer año casilla 30 (el %) y 31 el IVA.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Beatriz, en el modelo 303 solo se ponen facturas. La amortización va en el modelo 130 o en tu Renta. Gracias por estar por aquí!

  33. Hola,
    Muchas gracias por la información, ha sido de gran ayuda!
    Acabo de presentar por internet el primer trimestre del IVA y he podido rellenar el modelo 303 sin ningún problema. Saludos:)
    María

  34. Hola, en la declaración mod.303 del 4ºtrimestre telemática me ha salido resultado positivo, pero he cometido un error a la hora de marcar la opción de ingreso y he puesto «reconocimiento de deuda con solicitud compensación» ¿qué se puede hacer para poder hacer el ingreso? He ido al banco para pagar pero no pueden hacerlo.
    Saludos

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola María, en el banco solo te cargaran el importe si llevas la carta de pago que puedes solicitar en Hacienda. También puedes hacerlo todo por Internet.
      Si necesitas ayuda pásate por Ayuda Express.

  35. En alquiler, para no hacer el 390 que tengo que rellenar en el último trimestre. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Antonio, tendrías que rellenar el apartado específico que figura en el 303. Si necesitas ayuda pásate por «Tus impuestos». Es ideal para cuando estás un poco perdido. Gracias por estar por aquí!

  36. Gracias por el artículo, he consultado muchas páginas, pero en ningún sitio está tan bien detallado como aquí

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Ana, gracias por comentar! No sabes lo que me alegra que te haya gustado y hayas podido rellenarlo.

  37. Es la primea vez como autónomo en los modelos 130 y 303. Fenomenalmente explicado.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Carlos, gracias por comentar! De eso se trata de aprender para seguir adelante.

  38. Admito que no suelo escribir en comentarios, pero en este caso mi gratitud es inmensa. Me costó mucho encontrar información útil y sencilla como en esta página, así que mi total gratitud y felicitación por el trabajo.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Jaime, gracias por comentar y que te haya sido útil 🙂

  39. No puede estar mejor explicado. Muchísimas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Eunice, no sabes lo que me alegra que te haya sido útil. Gracias por comentar 🙂

  40. Buenas. Me he dado de alta de autónomo el 31 de marzo del 2017. Es obligatorio que presente la declaración trimestral? Muchas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Pablo, gracias por comentar! Si te has dado de alta el 31 de marzo tendrás que presentar los impuestos trimestrales aunque sea a cero, sin actividad. Saludos!

  41. Francesca 7 años ago

    Hola Ana,
    Gracias por tus artículos que realmente están super bien explicados. Te cuento un problema que tengo con el modelo 303. Resulta que yo tengo una CB con mi hermana por el alquiler de un local y he tenido que tramitar de manera obligatoria el alta en la certificación electrónica. Todo bien hasta que voy a presentar el modelo 303 del IVA del primer trimestre y al intentar domiciliar el pago me indica «La operación no se ha podido realizar. Código 79. NIF del firmante no titular de la cuenta». Efectivamente la cuenta está a nombre de mi hermana y mío (no de la CB) y como veo que hay opción de hacer el ingreso y luego indicar el NRC me imprimí el modelo 303 en pdf y fui al banco y pagué, pero el problema me lo he encontrado ahora cuando al intentar presentar el modelo telemáticamente me indica NRC no válida (Error ERR003). Veo que la NRC que me aparece es igual al nº de justificante + otros dígitos(empieza 302….) y por lo que he leído la NRC tiene que ser primero los dígitos 303+ NIF…etc .¿Qué debería hacer ahora ? ¿Ir al banco y que me anulen la NRC errónea?
    ¿Me obligaran a crear una cuenta para la CB ? Menudo lío. A ver si me puedes ayudar. Muchas gracias de antemano

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Francesca, para domiciliar cualquier impuesto la cuenta bancaria debe ser del declarante, es decir, tú mismo o tu empresa. Debe coincidir el NIF/CIF. El NRC que has pedido podría ser la solución pero es erróneo porque un NRC es un código que se asigna al pago del impuesto por el modelo, ejercicio, periodo, importe exacto y NIF. Así que como el NIF no coincide no se puede presentar.
      No tiene remedio que habrás una cuenta bancaria a nombre de la CB, no es lo mismo que esté a nombre de tu hermana y el tuyo porque el NIF asignado en Hacienda no es el mismo.
      Este trimestre tendrás que ir al banco a intentar que te anulen ese NRC. Menos mal que tienes tiempo! Hazlo cuanto antes. Y luego conseguir el que esté a nombre de la CB.
      Esto al final es un lío pero no hay muchas más opciones.
      Saludos!

  42. María P. 7 años ago

    Tengo una duda de última hora igual es muy básica, pero bueno, nunca me había encontrado el caso antes.
    Tengo compras intracomunitarias, en el total factura no viene el VA indicado, solo tengo lo que sería la Base Imponible. ¿he de calcular yo misma la cuota que iría en la casilla? ¿Cómo se hace?
    Muchas gracias por tu ayuda y explicación.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola María, gracias por pasarte por aquí!
      Las facturas intracomunitarias de ese tipo no tienen IVA. Como es lógico el VA del país que sea no es el mismo que el de España. El importe no se considera base imponible si no total de la factura.
      Tienes que calcular la base imponible y la cuota de IVA 21 %.
      Estos importes los pones tanto en las casillas del IVA de facturas emitidas como de deducibles de tal forma que ni resta ni suma. No afecta al resultado pero sí hay que ponerlo.
      Además tendrás que presentar el modelo 349 por esas compras intracomunitarias.
      Saludos!

  43. Buenas, Muchas gracias por tu post, gracias a él he podido entender dónde poner las compras intracomunitarias pero después de hacerla me he dado cuenta de un error, tengo una factura de fuera de la unión europea ¿En el 303 se incluyen las facturas que no llevan iva de países no incluidos en la unión europea? Tengo una factura de arabia saudí que no tiene iva ni te la aplican en la aduana, así que no tengo ni idea de donde ponerla.

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Marce, ese tipo de facturas si son de compras o gastos no se meten en el modelo 303.
      Saludos!

    2. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Marce, lo que no al 303 tampoco va al 390.
      Saludos!

      1. Ah!! Ok, lo decía porque como en el 303 no pongo el gasto del seguro al no tener iva pero luego si lo hago en el 390 (casilla 230) pensaba que al haber en el 390 casillas más específicas tendría que ponerla en algún sitio. Pero vale, gracias, no la pondré en ningún lado. Aunque no se realmente entonces que tengo que hacer con esa factura.
        Muchísimas gracias por tu ayuda!!! Saludos.

  44. Muy útil. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola Mai, gracias por pasarte por aquí! Y gracias porque te haya sido útil. Esa es la idea y lo que anima a seguir adelante.
      Saludos!

  45. Hola genio,
    gracias por tus explicaciones. Aptas para gente anti-formularios electrónicos.
    Quisiera que me explicaras cómo darme de baja como autónomo de forma electrónica.
    Estoy viviendo fuera del país y esto de las declaraciones es inútil pues mis balances son cero actividad siempre. Me di de alta hace años por una consultoría y desde entonces ……
    Saludos!

    1. Ana Tus Papeles 7 años ago

      Hola David, gracias por comentar!
      Para darte de baja online tienes que tener un certificado digital a tu nombre. En Hacienda presenta por la página web un modelo 036 de cese de actividad
      En la Seguridad presenta el modelo TA.0521 por la sede electrónica. Y listo, ya lo tienes. No hace falta que vayas a ningún sitio.
      Gracias por lo de genio!

  46. Gracias por las aclaraciones. Muy buen artículo.

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