Incluir en el modelo 303 facturas emitidas de servicios a EEUU

Incluir las facturas emitidas a clientes de EEUU de servicios en el modelo 303 es algo fácil y complicado al mismo tiempo. Lo esencial es saber cómo son este tipo de facturas.
Autónomo trabajando en su mesa con portátil y documentos para incluir facturas de servicios a EE. UU. en el Modelo 303.

Esto va de que siendo autónomo puedes tener clientes en Estados Unidos, o bueno en cualquier otro país fuera de la Unión Europea. Y a esos clientes prestas tus servicios. Los que sean. Puedes hacer una consultoría, traducciones, programación, diseño web, etc.

Siempre servicios. No venta de productos porque si lo fuera no tiene nada que ver. La forma de hacerlo sería completamente diferente (exportaciones).

Mira cada clave para poder diferenciar este tipo de facturas de servicios a clientes de EEUU y saber cómo declararlas en el modelo 303.

La diferencia de facturas de servicios dentro y fuera de la Unión Europea

Si emites una factura a un cliente dentro de la Unión Europea, estás ante una operación intracomunitaria. Eso sí, ten en cuenta que la Agencia Tributaria diferencia entre la venta de productos (entregas de bienes) y la prestación de servicios intangibles, ya que van en casillas distintas del formulario.

Te puede interesar saber si las facturas intracomunitarias tienen IVA. Cuando ambas partes estáis dadas de alta en el Registro de Operadores Intracomunitarios (ROI) con un NIF-IVA válido, estas facturas se emiten sin IVA y se declaran en el Modelo 303 y en el Modelo 349.

El tema cambia si tu cliente está fuera de la Unión Europea (como en EEUU). En este caso entran en juego las reglas de localización. No voy a explicarte en detalle todo esto porque si no puedes dejar de leer en un segundo de lo lioso y farragoso que es. Cuesta entenderlo, no te lo voy a negar.

Pero sí al menos algo para que puedas entenderlo de forma sencilla:

Cuando prestas un servicio profesional o digital (diseño, programación, consultoría, traducción) a un cliente fuera de la UE —da igual que sea una empresa, un autónomo o un cliente particular (B2C)—, la regla general establece que el servicio se localiza en el país del destinatario.

Por lo tanto, esa factura de servicios a un cliente fuera de la Unión Europea NO lleva IVA español.

Si necesitas ver cómo estructurar los datos del emisor y receptor en tu factura, consulta cómo hacer una factura a un cliente de un país extranjero.

Incluir facturas de servicios fuera de la Unión Europea en el modelo 303

Aunque las facturas emitidas por servicios a EEUU o cualquier otro país fuera de la UE no llevan IVA, sí es obligatorio declararlas en el Modelo 303 del trimestre correspondiente (y en el resumen anual Modelo 390, salvo que estés en el SII).

La clave está en no confundir la prestación de servicios con la venta de bienes físicos:

  • Si vendes productos (bienes): Se trata de una exportación y se refleja en la Casilla 60 del Modelo 303.
  • Si prestas un servicio profesional o digital: Es una operación no sujeta por reglas de localización y va en la Casilla 120 («Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123)»).

Para ver la pantalla completa del formulario y cómo funciona este bloque, consulta nuestra guía sobre cómo rellenar el modelo 303 en las casillas 120 y 122.

Captura de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria en el Modelo 303 señalando la casilla 120 para incluir facturas de servicios a EEUU.
Ubicación de la Casilla 120 dentro del apartado «Información adicional» del Modelo 303 para declarar servicios prestados a EE. UU.

Estas operaciones se incluyen dentro del apartado de Información Adicional, por lo que el resultado a pagar o devolver de la declaración no cambiará. Sin embargo, no incluirlas es un error frecuente que puede derivar en un requerimiento de la Agencia Tributaria.

Importante: Recuerda que las facturas a clientes de EEUU o países fuera de la UE nunca se declaran en el Modelo 349, ya que este formulario es exclusivo para operaciones entre miembros de la Unión Europea. (Si tus facturas corresponden a clientes británicos tras el Brexit, revisa cómo declarar facturas de Reino Unido).

Al final del ejercicio, estos importes acumulados también deben trasladarse al Modelo 390 (resumen anual del IVA), concretamente en la página de volumen de operaciones en la Casilla 110 («Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 126)»).

Captura de la Sede Electrónica del Modelo 390 señalando la casilla 110 para incluir facturas de servicios a EE. UU.
Ubicación de la Casilla 110 en el resumen anual Modelo 390 para declarar servicios prestados a EE. UU.

(Nota: Si estás acogido al Suministro Inmediato de Información – SII, estarás exonerado de presentar el Modelo 390).

Facturas de servicios a un particular y empresa fuera de la Unión Europea

Por rizar el rizo que no sé quién es tu cliente. Puede que los servicios que prestas a clientes de EEUU o de cualquier otro país fuera de la Unión Europea sean a particulares y no a empresas ni autónomos.

En el caso de servicios intangibles, digitales o profesionales (consultoría, marketing, traducción, software, diseño) prestados a particulares residentes fuera de la UE, la regla general sigue siendo la no sujeción al IVA español. La factura se emite sin IVA y se declara igualmente en la casilla 120 del Modelo 303.

Solo existiría sujeción al IVA español en casos muy concretos donde el servicio esté directamente vinculado a un inmueble situado en España o cuando aplique la regla de uso efectivo en territorio nacional.

¿Tienes más claro cómo incluir en el modelo 303 las facturas emitidas de servicios a clientes de EEUU o de cualquier otro país fuera de la Unión Europea? Si prefieres que gestionemos la contabilización de tu facturación internacional sin errores, descubre nuestro Pack de servicios para autónomos.

Ana, gestora y fundadora de Tus Papeles Autónomos, especialista en asesoría fiscal para autónomos.
Ana | Tus Papeles Autónomos

Gestora con más de 15 años de experiencia traduciendo el lenguaje de la Administración al castellano claro. Fundadora de Tus Papeles Autónomos, Ana ayuda a emprendedores a recuperar su tiempo y su tranquilidad, encargándose de la burocracia para que ellos puedan centrarse en hacer crecer sus proyectos. Sin tecnicismos, con cercanía y siempre al día.

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25 respuestas

  1. Hola, soy autónomo desde enero de este año y en principio trabajaré como diseñadora para una única empresa situada fuera de la Comunidad Europea, en Pakistán. Quisiera me confirmaras si mi factura mensual no debe incluir IVA ni IRPF. Y si los modelos a presentar en hacienda sólo serán el IVA trimestral 303 y el anual 390 y el 130 referente al IRPF.
    Gracias

    1. Hola Carmen, sin ver el documento del alta no puedo asegurarte los impuestos que tienes obligación. En principio por lo que comentas las facturas no tienen IVA ni IRPF. Y sí, debes presentar el 303, 130 y 390 anual.
      Gracias por estar por aquí!

  2. Buenos días Ana
    Me ha parecido muy útil tu información. Soy autónoma y puntualmente realizo servicios de diseño a una empresa Suiza y me lo has aclarado todo perfectamente. Muchas gracias.

    Saludos

  3. Muchas gracias por el artículo, Ana. Es muy útil. ¿Qué pasa si una de las facturas emitidas a EE.UU. aún no se ha cobrado y se ha emitido en dólares? ¿Qué importe se debe poner en la casilla 120? Como siempre depende del cambio de divisa, no sé exactamente cuánto recibiré en el banco el día de cobro.
    ¡Gracias!

  4. Hola he hecho un diseño para una empresa americana y me han hecho el pago de todo el importe en bruto.
    Soy autonoma y añadiré la factura a importe 0 en la declaracion trimestral de IVA.
    Mi pregunta es, a la hora de hacer la declaración anual debo añadir a mis beneficios la cantidad cobrada, que no tiene retenciones y pagar la parte correspondiente al IRPF entonces?
    En algún sitio leía lgo de que no superando los 60000 euros anuales no es necesario declarar los beneficios extracomunitarios.
    mil gracias por tu artículo, es clarísimo

    1. Hola Carmen, desconozco donde has leído eso, quizás estás confundiendo conceptos. En la declaración anual de la Renta es obligatorio incluir todos los ingresos, aunque no tengan retenciones ni IVA. Se suman al resto de tus ingresos. En ese momento pagarás el IRPF.
      Gracias por estar por aquí!

  5. Hola,
    No soy autónomo pero voy a prestar de forma puntual un servicio de asesoramiento a una empresa americana. ¿Qué tengo que hacer para poder emitirles una factura?
    Gracias!

  6. Buenos días Ana. Te expongo mi caso.

    Ahora mismo no estoy dado de alta como autónomo, pero me interesaría hacer unos pequeños trabajos para una empresa de EEUU. Sería algo muy puntual, unas pocas veces al año de manera esporádica, por lo que entiendo que no sería necesario darme como alta de autónomo, cierto?

    Luego, lo que haría sería dar un servicio, por tanto entiendo que no debería pagar IVA ni nada, es así? Es decir, lo único que debería hacer es darme de alta en hacienda, y luego presentar el 303 y el 390 cuando deba, pero en principio sin ningún gasto asociado?

    Muchísimas gracias.

    1. Hola Miquel, podrías darte solo de alta en Hacienda si la actividad que vas a realizar no es habitual. Esto es algo muy confuso, determinar lo que es habitual. Si lo vas a hacer varias veces al año, piensa si no lo es. Si son servicios la factura no lleva IVA. Los gastos asociados a los que te refieres bueno, depende de tu actividad. Piensa que aunque la factura no tenga IVA no es una actividad exenta y además luego deberás incluirlo en tu declaración de la Renta.
      Gracias por estar por aquí!

  7. Buen dia ANA,
    en un ensayo clinico que estamos realizando tenemos que factura a una empresa de USA. ¿Tenemos que facturar con IVA, ya que el ensayo clinico se realiza aqui, aunque los datos son propiedad del Promotor y en este caso, entraria el concepto de IVA en prestacion de servicios y regla de la explotacion efectiva ? o tnemos que declarar sin IVA eir al Modelo 303, etc.

  8. Hola Ana,

    gracias por el artículo, muy interesante. Te quería preguntar, si voy a facturar a una empresa de USA, mis facturas llevaran IVA 0€ y retención 0€ ¿Correcto?

    1. Hola María, no es necesario, solo si vas a realizar operaciones intracomunitarias tendrás que darte de alta en el ROI.
      Gracias por estar por aquí!

  9. Hola Ana, gracias por el artículo; súper interesante.

    Voy a empezar a prestar servicios a una empresa en EEUU (las facturas irán sin IVA y sin IRPF). Mi pregunta es: En el modelo 303, ¿Sólo tengo que rellenar la casilla 120 y luego el IVA dedicuble? ¿En la parte de (3) Liquidación IVA devengado la dejaré en blanco, no?

    1. Hola María, en el modelo 303 solo tienes que rellenar la casilla 120. Si tienes gastos, las casillas del IVA deducible. Y si tienes otras facturas emitidas irían en el IVA devengado, si no se quedarían en blanco.
      Gracias por estar ahí!

  10. Pero Ana, ¿y si es al revés?
    Es decir compras un servicio a una empresa de EEUU, la factura es en dólares, y no ponen en ningún sitio que está sujeta a inversión de sujeto pasivo.
    Supongo que tengo que ver, en mi cuenta, la cantidad del cargo en euros y hacer de todas formas inversión del sujeto pasivo en el 303.
    No sé si voy bien o si hay que hacer algo más.
    Muchas gracias

    1. Hola María José, vas bien, debes hacer el cambio de dólares a euros en el momento que lo pagas y hacer inversión del sujeto pasivo en el modelo 303.
      Gracias por estar ahí!

  11. Voy a empezar a trabajar por primera vez por cuenta propia, con un único cliente estadounidense que pagaría por mis servicios de i+d una tarifa mensual en dólares.

    Necesitaría asesoramiento respecto a mis obligaciones fiscales con EEUU y España, y a llevar la contabilidad

    1. Hola Nuria, desde un comentario es complicado darte el asesoramiento que necesitas. En principio deberías presentar el IVA trimestral y el modelo 130.
      Si lo prefieres puedes contactar y lo vemos.
      Gracias por estar ahí!

    2. Hola Ana
      Soy autónoma y voy a empezar a trabajar con EEUU prestando servicios turísticos aquí. Las facturas se emiten por servicio realizado y se cobra en efectivo, ya que no son servicios con demasiada regularidad.
      Entiendo que tendría que presentar IVA con modelos y casillas como has explicado anteriormente y el IRPF anual.
      ¿Sabes si hay algún otro trámite a presentar para hacer esto correctamente?
      Mil gracias y un cordial saludo

      1. Hola Mery, en principio sí sería el IVA en los modelos comentados en el post. Si tus clientes van a ser de EEUU no vas a poder emitir facturas con IRPF por lo que además tendrás que presentar el modelo 130 cada trimestre. Mira en impuestos arriba en el menú que por muy poco lo resuelves.
        Gracias por estar por aquí!

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