Impuestos Autónomos

Ahí estás con tu modelo 303 IVA, rellenándolo ¿Sabes cuál es el error más frecuente en el modelo 303? El revisarlo veinte veces no hace que te libres, acabas por no ver lo que está ahí. Bueno hay más que un error más frecuente, son varios. No te creas, todos hemos caído. Como asesoría online para autónomos te puedo ayudar.

Actualizado abril 2021

Las prisas no son buenas, el cansancio tampoco y el dejarlo para última hora no ayuda. Hay errores que sólo te saltan a la vista cuando tienes el PDF presentado en la pantalla ahí en grande y ves la casilla en blanco. Ahí te entran los sudores. Porque sí, suelen ser por dejar una casilla vacía.

Y te estarás preguntando que cómo no vas a poner un importe en alguna casilla ¡qué tontería! Ya, ya pues ahora lo verás.

Error 1: las adquisiciones intracomunitarias ni suman ni restan

error modelo 303 intracomunitariasEste es uno de los errores más frecuentes del modelo 303. No alteran el resultado.

En el IVA de tus facturas emitidas tendrías que anotarlo y luego en el IVA de tus facturas de gastos también el mismo importe. Así que primero sumas y luego restas.

Vamos que el resultado es el mismo, lo pongas o no.

Para evitarlo depende de como rellenes las casillas. Mejor hacerlo todo junto. Primero IVA emitido y luego recibido. Así si se te escapa meter alguno el resultado sí variará.

Sabes que este tipo de operaciones tienes que declararlas también en el modelo 349.

Así que lo malo es que si presentas primero el modelo 303 IVA sin los importes de las adquisiciones intracomunitarias quizás ni te des cuenta. Incluso puede que el error te salte en el siguiente trimestre cuando veas esas casillas en blanco.

Claro que si ni te has dado cuenta del error del modelo 303 entonces habrás presentado el 349 como si nada. Y ahí es cuando saltará.

En este caso presenta un escrito en Hacienda indicando el error pero presenta el modelo 349, no dejes de hacerlo.

Mira cómo rellenar modelo 349 paso a paso.

Error 2: las Entregas intracomunitarias y Exportación están fuera del resultado

gafasEsas casillas justo después del resultado que sólo son a nivel informativo.

Aquí sí que ni suman ni restan ni nada. Por mucho que lo revises si no lo has puesto el resultado será el mismo.

Este es otro error frecuente del modelo 303 IVA. Parecido al anterior.

Pero aquí no hay forma humana de detectarlo.

Lo único que quizá si en tu Excel o listado donde tienes anotados los datos utiliza colores. Parece una tontería de las gordas pero no veas como ayuda. Subraya en el mismo color siempre las adquisiciones intracomunitarias y en otro color las entregas y las exportaciones. Así por lo menos te saltará a la vista rápido. No hay más trucos.

Y lo mismo, si no has metido el importe presenta un escrito en Hacienda y no dejes de presentar el modelo 349.

Error 3: el importe del arrastre a compensar del trimestre anterior del modelo 303

error Importe restar a compensar trimestre anteriorEste error del modelo 303 IVA frecuente es más detectable pero no te creas. Te fijas en el resultado del trimestre y te quedas tan contento. Y no caes en la siguiente casilla.

Pues ahí entre medias, en plan a ver si no te das cuenta está la casilla para meter el importe del arrastre del IVA que tienes negativo de trimestres anteriores. Ese que te salió a compensar.

Cuando el resultado del trimestre del IVA es negativo hay que restarlo del siguiente siempre que en este trimestre te salga positivo a pagar.

Al restarlo te saldrás menos a pagar. Pero si se te olvida eso que pagas de más. Aunque no te preocupes, ese importe que tienes negativo de trimestres anteriores no lo pierdes.

Se queda ahí pendiente.

Si ahora te vuelve a salir negativo tampoco puedes incluir ese resultado negativo del trimestre anterior. Se queda como en una hucha a tu favor hasta que puedas compensarlo.

Esto puede ser un lío. Te interesa leer cómo compensar en el modelo 303 nuevo

Hasta el cuarto puedes solicitar devolución del IVA.

No te dejan presentar una complementaria porque Hacienda sólo lo admite si el resultado es más a su favor. ¿Sabes en qué consiste una declaración complementaria? Así que en este caso el resultado final siempre sería más a tu favor. Piensa que el importe que no has metido resta del resultado.

Para solucionarlo, lo mismo. Presenta un escrito en Hacienda para rectificar la declaración presentada. Y si has pagado de más puedes solicitar la devolución de ingresos indebidos.

Aunque ya te digo, no lo pierdes. Eso sí te cuesta pagar ahora más.

Error 4: el NRC salta erróneo

NRC salta erróneoEstás ahí con tu papelito del banco con el NRC. O con el PDF en la pantalla. Has pagado tu modelo 303 IVA y te han dado ese código larguísimo.

Te pones a teclear letra por letra, número por número y ¡zas! salta aviso en toda la pantalla «NRC erróneo». Lo repites una, otra vez, veinte veces.

Coges hasta una lupa no vaya a ser que eso que te crees que es un 8 y resulta que es una B. Pero nada. Y por supuesto para más gafe es por la tarde, no hay ningún banco abierto. Bueno, alguno en un centro comercial que te pilla como a una hora de camino por no decir otra cosa.

¿Sabes lo que es un NRC? ¿no?

Este error del modelo 303 IVA es más que frecuente.

Le has dado un borrador a la persona del banco.

Pero como todos somos humanos y nos equivocamos, ellos también. Basta con que el importe varíe en un sólo céntimo para que dé error.

Antes de salir del banco revisa bien que pone el modelo, ejercicio, trimestre, NIF e importe correcto. Y si es posible no lo dejes para justo el último día. Así si te pasa esto puedes ir al día siguiente a que te lo arreglen.

Claro que sí tienes certificado digital lo tienes mucho más fácil. Puedes solicitar el NRC desde la página de Hacienda. Además ya que te toca pagar por lo menos evítate carreras y paseos al banco. Pero no tampoco te quita del error del IVA.

Porque mucho Internet que sea puede que hayas introducido el importe erróneo por ejemplo. Acuérdate de lo céntimo.

Si ya no tiene remedio y el dichoso papel tiene ese error que ya has detectado después de revisarlo cual detective de esos de la tele, por mucho que sigas intentando averiguarlo la página de Hacienda no te dejará presentar el modelo 303.

Tendrás pagado el impuesto pero no podrás presentarlo. No es lo mismo. Hacienda te pondrá sanción por mucho que le digas que está pagado. Entonces vete al banco al día siguiente y presenta un escrito en Hacienda.

Si estás en plazo mira cómo anular el NRC y solicitar otro.

Error 5: se me ha olvidado meter facturas en el modelo 303

Modelo 303 error se me ha olvidado meter facturasEso de presentar el modelo 303 y descubrir en esa carpeta o en ese cajón más facturas es algo más frecuente de lo que puedas pensar.

Aquí no es tan complicado. Déjalo para el próximo trimestre, no pasa nada de nada.

Piensa lo que te decía antes. Hacienda sólo permite presentar complementaria si el resultado final es a su favor así que en este caso el resultado sería a tu favor. Me refiero a facturas de gastos. Aquí tienes 18 Gastos que te puedes deducir como autónomo.

Como se suele decir es peor el remedio que la enfermedad. Si te pones a hacer escritos e intentar rectificar es más complicado. Si te ha salido más a pagar por no meter esas facturas ¡qué se le va a hacer! En el próximo trimestre las metes y te bajará el resultado. No te preocupes que no las pierdes.

Si las facturas son de tus ventas lo suyo es que esté declarado en el trimestre que le corresponde por las fechas de esas facturas.

Pero si lo metes en el próximo trimestre no suele pasar nada. No es que lo hagas por norma. Tampoco es eso. Si ha sido un error pues declara esas facturas cuanto antes, en el siguiente trimestre.

La cosa cambia si estás en el cuarto trimestre.

Para tus gastos no pasa nada. Puedes meterlos en el primer trimestre del año siguiente. Puedes deducir facturas del año pasado.

Pero tus ingresos no, tienen que ser del año. Así que como el resultado final sí que sería a favor de Hacienda entonces presenta cuanto antes la complementaria, mejor todavía si no ha finalizado el plazo del vencimiento.

Error 6: dejar para el último día presentar el modelo 303

Dejar el IVA para el último día

Si dejas el modelo 303 IVA para presentarlo el último día, justo al final, puede traer más de un error frecuente.

Pero no sólo porque las prisas no son buenas. Si no porque si te sientes inseguro rellenando las casillas más lo vas a estar apurando las horas.

Meterte en mil páginas de Internet intentando averiguar cosas en plan a ver si descubro la solución no te va a llevar más a que estés más inseguro.

Sobre todo uno de los errores del modelo 303 IVA es justo ese.

El presentarlo justo al final. Porque si te das cuenta de los problemas que hemos ido viendo antes no tendrás tiempo de solucionarlo. Y de verdad, ver como avanza el reloj es algo angustiante.

Y más aún si ves que el modelo 303 IVA tiene algún error si lo haces con tiempo podrás solucionarlo. Si no será muy complicado.

¿Sabes hasta qué hora del día 20 se puede presentar el IVA?

Error 7: me he equivocado de CIF, de importes, de etc.

Modelo 303 equivocarse de NIFEsto sólo es por si estás presentado más de un modelo 303. Aquí la organización es fundamental y como yo digo bloquear el tiempo sin distracciones.

Si no te puede ocurrir que vayas a presentar el de un amigo por ejemplo, que todos tenemos amigos a los que hacemos un favor, y en esto que suena el móvil.

Te distraes, te pones a hablar. Al rato cuando cuelgas estás con la cabeza en otra cosa. Así que coges el CIF que no corresponde a los datos que tienes ahí en el papel, rellenas el modelo 303 y presentas.

¿Y cómo lo descubres?

Cuando tecleas ese CIF otra vez en la declaración que corresponde y te salta el mensaje de rechazada por duplicidad. Te cuesta caer en lo que ha pasado. Los sudores son pocos. Te entra más bien un mareo de caerte de la silla.

Y también cosa tampoco rara es que te confundas de hoja y no te des ni cuenta que en ese papel pone otro trimestre anterior. Lo rellenas y presentas. Con los datos igualitos que ese trimestre, a partir de ahora maldito.

Claro que este tipo de error puede pasar con cualquier declaración, no sólo con el modelo 303 IVA.

Si no estás en el último día puede tener arreglo. Complicado y paseos a Hacienda en un intento desesperado de que te anulen el modelo 303 presentado.

Por eso lo mejor es que sí estás presentado impuestos corta teléfono, correos, whatsapp y a quien sea que esté a tu lado hablándote.

Y si es posible no lo dejes para el último día. No sólo por esto. Es que puede pasar cualquier cosa con el ordenador y ahí sí que por mucho que te tires de los pelos no hay solución.

 

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Ahora que ya sabes cuáles son los errores más frecuentes en el modelo 303 IVA ¿Te ha pasado alguno de estos errores? ¿Cuál es el tuyo o por ahora no te ha pasado nunca?

 Espero tus comentarios, estoy deseando oírlos.

 

123 Replies to “El error más frecuente en el modelo 303 IVA, revisa antes de presentar”

  1. Gabriela 9 meses ago

    Hola Ana, buenos días, por error presente el 4to trimestre del 303, no me correspondía, porque solo estuve dada de alta 4 días por una pequeña factura y luego me di de baja, como puedo anular el 303 que ya envié?
    Por otro lado, sí presente el 390 anual.
    Gracias de antemano por tu respuesta.

    1. Ana Tus Papeles 9 meses ago

      Hola Gabriela, te he contestado en el otro comentario. El modelo 303 no se puede anular, sólo se puede solicitar rectificación.
      Gracias por estar por aquí!

  2. hola desde que metieron en la declaracion iva la exoneracion del 390 rellenaba los datos y no he tenido problemas , este año 2023 4t , no puedo acabar la declaracion del IVA porque en la pagina 4
    ACTIVIDADES , cumplementar actividades , me sale completamente vacia , y no me deja proseguir para enviar la declaracion, si intento presentarla asi me da un error que dice

    Si ha contestado «SÍ» a la pregunta «¿Está exonerado de la Declaración-resumen anual del IVA, modelo 390?» de los datos identificativos, debe cumplimentar el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA»

    1. Ana Tus Papeles 9 meses ago

      Hola Juan, debes contestar que NO, si lees con calma «no estás exonerado». Si no tuvieras obligación de presentar el modelo 390 entonces sí tendrías que rellenar la página de resumen de actividades.
      Gracias por estar por aquí!

  3. Lo cierto es que sois super didácticos y claros …, muchas gracias por vuestra aportación .
    Os puedo hacer una consulta , dentro de mi desesperación …,
    me sale el siguiente error al presentar e l 303

    La cuota de la casilla 29 no se encuentra dentro del margen permitido
    que pasa?, qué he hecho??, cómo lo arreglo?

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Alfredo, ese error sale porque la base imponible de la casilla 28 no corresponde (es errónea) porque es menor o mayor al importe del IVA de la casilla 29. Revisa tus cálculos.
      Gracias por estar por aquí!

  4. Muchas gracias a vuestro equipo, sois una de las pocas páginas que tienen contenidos muy completos y sobre todo muy didácticos que ayudan a comprender mejor el camino al averno que tenemos que transitar todos los autónomos con Hacienda. Gracias, porque en mi crisis existencial fiscal me habéis ayudado muchísimo. Un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Carmen, mil gracias por tu comentario y me alegro un montón de que hayas podido superar algo esa crisis existencial fiscal, que no me extraña.
      Gracias!

  5. Hola Ana!
    En noviembre hice una factura rectificativa de un ingreso a una empresa (descontando un importe), esta factura se me olvidó incluirla en los impuestos del 4T. Debo hacer una rectificativa del 303 y 390? (no presento 130), porque entiendo que si no lo hago, al hacer la declaración de la renta me va a descuadrar con lo que han declarado ellos.
    Muchas gracias por tu ayuda!

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Angie de nuevo por aquí, desde comentarios es complicado resolver dudas tan específicas. Puedes mirar en Impuestos o Ayuda arriba en el menú que por muy poco resuelves y avanzas.
      Gracias por estar ahí!

  6. Vanesa Varillas Torrecilla 3 años ago

    Buenas noches Ana, Estoy intentando presentar el modelo 303 4T y por primera vez me da el siguiente error: Aquellos sujetos pasivos que realicen exclusivamente actividades en régimen simplificado cuya actividad consista en operaciones de arrendamiento de bienes inmuebles de naturaleza urbana u operaciones por las que no exista obligación de presentar auto liquidación,deben cumplimentar el apartado exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerado de la declaración-resumen anual de iva. Estos sujetos pasivos no tienen la obligación de presentar el modelo 390. Espero tu respuesta. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Vanesa, no es un error, solo es un aviso por si estuvieras en ese caso, te deja presentar.
      Gracias por estar ahí!

  7. Hola

    Me sale el siguiente error:

    Si cumplimenta el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA» debe de contestar «SÍ» a la pregunta «¿Está exonerado de la Declaración-resumen anual del IVA, modelo 390?» de los datos identificativos.

    No estoy exonerada y así lo he marcado, con un NO en los datos identificativos, pero el aviso/error no me deja hacer la declación. ¿Sabes qué puedo hacer para solucionarlo? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola María, ese error te está saliendo porque en la página de volumen de operaciones hay alguna casilla con datos. Mira si no ha salido el epígrafe de la actividad porque si es así debes eliminarlo. Ya no te saldrá el error y podrás poner que NO estás exonerada.
      Gracias por estar por aquí!

      1. Hola, me pasa lo mismo, he rellenado toda la planilla y me sale este error (no sale nada en el epigrafe) he ignorado el error y le he dado a hacer ingreso/devolucion y he hecho el pago pero no me queda claro si se ha hecho la declaración como tal. ¿Como lo sé? Ya me han quitado el dinero de mi cuenta. Gracias

        1. Ana Tus Papeles 3 años ago

          Hola Corina, si tienes el pdf de la presentación realizada y el pago está presentado correcto. Algunos errores parecen que lo son pero solo son avisos.
          Gracias por estar por aquí!

  8. al hacer el modelo 303 de iva 4 trimestre no he marcado la casilla de obligatorio declaracion anual de operaciones con terceras personas, como puedo arreglarlo, gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Ramón, por ahora no pasa nada por no marcar esa casilla.
      Gracias por estar por aquí!

  9. Carmen Navacerrada 3 años ago

    Hola! Estoy rellenando por primera vez el modelo 303 para el 4T del año 2021. He rellenado la primera página y únicamente un valor en la segunda. Son dos facturas aisladas que he hecho, pero me sale este error:

    Si cumplimenta el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último periodo de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA» debe de contestar «SÍ» a la pregunta «¿Está exonerado de la Declaración-resumen anual del IVA, modelo 390?» de los datos identificativos.

    Yo no he cumplimentado ese apartado, por eso he marcado NO en la pregunta, ya que no sé si estoy exonerada de presentar el modelo 390.

    ¿Me podríais ayudar?

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Carmen, por lo que comentas tienes obligación de presentar el modelo 390 y hay un error nuevo de este año en el que aparece el epígrafe del IAE de la actividad económica a veces de forma automática. Elimina esa información y se arregla.
      Gracias por estar por aquí!

      1. me mandado el 303 del 4trim. pero no he marcado la casilla de que no tengo que presentar el 390, como puedo solucionarlo?
        tengo que marcarla y poner el importe total en la casilla 80 del modelo 403.
        gracias

        1. Ana Tus Papeles 3 años ago

          Hola Marivi, como no afecta al resultado tendrás que presentar un escrito para rectificar el 4T presentado e indicando el importe.
          Gracias por estar ahí!

  10. Hola acabo de presentar el modelo 303 trimestral, pero sin querer he puesto periodo 9 y no 3T. Cómo puedo rectificarlo?
    En caso de no rectificarlo, cuáles son las consecuencias?

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Marta, las consecuencias son que para Hacienda no consta presentado el 3T. Debes realizar un escrito para rectificar la declaración explicando con detalle el error producido, antes del día 20 para que entre en plazo.
      Gracias por estar ahí!

  11. Hola, gracias por la información.

    He presentado el modelo 303 del 4T del 2020 incluyendo un importe de una factura de diciembre pero que por un malentendido me lo van a pagar ahora en 1T del 2021, es decir, estaba mal facturado en diciembre y lo facturaré de nuevo.

    Dado que el IVA de ese importe ya lo pagué en el 4T, cómo hago para no pagarlo nuevamente? Puedo realizar una factura de abono para que se me cancele con la nueva factura todo en el 1T del 2021 o debo pagar nuevamente el IVA y pedir a Hacienda que me reintegre el primer pago?

    Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola José, puedes hacer una rectificación de esa factura con fecha 2021. Tanto la nueva factura como esa rectificativa tendrá que ir al 1T 2021 con lo cual el resultado no se alterará ni pagarás de más.
      Gacias por estar ahí!

      1. Hola Ana, de esa forma resuelvo el IVA que pagué de más en 2020 porque me quedaría compensado en 1T 2021 al facturarlo de nuevo pero también rectificado, pero qué pasa con el IRPF? porque en mi declaración al tener la rectificación y la factura final me quedarán en 0 también. Y entiendo que no debería informarlo en el 2020 ya que no se me abonó.
        Muchas gracias como siempre!

        1. Ana Tus Papeles 4 años ago

          Hola José, una cosa es la fecha de la factura y otra cuándo te la pagan. Quizás es mejor mantener la factura en 2020 y no hacer rectificativa. Es normal recibir el pago más tarde e incluso al año siguiente y más aún si es de diciembre.

    2. Hola! Felicidades por el blog, es de gran ayuda.
      Yo también sou autonoma y tengo una duda relacionada al T4 de 2020.

      Me acabo de dar cuenta que rellené la casilla de ingresos totales T4 con un importe con 250euro mayor al real. Por una equivocación al copiar los numeros. O sea, la base imponible declarada fue 250euro mayor que mis ingresos verdaderos. (Por ejemplo, si mis ingresos en T4 fueron 1000eu, declaré por equivocación 1250eu). En consecuencía pagué de más a Hacienda al presentar los modelos 130, 303, pero también presenté el modelo 390.
      ¿Como puedo arreglar esto? Menciono que no se trata de ninguna factura anulada, simplemente un error al copiar los numeros.
      Muchas gracias.

      1. Ana Tus Papeles 3 años ago

        Hola Mar, puedes solicitar devolución de ingresos indebidos al haber pagado de más. Pero tendrás que aportar facturas o justificantes de ese error para que puedan comprobar el importe. En la misma solicitud puedes indicar que rectifiquen todos los modelos.
        Espero que puedas solucionarlo!

  12. Guillermo 4 años ago

    Hola, gracias por el post. Lo he encontrado buscando solución a mi problema. A ver si tiene arreglo: Al realizar el 390 anual del IVA he visto que la declaración del 4T está mal. Me equivoqué al contar mal una factura de IVA Deducible. Ahora todo descuadra y no me deja hacer una rectificativa con el mismo resultado pero cambiando la basedel IVA Deducible ni tampoco a devolver si cambio la cuota del IVA Deducible. Son unos 12€ que bailan y estoy atascado porque no puedo corregir la trimestral del 4T ni presentar el 390 porque no me deja al no cuadrar. ¿Qué puedo hacer? Cómo puedo corregir el 303 del 4T que ya está pagada?

    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Guillermo, como el resultado no varia y lo que es erróneo es la base puedes presentar un escrito para rectificar detallando el error en la base. Lo puedes presentar por la página de Hacienda, este es el enlace.
      Así te cuadrará y ya puedes presentar el modelo 390.
      Gracias por leer el blog!

  13. Bárbara 4 años ago

    Hola,
    pues sí, hay que revisarlo todo bien antes de mandar….mi error ha sido presentar la declaración a mi nombre en lugar de a nombre de la comunidad de bienes que represento, ¿cómo puedo hacer para cambiarlo? Porque dejan cambiar la cuenta pero no el nombre….
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Barbara, siento lo tarde en contestar. Tendrás que presentar un escrito anulando la declaración que has presentado a tu nombre. Independientemente presenta la de la comunidad porque si no estará sin presentar.
      Gracias por estar ahí!

  14. José Antonio 5 años ago

    AL INTRODUCIR ELIVA SOPORTADO EN LA CASILLA 29 APARECE UN ERROR 303M080. No me permite validar el importe.
    Puedes decirme porqué? aparece en una sociedad limitada. Saludos,

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola José Antonio, ese error puede ser porque no has rellenado la casilla 28 de la base imponible. Gracias por estar aquí!

  15. Hola buenos días, gracias por el blog…nos resuelve muchas dudas.
    Mi problema es que en el 1T del 2019 había una factura de un proveedor al 16% de IVA y no nos dimos cuenta, tenía que ser al 21%. Lo puedo arreglar en el 4T que aún no hemos presentado??
    Otro problema es que la base de iva deducible del 2T está equivocada, por la suma de las cantidades, pero el VA está bien calculado y presentado. También puedo regularizar esa base en el 4T??
    No sé si la casilla nº 28 es obligatorio poner alguna cantidad, o la puedo dejar en blanco.
    Muchas gracias por vuestra información.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Rosa, puedes regularizarlo en el 4T. La casilla 28 no puede estar en blanco porque no te deja presentar. Eso cambió hace mucho tiempo. Para regularizar las bases el IVA puedes utilizar la casilla 40 y 41.
      Gracias por leer el blog!

      1. Gracias Ana por tu respuesta. Es que cuando pongo las cantidades me sale un error M080 (La cuota de la casilla 29 no se encuentra dentro del margen permitido), y no se a que se debe.
        Se supone que la casilla 28 no tiene por que coincidir con la base de la casilla 29, verdad? En otros trimestres si que me ha dejado, por eso he arrastrado el error del 2T.
        Me estoy volviendo loca y no sé como arreglarlo.
        Tampoco sé si sólo se puede rellenar la casilla 40, ya que la 41 no la rellenaría porque las cuotas presentadas anteriores están bien, sólo variaría la base.
        Ya me dices
        Muchísimas gracias de antemano.

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Rosa, resolver casos tan concretos desde comentarios es complicado. Puedes utilizar sólo la casilla 40. Si necesitas más ayuda, mira arriba en el menú Ayuda Express, es para resolver y seguir adelante.

      2. Águeda Lucía 3 años ago

        Hola! Gracias por el blog que nos compartes. Mi situación es un tanto extraña, por error he marcado en la declaración trimestral del 303 la casilla «Sin actividad», pero incluyendo el IVA devengado que facturo por el alquiler de un local. ¿Sabrías cómo se podría subsanar ese error, ya que se trata de varias presentaciones arrastrando el mismo error??
        Muchas gracias de antemano!!

        1. Ana Tus Papeles 3 años ago

          Hola Águeda, tendrás que hacer un escrito para explicar el error y solicitar la rectificación.
          Gracias por estar ahí!

          1. Hola Ana! En primer lugar, muchas gracias por tu blog.
            Mi situación es parecida a la de Águeda. La empresa a penas ha tenido movimientos pero sí alguna factura emitida y varias recibidas. El caso es que al ver el PDF después de presentado he visto que estaba marcada la casilla «sin actividad». ¿Puedo solucionarlo modificando la declaración presentada y enviándola de nuevo? Muchas gracias por tu ayuda!
            Gracias.

          2. Ana Tus Papeles 2 años ago

            Hola Bea, como el resultado no varía, deberías presentar escrito para rectificar.
            Gracias por estar por aquí!

  16. Jase Antonio 5 años ago

    Buenos días Ana,
    he presentado hoy el modelo 303 y el modelo 349. Al terminar todo me he dado cuenta de que en el modelo 303 no he rellenado las casillas correspondientes al VA intracomunitario. Puesto que no afectan al «resultado» final, no sé si me vale con hacer un modelo 303 complementario rellenando solo las casillas correspondientes a este asunto o si necesito hacer un escrito.
    En caso de que tuviera que hacer un escrito, ¿qué digo? ¿Es domingo por la mañana, estoy dormido y no he rellenado dos casillas? 🙂
    Mil gracias por tu ayuda.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola jase Antonio, ojalá poder decir lo de que es domingo, jajaja, muy bueno. Tendrás que presentar un escrito detallando el error producido (sin motivo) indicando los importes de las intracomunitarias.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. José Antonio 5 años ago

        Muchas gracias Ana.
        ¿Sabes si este escrito se puede enviar vía email, tiene que ser en algún apartado de la web de la Agencia Tributaria, tengo que ir de manera presencial…?

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola jose Antonio, no se puede enviar por email. Se presenta online por la web en Sede Electrónica, Recursos y reclamaciones … Rectificación declaraciones.

          1. José Antonio 5 años ago

            Genial. Mil gracias Ana 🙂

  17. Miguel M 5 años ago

    Buenos días,
    El alquiler de una plaza de garaje, a efectos de IVA, ¿está dentro del régimen general o del simplificado?. Gracias por su atención.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Miguel M, la actividad de alquiler de una plaza de garaje es régimen general del IVA. Puedes verlo en el modelo 037 o 036 con el que te diste de alta. Gracias por estar ahí!

  18. Buenos días, soy trabajador por cuenta ajena y he hecho un trabajo por mi cuenta en diciembre por el que he emitido una única factura. pero al rellenar el modelo 303 he puesto tercer trimestre en lugar del cuarto. Y ya he pagado el impuesto correspondiente.
    ¿Cómo podría resolverlo? muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Miguel, presenta un escrito explicando con detalle el error. Es la única solución porque si no el 4T estará sin presentar. Gracias por leer el blog!

  19. Tengo una duda. Una empresa que ha presentado los modelos de IVA trimestrales pero no coinciden las cantidades puestas en el modelo trimestrales con los libros de IVA correspondientes a cada trimestre pero de manera anual luego sí coinciden los importes puesto que se ha regularizado en el cuarto trimestre .¿Eso sería correcto?
    ¿En caso de inspección Hacienda puede sancionar?
    Muchas gracias por tu ayuda

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Ana, si has regularizado en el 4T y este como el 390 coincide con tus libros de facturas no pasa nada. Si hubiera inspección es muy improbable que pase nada.
      Gracias por estar aquí!

  20. Hola Ana,
    soy autónomo pero a lo largo del año hago altas y bajas según trabajo o no. Mi pregunta es si mientras estoy de baja, las facturas que pueda pagar relacionadas con el trabajo, las puedo incluir en el 303 o solamente puedo incluir las que lleven fecha dentro de los periodos en los que estoy de alta.
    Muchas gracias y aprovecho para felicitarte el nuevo año.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Benet, si te das de alta y baja sólo puedes incluir en el modelo 303 las facturas de los periodos en los que estás de alta. Gracias por estar!

  21. Ángela Álvarez 5 años ago

    Buenas noches
    Estoy presentando el modelo 303 y en este trimestre me he comprado un ordenador portátil. He metido el VA completo y el gasto fraccionado en 4 años y lo que le corresponde al trimestre. Al meter un iba elevado para el gasto generado me sale un error 303M080 y me dice que se pasa d los límites establecidos. No entiendo nada. Cómo debería declarar ese IVA? Gracias de antemano

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Ángela, no creo que ese error sea por no poder incluir eseIVA. Debe ser algún error técnico. Si necesitas ayuda pásate por TusImpuestos (arriba en el menú) y por muy poco lo tienes calculado y presentado.
      Gracias por estar ahí!

  22. Sergio González 5 años ago

    Buenas noches, resulta que en el modelo 303 del T2 2019 no indique en la casilla 67 el importe a compensar del T1, pero si he incluido el importe acumulado a compensar del t1+t2 en el declaración del T3. Hacienda me multara por no incluir el importe a compensar del T1 en la casilla 67 del trimestre 2? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Sergio, incluirlo es la única forma de solucionarlo. No suelen sancionar por esto. Lo único que presenta al mismo tiempo un escrito explicando de dónde sale ese importe de la casilla 67 en este trimestre porque no les va a cuadrar.
      Si necesitas ayuda, pásate por Ayuda Express (arriba en el menú). Por muy poco resuelves y sigues adelante.
      Gracias por estar ahí!

  23. hola, intento hacer un 303, de una C.B. y al generar el modelo me da error, me dice que mi solicitud no puede ser atendida. que puede ser???

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Jordi, sin verlo no puedo decirte con exactitud. Puede ser porque en las CB si sale a pagar no se puede presentar domiciliado, sólo se admite pago por NRC.
      Gracias por leer el blog!

  24. Buenos días,
    primero enhorabuena por tu blog, he aprendido mucho.
    Tengo un problema y no se como arreglarlo, resulta que por error se contabilizo un contrato y al pedir la factura de ese contrato a la empresa me dicen que todavía no la han emitido la factura, ahora como lo puedo arreglar (es del 2T), en el mod.303 salió negativo. ( se puede contabilizar una factura rectificativa para compensarlo en este trimestre??)

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Ali, puedes hacer un ajuste contable para anular la anterior y poner la fecha correcta. Una factura rectificativa no sería posible porque no existe físicamente y no podrías tenerla para poder demostrarlo.
      Gracias por tenerte por aquí!

  25. Hola. E presentado el modelo 303 y e marcado la casilla lleva voluntariamente los libros de registro del iva a través de la sede electrónica. Y no es así. Qué puedo hacer?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Sandra, si has marcado esa casilla podrías hacer escrito explicando el error. No puedes presentar complementaria porque el resultado no varia.
      Gracias por estar aquí!

    2. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Sandra, si has marcado esa casilla podrías hacer escrito explicando el error. No puedes presentar complementaria porque el resultado no varia.
      Gracias por estar aquí!

  26. Hola, tengo un local comercial que durante el trimestre anterior no ha estado alquilado, me han indicado que tengo que presentar igualmente el modelo 303 indicando sin actividad. Me salta el error 303M030: Ha indicado que NO tributa exclusivamente en régimen simplificado y no hay contenido en la liquidación del régimen general. ¿Cómo lo soluciono? Tributo exclusivamente en el régimen general, pero sin actividad. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Paqui, eso no es un error. Solo es un aviso. Te deja presentar.
      Gracias por leer el blog!

  27. Buenas tardes Ana, te explico: tengo una SL pequeñita que factura poca cosa. EL caso que me hago yo mismo la contabilidad. Llevo presentando declaraciones de 2018 (2T, 3T y 4T con rdo negativo) a compensar. El 1T de 2019 me sigue saliendo resultado negativo. Ahora en 2T 2019 me sale a pagar. Y cuál es mi sorpresa, que se me ha olvidado ir arrastrando los importes a compensar trimestre a trimestre consignando el acumulado en la casilla 67, y por tanto he solicitado la compensación con créditos a mi favor pero claro esa no es la vía. Hacienda me responde denegándose la compensación porque no hay crédito reconocido (ahora entiendo que es una vía errónea y que ese trámite es para otro tipo de compensaciones y no por el arrastre) ¿Qué debo hacer para comunicarle a Hacienda el error en los 4 trimestres anteriores y poder así reconocer ese importe a compensar que tengo?
    Gracias de antemano! Saludos,

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Daniel, en la situación que comentas si no has arrastrado el importe a compensar de trimestres anteriores incluido el año pasado
      ¿cómo te cuadro el modelo 390? Para rectificar declaraciones es hacer escritos y si afecta al 2018 presentar sustitutiva del 390. No se puede presentar complementaria. Desde comentarios no puedo ayudarte mucho más. Hay que ver todas las declaraciones.
      Si necesitas más ayuda entra en Trámites, Escritos rectificar declaraciones.
      Gracias por estar aquí!

      1. Buenos días Ana,
        Efectivamente el cuadre del modelo 390 lo hice consignando el importe de los importes a compensar de todo el año en la casilla donde te indica que pongas el importe a compensar de la última declaración trimestral. Vamos lo que viene siendo «a capón». (Es lo que tiene meterse en este mundillo yendo de autodidacta).
        El caso que no encuentro donde hacer el trámite de hacer un escrito a Hacienda para rectificar las declaraciones (yo lo hago con certificado electrónico) y así poder hacer la declaración sustitutiva del 390 de 2018. Si puedes indicármelo te lo agradezco.
        Saludos!

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Daniel, por poder puedes hacerlo, modificar en 0,01€. Pero deberías hacerlo con el 4T y 390 y este año el 1T. Lo único para más información que ya te imaginas esto puede llevar sanción.
          Si necesitas más ayuda entra en Ayuda Express. Por comentarios es complicado resolverlo sin verlo todo.
          Espero que puedas solucionarlo!

  28. Buenos días,
    Acabo de presentar el modelo 303 de este 2° trimestre, y ahora me doy cuenta de que he metido el importe de ingresos erróneo (el importe es mayor que el que debería ser). De hecho, he puesto el importe de los ingresos con IVA, en vez de el bruto sin IVA, con lo que al calcular el 21 % sale más de lo que debería.
    Lógicamente aun no han pasado el cargo al banco, entonces no sé qué puedo hacer para solucionarlo, si debo esperar a que lo cobren y luego reclamarlo, o no se… A ver si puedes ayudarme.
    Gracias y un saludo,

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Javier, como el importe que has declarado es mayor que el que tenía que haber sido puedes hacer un escrito rectificando la declaración. No se puede presentar complementaria porque Hacienda solo lo admite si la diferencia es menos a tu favor. Podrías anular la cuenta de domiciliación pero si no contestan antes del 20 te puedes encontrar con un 303 presentado erróneo y sin pagar. Quizás haz lo del escrito y vete a Hacienda para agilizarlo. Si lo llegan a cargar en tu cuenta tienes dos opciones: o lo regularizas en el siguiente trimestre o pides solicitud de devolución de ingresos indebidos.
      Espero que puedas solucionarlo!

  29. ESTOY EL 21 DE JUNIO RELLENADO EL MODELO 303 Y ME DA ERROR 00001 Y NO ME DEJAIMPRIMRIR

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Manuel, me imagino que ese error que te da es porque se puede presentar a partir de 1 de julio, no te dejan hacerlo ahora.
      Gracias por tenerte por aquí!

  30. Buenos días.
    A mi se me ha olvidado en el primer trimestre de este año poner la cantidad del año anterior que puse a compensar. del 4 trimestre. Además en el 390 puse a devolver (es decir en el 2018 tengo error con la misma cantidad a compensar y devolver …pero no han devuelto) y encima en este año se me olvida en el primer trimestre restarlo. No llega a 70 euros.
    No sé si merece la pena hacer algo. Me imagino que no puedo compensar este trimestre. Y que lo único sería pedir una revisión de gastos. (Me da terror que hacienda revise ¿qué es lo mejor a hacer?
    Otra consulta. Mi cuñado monta una empresa que esta en REDEME, para solicitar devoluciones mensuales (ese era el objetivo como ?emprendedor), pero lo de las devoluciones mensuales o es una mentira, o estamos en Junio y no han devuelto ningún mes)¿a que se debe? ¿es normal el retraso?¿no se llama devolución mensual?¿enero, febrero, marzo, abril, mayo???
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Marta, sí que tienes lío con el VA! Aunque no hayan devuelto puede pasar algo. La devolución del IVA es más lenta que la de la Renta. Hay que esperar meses. No dices si el error de la devolución del 390 también lo has puesto en el 303 4T. Deberías presentar un escrito para rectificar esto.
      Del olvido del 1T intenta regularizarlo en el siguiente trimestre presentando otro escrito porque si no va a descuadrar ese importe.
      De lo de las devoluciones mensuales, es así. Tardan y mucho en devolver. Es mensual pero no quiere decir que te lo devuelvan al mes siguiente. Solo significa que en lugar de esperar a enero puedes solicitar la devolución cada mes. Y en estos casos piensa que revisan, todo.
      Gracias por estar aquí!

  31. soy representante único de una compañía que esta sin actividad. vengo declarando el modelo 303 desde que se constituyo pero la verdad que no sabía del 390. debería declarar el resumen anual aunque la compañía no esté activa. muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Ana, si has dado de baja la actividad no tienes obligación de presentar el modelo 303 ni el 390. Pero si no has presentando el modelo 036 con el cese de actividad entonces sí tienes obligación aunque sea con todas las casillas en blanco, a cero.
      Gracias por leer el blog!

  32. Virginia 5 años ago

    Buenas tardes,
    Por error he marcado que no tributo exclusivamente en régimen general y que no tributo exclusivamente en régimen simplificado. La realidad es que si tributo exclusivamente en régimen general. ¿Debo hacer algo al respecto?. Muchas gracias de antemano

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Virginia, podrías presentar escrito en Hacienda detallando el error producido para rectificar la declaración. Indica que solo tributas en régimen general. Como el resultado no varia no puedes presentar complementaria.
      Gracias por tenerte por aquí!

  33. Hola, Hace poquito que soy autónoma y voy un poco perdida. Estoy dada de alta en el ROI y a finales de diciembre recibí la factura de un proveedor de Austria que vino sin iva, al no saber como introducirlo se me traspapeló, ¿Qué debo hacer?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Laura, podrías declararla ahora en el modelo 303 y 349. Mejor tarde que nunca. Gracias por estar aquí!

  34. Hola
    Mi pregunta es sobre el modelo 130 y la reducción del 5% por gastos de difícil justificación En que apartado del modelo se puede aplicar esta reducción?
    Muchas Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Sandra, en el modelo 130 la reducción del 5% de gastos de difícil justificación no tiene una casilla específica. Se calcula y luego se mete sumado al resto en la casilla de gastos.
      Gracias por leer el blog!

  35. Hola , en breve tengo que rellenar mis primeros 130 y 303 ,tengo una duda sobre si en el 130 el total de ingresos tienen que ir con o sin el iva repercutido? ,y al igual los gastos con el iva soportado o no?
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Sandra, si tu actividad no está exenta de IVA los importes para el modelo 130 son sin IVA, son la base imponible. Gracias por estar aquí!

      1. Muchas Gracias!

  36. Gracias por la ayuda 🙂

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Cesar, gracias por tenerte por aquí 🙂

  37. Hola
    En los dos ultimas ejercicios a la pregunta en el modelo 303 de «tributa exclusivamente en régimen simplificado» conteste NO por error , que debería hacer ? Bastara con contestar correctamente en el siguiente ejercicio?
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Eva, me imagino que te refieres a trimestres y no a ejercicios. Por ahora no pasa nada, pero se abren unas casillas u otras dependiendo del régimen seleccionado. Si no has recibido ninguna notificación podrías dejarlo estar.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. Gracias por tu pronta respuesta
        Han sido los 2 ultimas trimestres sin actividad , podre corregirlo en los siguientes sin problemas?

        1. Ana Tus Papeles 6 años ago

          Hola Eva, al no haber tenido actividad no creo que tenga mayor importancia.

  38. Roser Anna 6 años ago

    Buenas tardes, cuando el pasado 30 de Enero estaba presentando mi declaración del VA del 4T/18 le marqué ingresar al ser ultimo día , pinchó cargar en cuenta, se abre la pantalla donde pones los datos y le pincho «Enviar» y me aparece en la parte arriba de la pantalla en amarillo y enmarcado en rojo el siguiente mensaje «SU ENTIDAD BANCARIA NO PUEDE PROCESAR ESTE TRAMITE» o algo así

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Rosa Anna, ese mensaje puede salir por varios motivos. Algunos bancos no permiten cargar en cuenta a partir de una hora determinada que depende de cada banco, o no tienes saldo suficiente, o estás intentando cargarlo en una cuenta de la que no eres titular, o no tienes certificado digital y lo estás haciendo con cl@ve PIN. El caso es que si te salió ese aviso significa que el modelo 303 no pudiste presentarlo ni pagarlo. La única solución es intentarlo otra vez ahora aunque sea fuera de plazo. Es la misma opción Ingresar. Si te sigue saltando el mismo mensaje también puedes pagarlo y presentarlo en el banco si eres autónomo. O pagarlo por la web de tu banco y presentarlo luego por Internet.
      Gracias por estar aquí y espero que puedas solucionarlo!

  39. Mi problema es que ahora haciendo el modelo 390 de resumen anual de iva me he dado cuenta que tengo errores en el iva deducible presentando en el modelo 303 de los 3 primeros trimestres … En esos trimestres puse valores de iva deducible mas bajos de los que eran en realidad… Qué es lo mejor que se puede hacer al respeto?
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Pedro, si no has presentado el 4T del modelo 303 puedes regularizar. Es decir, puedes incluir esos importes que has detectado. Si ya lo has presentado y como comentas que es un iva deducible más bajo entonces puedes presentar una complementaria porque el resultado será menos a tu favor.
      Gracias por tenerte aquí!

  40. Si cumplimenta el apartado «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA» debe de contestar a la pregunta «¿Existe volumen anual de operaciones (art. 121 UVA)? » de los datos identificativos. No sé por qué me dice esto.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Raquel, ese aviso que te sale en pantalla es algo general y sale a todo el mundo. Solo te recuerda que si no tienes obligación de presentar el modelo 390 debes rellenar la casilla del volumen de operaciones en el último apartado del modelo 303 4T.
      Gracias por tenerte por el blog!

  41. Buenas noches, acabo de hacer el modelo 130 telemática mente y el 303 para presentar en papel, ya que estoy fuera de plazo para hacerlo por internet, ya que me sale a pagar. Me acabo de dar cuenta de que en el 2T me salió a compensar y en el 3T no lo compensé, puedo hacerlo en el modelo 303 del 4T? Al no haber entregado el modelo 303 en el banco, puedo modificarlo, poniendo la compensación del 2T? Muchísimas gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Nuria, puedes ponerlo en el 4T. Es más, si no lo pones no te va a cuadrar el modelo 390. Una idea, no hace falta que vayas al banco a presentarlo en papel. Aunque el plazo para domiciliar haya pasado puedes pagarlo y presentar desde la misma página de Hacienda con NRC (cargo en cuenta). Esto funciona si tienes certificado digital. Basta con rellenar el modelo y al final en las formas de pago seleccionas «ingresar».
      Gracias por estar aquí!

      1. Muchas gracias. Enhorabuena por el blog!!

  42. Hola Ana,
    Me encuentro con dos problemas:
    -Por un lado, el 3T me dio negativo, -33 euros aprox, y lo presente A COMPENSAR para el el 4T. Al presentar el 4T, me he olvidado de añadirlo a la autoliquidación y, como sale a favor mío puesto que debo pagar, no puedo rectificarlo. Debo mandar un escrito a hacienda, pero la duda es, que hago con el 390, debo esperarme a presentarlo?
    -Al ir presentar el 390, aunque lo tengo todo en excel, no me cuadran las bases. No encuentro el error, y por dos-tres euros no me cuadra. que hago si no puedo llegar a encontrar el error?
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Laura, presenta el escrito y luego el modelo 390. No hace falta que esperes, pueden tardar días o meses en contestar. O no hacerlo. De las bases sigue revisando. Aunque no lo veas el error está en los 303. De todas formas por ese mínimo importe si pones las bases correctas en el 390 no creo que pase nada.
      Gracias por tenerte por aquí!

  43. Salvador 6 años ago

    Hola Ana, me he dado cuenta que he rellenado, presentado y pagado el modelo 117 en vez del 115, que puedo hacer? tendré consecuencias?
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Salvador, si tienes obligación de presentar el modelo 115 preséntalo ahora. Lo único que va fuera de plazo porque era hasta el día 20. Pero son unos pocos días y quizá tengas suerte. Del modelo 117 vas a tener que hacer una solicitud de devolución de ingresos indebidos. Si dejas de presentar el 115 llegará la sanción.
      Gracias por tenerte por aquí!

  44. José María 6 años ago

    Buenas tardes.
    Ante todo muchas gracias por tu trabajo, tan esclarecedor.
    Al grano: esta mañana presenté en la entidad bancaria el 303 4T, con el VA del último trimestre y el resumen anual (es simplemente de un alquiler de un local comercial, de modo que no hay complejidades). Pero metí la pata. Al calcular el total anual lo hice de memoria y pensé que el local había estado alquilado los tres últimos trimestres completos (pues los tres trimestres presenté la declaración}, pero en realidad el primer mes alquilado fue el de julio (es decir, la declaración del segundo trimestre correspondió sólo a un mes, no a tres). En resumen: en los apartados 80 y 501 puse 500 euros más de lo real (y de lo que fue efectivamente declarado y abonado en las declaraciones trimestrales). ¿Hay alguna forma de solucionarlo? Si es presentando un escrito, ¿a quién debo dirigirlo?
    Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola José María, te lo has imaginado bien, presentar un escrito para rectificar dirigido a la delegación de Hacienda que te corresponda, gestión tributaria.
      Gracias por estar aquí!

  45. Buenas, haciendo el modelo 390, he visto dos errores en dos trimestres diferentes:
    En el primer trimestre, una factura la puse mal en la contabilidad y faltaban 2 euros en la cuota del IVA soportado a mi favor.
    En el tercer trimestre, me equivoque al poner la base imponible de cuotas soportadas, pero no afecta a la cuota del iva.
    ¿Qué debo hacer en cada caso? ¿y en el 390?

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Jordi, suele pasar que el error salte a la hora de presentar el modelo 390. Si no has presentado el 303 4T es fácil, puedes regularizar sin problemas, resta o suma, lo que haga falta. Si ya has presentado el 4T se complica un poquito. Como el resultado final es más a compensar a tu favor aunque sean 2€ no puedes presentar complementaria. En este caso presenta un escrito para rectificar el 4T incluyendo los 2€ y la base correcta.
      Espero que puedas solucionarlo!

  46. Buenos días,
    No estoy seguro, pero temo haber cometido un error en el modelo 303.
    Mi madre tiene unos locales que lleva unos años alquilando, y cada trimestre tiene que presentar el modelo 303. Estos temas se los llevaba una asesoría, pero por circunstancias ahora me toca a mí y estoy un poco perdido. Hasta ahora con el 303 no hubo problema, lo fui presentando trimestralmente, pero ahora veo que hay un apartado que creo que es nuevo, algo así como «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA». Por lo que leo, me parece (no estoy seguro) que en nuestro caso rellenando ese apartado nos «libramos» de el 390, ¿puede ser así?. La cosa es que el año pasado (ejercicio 2017), que fue cuando me cayó este muerto encima, recuerdo haber presentado en enero el 303 y el 390, por lo que ahora me surge la duda de si lo hice mal. Por otra parte, si lo hice así fue porque en los papeles de la asesoría del año anterior (ejercicio 2016), pude ver que se habían presentado los dos modelos.
    Resumiendo, en el ejercicio anterior presenté el 303, pero no rellené los datos de «Exclusivamente a cumplimentar en el último período de liquidación por aquellos sujetos pasivos que queden exonerados de la Declaración-resumen anual del IVA» y presenté también el 390.
    ¿Lo hice bien????. ¿Está exento de presentar el 390 un particular que tiene locales alquilados?.
    Muchas gracias!

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Julio, estás en el caso de estar exonerado de presentar el modelo 390. No pasa nada si en el 2017 presentaste el 390. Para ahora puedes presentar ese apartado del 303 del 4T y librarte del 390. Así que aprovecha.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. Hola Ana. Muchas gracias a ti por la respuesta, ya lo tengo más claro.

  47. Hola Ana, acabo de darme cuenta de que en el primer trimestre , me equivoqué y puse el importe de la casilla 32 en la 34. No afecta el resultado, pero que debo hacer?
    Muchas gracias.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Maite, cuando no afecta al resultado debes presentar un escrito para rectificar explicando con detalle el error producido. Gracias por estar por aquí!

  48. Hola Ana, mi problema es que en el 1T de 2018 incluí en la base del IVA deducible una cantidad de Base exenta, aunque el VA declarado esta lógicamente bien, me he dado cuenta ahora que voy a presentar el 390, creo que lo mejor es hacer el 390 teniendo en cuenta la base corregida del primer trimestre y no hacer nada más. Por favor dame tu opinión.
    Muchas Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Alberto, piensa que el modelo 390 tiene que coincidir con los cuatro trimestres del 303. Si lo presentas tal cual no va a coincidir. Antes tendrías que presentar un escrito para rectificar la base explicando con detalle el error producido.
      Gracias por tenerte por aquí!

  49. Buenas tardes, al comprobar las declaraciones de iva del 2018 me he dado cuenta que la base de iva deducible es errónea aunque la cuota es correcto, como puedo solucionar esto …
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Begoña, como el resultado no va a cambiar tendrías que presentar un escrito para rectificar ese modelo 303 explicando con detalle el error producido.
      Gracias por estar aquí!

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