¿Qué vas a aprender en esta guía sobre el Modelo 349? ▼
Para qué se utiliza el modelo 349
En el modelo 349 se declaran las operaciones intracomunitarias.
Si has realizado ventas a clientes o has comprado algo en la Unión Europea, entonces debes rellenar y presentar el modelo 349. Solo es una declaración informativa, no tienes que pagar nada. Pero solo debes presentarlo si estás dado de alta como operador intracomunitario en el ROI. Sigue leyendo y mira cómo funciona.
A veces te vas a encontrar con que recibes una factura intracomunitaria con IVA. Te va a hacer dudar y mucho. ¿Esto va al modelo 349? ¿Se puede deducir ese IVA? Si te ocurre, revisa primero si has recibido una factura intracomunitaria con IVA y si puedes deducirlo para evitar errores en la declaración.
Qué es una operación intracomunitaria y cuáles entran en el modelo
Para rellenar este formulario, lo primero es tener claro qué se considera una operación intracomunitaria: cualquier venta o compra realizada a una empresa o profesional de un país miembro de la Unión Europea.
Para saber si debes incluirla al rellenar el modelo, se deben cumplir estas tres reglas básicas:
- Solo empresas o profesionales (B2B): Si el destinatario de tu factura es un cliente particular (persona física), no entra dentro de estas operaciones y no se pone en este modelo.
- Ambos operadores dados de alta: Es obligatorio que tanto tú como tu cliente o proveedor estéis registrados en el ROI y aparezcáis como válidos en el sistema VIES. Puedes revisar aquí cómo comprobar que tu cliente está dado de alta como operador intracomunitario.
Ojo con el mapa de la UE: Países geográficamente europeos como Suiza o el Reino Unido no pertenecen a la UE. ¿Qué pasa con estos países europeos que no pertenecen a la Unión Europea? Se consideran exportaciones o importaciones, así que de momento olvídate de ellos en este modelo. Si es tu caso, mira cómo hacer una factura a un cliente de un país extranjero.
Regla de oro para el borrador: Solo hay que rellenar y presentar el modelo 349 cuando tienes operaciones en el periodo. Si no hay operaciones, no tienes obligación de presentarlo, ya que no existe el formato «sin actividad». Eso sí, lo que declares aquí debe coincidir al céntimo con tu IVA trimestral.
¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 349?
Dependiendo de tu volumen de facturación con Europa, la Agencia Tributaria te obligará a declarar estas operaciones de forma mensual o trimestral. Si te corresponde la opción trimestral, el calendario oficial de vencimientos es el siguiente:
Para saber exactamente cuál es tu caso, qué límites de dinero no debes superar y cuándo te toca cambiar de fechas, revisa nuestra guía sobre el modelo 349 trimestral o mensual.
¿Qué pasa si en un periodo no has tenido operaciones en la UE? En esta declaración informativa no existe la opción de presentar «sin actividad». Si es tu caso y no has comprado ni vendido nada a Europa en el periodo que te toca declarar, lee nuestra explicación sobre si hay que presentar el modelo 349 sin operaciones antes de entrar a la web de Hacienda.
Cómo puedo presentar el modelo 349
El modelo 349 solo se puede presentar por Internet.
- Con certificado digital.
- Con el sistema Cl@ve.
Tenlo previsto con tiempo de antelación porque esto por muy online que sea no consiste en llegar el último día y hacer clic. Lleva unos pasos para conseguirlo.
Actualmente solo se puede rellenar por la página de Hacienda. Antes podías utilizar el programa de ayuda, pero ya ha desaparecido.
Para localizar el formulario con la ruta actualizada, entra en la página oficial de la Agencia Tributaria:
- Ve al botón Impuestos (o Área Personal).
- Selecciona la categoría IVA.
- Busca y haz clic sobre el enlace del Modelo 349.
- Pulsa en el trámite «Presentación».
La primera pantalla que se abre es para anotar los datos del declarante, eres tú. Anota los datos de NIF, nombre, teléfono, persona de contacto y el NIF del representante legal si presentas como sociedad. No te olvides del periodo, comprobar el ejercicio y marcar si es una complementaria o sustitutiva si vas a corregir un modelo anterior.
Operaciones intracomunitarias: cómo rellenar paso a paso
Selecciona Operaciones para dar de alta una nueva operación y haz clic en el icono de nueva.

Ahora anota los datos de la operación:
- Código del país: Haz clic en la flecha y se despliegan los países con su código asignado para que elijas el del cliente o proveedor europeo con el que has hecho la operación (nunca debes poner España).
- NIF Operador Intracomunitario: El número de identificación fiscal de tu cliente o proveedor.
- Nombre del operador: Los apellidos y nombre o la razón social de la empresa.
- Selecciona clave operación: Haz clic en la flecha para desplegar las opciones dentro de este mismo apartado.
- Base imponible: Escribe aquí el dinero total facturado (la suma de las bases imponibles de las facturas de este operador durante el periodo). Al llevar asterisco rojo, es obligatorio rellenarla para que el sistema te deje guardar el registro.
Claves operación intracomunitaria
Las claves de operación dependen de si tus facturas son de ventas o de compras. Estas son las más habituales:
Para el caso de ventas o prestación de servicios:
- E para Entregas: si son ventas de bienes.
- S para Prestaciones: si son ventas de prestación de servicios.
Para el caso de compras de bienes o servicios:
- A para Adquisiciones sujetas: si son compras de bienes (la clave a del modelo 349).
- I para Adquisiciones de servicios: si son compras de servicios (la clave i del modelo 349).
Rectificaciones en el modelo 349
Imagínate que te has equivocado en una declaración anterior o que tienes un cliente o proveedor con un importe en negativo porque has emitido o recibido una factura de abono o rectificativa.
El modelo 349 no admite importes en negativo directamente en la pestaña de operaciones ordinarias, por lo que no puedes anotarlo ahí. Para solucionarlo, debes utilizar el apartado de Rectificaciones.
El formulario se rellena de forma muy sencilla:
- Datos de la operación intracomunitaria: En la parte de arriba identificas al cliente o proveedor con su país, NIF y nombre. Justo debajo, es obligatorio rellenar el Ejercicio (año) y el Periodo (trimestre o mes) de la declaración antigua que quieres corregir.
- Campos económicos: En las casillas finales es donde se hace la magia. Debes rellenar la Base imponible declarada anteriormente (el dinero total erróneo que pusiste en su día) y, justo al lado, la Base imponible rectificada. Aquí debes escribir el importe total definitivo que realmente debería constar en Hacienda (lo que tenía que haber sido una vez restado o sumado el abono), no el resultado de una resta manual.
Realizar la presentación del modelo 349
Antes de presentar, comprueba los importes que has metido para ver si la suma coincide con la hoja que seguro que tienes ahí encima de la mesa.
Para eso, selecciona Declarante y resumen de la declaración.
Luego haz clic en Validar. Así si hubiera algún error saldría un listado para que puedas corregir. Este listado se abre en una pestaña inferior llamada «Errores», desde donde puedes hacer clic para ir directo al fallo.
Bueno, ¿ya está todo revisado? Entonces solo te falta hacer clic en Firmar y enviar en la barra de abajo. Se abrirá una pequeña ventana emergente donde tendrás que marcar la casilla de «Conforme» y volver a pulsar el botón definitivo para terminar.
Listo, ya tienes presentado el modelo 349 con las operaciones intracomunitarias.
Acuérdate de incluir las operaciones intracomunitarias en el modelo 303 IVA
Ahora que ya tienes presentado el modelo 349, recuerda que también debes declarar estos importes en el modelo 303 IVA.
Deben coincidir al céntimo.
Este es uno de los errores más frecuentes. Presentar el modelo 349 y luego olvidarse de incluirlo en el modelo 303. Si has comprado mercancías físicas, revisa nuestra guía sobre cómo poner las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 303.
¿Sabes por qué pasa tanto este olvido?
Porque en el modelo 303 IVA los importes de las operaciones intracomunitarias ni suman ni restan. Vamos, que el resultado seguirá siendo el mismo aunque no lo pongas. Por eso no te das ni cuenta.
¿Sabes cómo rellenar el modelo 349? ¿Tienes operaciones intracomunitarias?
Si después de leer esta guía paso a paso te sigue pareciendo un dolor de cabeza lidiar con las claves, los plazos de Hacienda o el cuadre de los trimestres, recuerda que no tienes por qué hacerlo solo. Échale un ojo a nuestro Pack de Servicios para Autónomos y nosotros nos encargaremos de presentar todos tus modelos a tiempo y sin errores. ¡Cuéntanos tu caso en los comentarios!

23 respuestas
Hola Ana,
Gracias como siempre, una vez más estoy aprendiendo mucho de los que compartes. Ahora estoy queriendo hacer el 349 del 4T de 2021, y no veo como llegar a un formulario para presentar! Ya hay opcion de presentar para 2022, pero para anteriores ejercicios solo da la opcion de consultas, no de presentar. Dice:
Modelo 349. Ejercicio 2020 y siguientes. Consultas y bajas de declaraciones.
Luego en otras secciones veo que se puede presentar para ejercicios mucho mas anteriores, pero nada de 2021.
Será un problema de la página o encuentro el formulario en otro apartado?
Gracias si tienes información al propósito!
Hola Naledi, han debido tener algún problema porque antes sí que estaba que he presentado ya unos cuantos. Prueba a entrar ahora, aparece 2021 en la primera opción.
Gracias por estar por aquí!
Hola Ana, tienes razón, he vuelto a mirar y este vez, allí estaba.
Gracias!
Hola Ana:
Gracias por tu aclaración que únicamente se presenta el 349 cuando hay operaciones a declarar. ¡Me ha sido muy útil! Solo me queda la duda si tengo que cumplir con una declaración anual, como es el caso por ejemplo con los modelos 111 (190) y 303 (390).
Un saludo
Simone
Hola Simone, para el 349 no hay un anual, solo trimestral.
Gracias por estar por aquí!
Hola. Tengo esta duda a punto de cerrar modelos: En el modelo 349 en base imponible QUÉ SE PONE EXACTAMENTE: Por ejemplo yo recibo una factura de servicios de Francia por 25 euros. Precio final 25 euros.
Yo declaro en el modelo 349 base imponible: 25 euros? o tengo que descontarle a esos 25 euros el 21% de IVA? y EN EL MODELO 303 consecuentemente tengo que poner 25 euros y su IVA sumado o descontado?. Gracias.
Hola Carmen, el IVA de esa factura intracomunitaria es «ficticio». Como comentas es un precio final. Calculas el IVA para poder incluirlo en el modelo 303. En el 349 va por el mismo importe que en el 349.
Si estás atascada pásate por Tus Impuestos (arriba en el menú). Por muy poco los tienes calculados y presentados. Te evitas inseguridad.
Gracias por leer el blog!
Qué alegría que contestes tan rápido. Ya no me da tiempo pero para el próximo trimestre te voy a solicitar porque eres más económica que nadie. Entonces: la duda sigue en mi cabeza: En el modelo 349 pongo 25 euros que es la factura total de Francia
En el modelo IVA CASILLA 10 y 36 pongo 25 euros y en la casilla 11 y 37 pongo 5,25 euros. Es correcto? Es decir que le sumo el VA.
O bien sería así: En el modelo 349 pongo 25 euros que es la factura total de Francia pero en el modelo IVA casilla 10 y 36 pongo: 20,66 y en la casilla 11 y 37 pongo: 4,34.
Perdona que esté con R que R pero no me queda claro esto y Hacienda no me lo aclara tampoco… o yo no me aclaro mejor. Mil gracias.
Hola Carmen, la factura de Francia la pones en el 349 por los 25€. En el modelo 303 en las casillas de adquisiciones intracomunitarias pones también los 25€ de base y calculas el IVA «ficiticio» (digo ficticio porque esa factura no lo tiene). Lo pones en el IVA devengado y también en el IVA deducible.
Desde comentarios es complicado explicar con detalle casos concretos.
Aclarado. 25 + 21 %. Gracias Ana. Hablamos ya para 4T porque esto a mi no me deja libre estos días y no puedo dejar de lado mi actividad. Te contacto a través de tu página o me das un correo como me digas.
Hola Carmen, cuando quieras 🙂 Tienes toda la razón, esto de los impuestos siendo autónomo quita mucho tiempo cuando hay desconocimiento. Pasar horas por Internet además crea inseguridad. Puedes entrar por Tus Impuestos.
Hola,
Tengo dos preguntas sobre las operaciones intracomunitarias, es la primera vez que voy a presentar el modelo 349.
Entiendo que si el operador no esta dado de alta y me ha incluido su IVA en la factura, no puedo deducírmelo y además no debo indicarlo ni el el 303 ni en el 349, sino como un gasto mayor al final de año, ¿es así?.
¿Y qué pasa si aunque no está dado de alta (lo he comprobado en el VIES) no me ha cobrado el IVA, a pesar de indicarlo en su factura? Ósea, me ha emitido una factura de venta (yo lo he comprado) de un producto con su IVA alemán, pero que no me ha cobrado por no ser yo española (solo me ha cobrado su base imponible, me lo ha contado y luego descontado, muy raro). No debo meterlo en el 349 porque no esta dado de alta, ¿verdad?.
¡Gracias! Un saludo
Hola Verónica, es raro lo que comentas. Te emiten una factura y no pagas el total si no una parte? Pues no sería muy válido. Deberían hacerte otra factura por lo que realmente has pagado, sin IVA. No tiene nada que ver con ser española o no. Me refiero al pago. Eso debería reflejarse directamente en la factura. Si la factura tiene IVA no lo declaras en el 349 ni el 303. Entiendo que si no están dados de alta en el ROi por eso la factura va con IVA. Pero ese IVA no es español por eso es un mayor gasto.
Desde comentarios es complicado decirte algo concreto sin ver la factura. Si necesitas más ayuda entra en Ayuda Express.
Gracias por estar aquí!
Estoy de alta como ilustradora y no tengo obligación de presentar IVA por lo que me di de baja en él pero si estoy de alta en realizar ventas a países de la Unión Europea ya que trabajo casi todo para fuera. También compro en países de la Unión Europea, ¿tengo que presentar el modelo 349 si no tengo que presentar el modelo 303?
Muchas gracias, un saludo
Hola Eva María, aunque no presentes el modelo 303 sí deberías presentar el modelo 349 porque esas operaciones intracomunitarias existen y es una declaración informativa.
Gracias por leer el blog!
Muchas gracias por resolver mi duda, tienes un blog estupendo.
Hola quiero haceros una consulta
Durante el 2y 3 periodo hemos hecho operaciones intracomunitarias pero no las hemos declarado en 303 ni hemos hecho 349. Lo podemos hacer anual? y en caso de que así sea como lo podemos cuadrar en el modelo 390?
Muchas gracias
Hola Alba, podéis declararlo de forma anual, en este mismo post tienes las condiciones, lee más arriba. Para cuadrar el modelo 390 solo tienes que poner en las casillas de iva devengado y deducible lo que ya has declarado en el modelo 303.
Gracias por tenerte por aquí!
Muchas gracias!! Un saludo
HOLA Y GRACIAS POR VUESTRA AYUDA.
QUIERO PREGUNTAROS SOBRE EL MODELO 349, SI HACIENDA ME PIDE EL DEL AÑO ANTERIOR QUE ES EL DEL 2017 QUE NO LO PRESENTE POR NO SABERLO Y POQUE ME DI DE ALTA EN EL 2017, DIGO YO QUE TENDRE QUE PRESENTARLO CON LOS MISMOS DATOS QUE PUSE EN EL MODELO 303 DEL 2017 Y HACER LO MISMO QUE CON EL QUE TENGO QUE PRESENTAR AHORA QUE CORRESPONDE AL 2018.
ATENTAMENTE.
Hola Jaguer, así es. En el modelo 349 tiene que figurar lo que has puesto en el modelo 303. Si es anual mira lo que figura en los modelos 303 y 390 que presentaste en 2017. Si no es anual mira ese trimestre. Es igual para todos los años.
Gracias por estar aquí!
tu información para cumplimentar el modelo 349, paso a paso me ha ayudado muchísimo. tu explicación es mucho más clara y entendible que la ayuda de aeat.
muchas gracias
Hola Isabel, gracias por el comentario! Es la idea, que sea útil y sin palabras raras.