¿El resultado del modelo 303 IVA te ha salido negativo? ¿Sabes lo que significa? Averígualo, es muy fácil. Esto se llama a compensar. Ten claro lo que debes hacer.
Actualizado febrero 2022
El modelo 303 IVA puede tener varios resultados, como todos los impuestos. Te puede parecer un absurdo hablar de esto, pero provoca mucha confusión.
- A pagar: el que no nos gusta a nadie. Esto puede significar que te ha ido bien y has vendido o ingresado más de lo que has gastado. Pero claro también puede ser que no tengas apenas facturas recibidas de gastos. Por eso es muy importante tener todas las facturas de tus gastos, acuérdate que no valen los tickets.
- Resultado cero: si no tienes actividad.
- Negativo: esto es lo que se llama a compensar. Significa que no tienes que pagar nada, que el importe es a tu favor. Ahora tienes que ver qué se hace con ese importe negativo. En el 4T significa también que puedes solicitar devolución del IVA.
¿Qué significa resultado a compensar del IVA?
El resultado a compensar del IVA es un importe en negativo que te ha salido en cualquier trimestre o en varios.
Puede ser por varios motivos: no has tenido ingresos o pocos y solo gastos o estás sin actividad.
Si no has tenido ingresos tienes obligación de presentar el IVA, dejando esas casillas en blanco. Y poniendo solo los gastos.
¿Qué se hace con el resultado negativo a compensar del trimestre del IVA? Significa que es un saldo a tu favor. El próximo trimestre lo restas del resultado.
Así que lo primero es que tengas las ideas claras de cómo hacer la declaración del IVA trimestral.
Si en el siguiente trimestre te sale positivo a pagar que no se te olvide restarlo.
No pienses que los trimestres son independientes entre sí, se van arrastrando. ¿Sabes rellenar y presentar el modelo 303 IVA del trimestre?
Si el resultado negativo del IVA que tienes ahora aquí tienes algunos ejemplos de lo que puedes hacer:
EJEMPLO 1: resultado del siguiente trimestre es a pagar.
El anterior trimestre el resultado fue negativo -50,00 euros.
Ahora llega el siguiente trimestre y el resultado es a pagar +200,00 euros. ¿Qué haces?
Restarlo 200,00 – 50,00 = 150,00. Este importe es el que tendrás que pagar.
Debes poner en la casilla 78 para que se aplique y se reste
EJEMPLO 2: resultado del siguiente trimestre es a compensar negativo.
Te vuelve a salir el resultado negativo -170,00 euros. ¿Qué haces?
Dejarlo pendiente porque no puedes restarlo. Se sumará a otros resultados negativos de anteriores trimestres.
Es como tener una hucha a tu favor. Siguiendo el ejemplo te salió -50,00 euros y ahora -170,00 euros. Tendrías -220,00 euros.
Debes anotarlo en la casilla 87 para que se quede pendiente.
EJEMPLO 3:el resultado del siguiente trimestre es a pagar por un importe menor que el que tienes negativo.
En el siguiente trimestre te sale a pagar +200,00 euros. Puedes restar el importe negativo que tenías ahí del anterior, pero es -450,00 euros. ¿Qué haces?
Restarlo y además dejarlo pendiente. Solo puedes compensar o aplicar sin que el resultado salga de nuevo negativo.
Resta +200,00 euros – 200,00 euros (solo una parte de esos 450,00 euros) = 0,00 euros.
Debes poner en la casilla 78 los -200,00 euros y el resto -250,00 euros en la casilla 87 que se te queda pendiente para el siguiente trimestre.
¿Por qué se hace así?
Porque no se puede solicitar devolución del IVA hasta enero, en el cuarto trimestre. Lo vas acumulando a lo largo del año.
Quizás te interese cómo compensar en las nuevas casillas del modelo 303
¿Qué hacer con el resultado negativo del IVA?
Bueno, ya ves que si el resultado es negativo no tienes que pagar nada.
Acuérdate de poner el importe negativo del trimestre anterior en las casillas del modelo 303 IVA para compensar y restar.
Te puede interesar cómo compensar IVA del trimestre anterior
Pero ahora estarás pensando en que si es a tu favor lo necesitas ahora.
El resultado negativo de los todos los trimestres hasta el cuarto, el último, es como si lo metieras en una hucha, poquito a poquito. No puedes hacer nada.
Si un trimestre te sale negativo ese importe lo restas al resultado del siguiente. Así si te saliera a pagar al restar el importe que tienes del anterior trimestre consigues bajar la cantidad.
Y si el trimestre siguiente fuera también negativo lo dejas pendiente hasta que lo puedas restar del resultado positivo de algún trimestre. Hasta que llega el cuarto trimestre, en enero. En ese momento puedes decidir si solicitas devolución o sigues restándolo en el primer trimestre del año siguiente. Es optativo, así que tú eliges si seguir metiéndolo en la hucha o solicitar devolución.
Aunque hayas dado de baja la actividad tampoco podrás hacer nada. También tendrás que esperar hasta enero para romper la hucha y solicitar la devolución.
Claro que para esto de la devolución del IVA hay que tener en cuenta algunas cosas. Supone un cierto riesgo de inspección. Esto no funciona como la Renta. Así que mejor que lo vayas preparando a lo largo del año.
Ten en cuenta que si decides no solicitar devolución del IVA en el cuarto trimestre en enero tienes 4 años para hacerlo, si no lo pierdes.
¿Sabes qué hacer con el resultado negativo del IVA? ¿Lo restas del siguiente trimestre o se te ha olvidado?
Me encanta oírte, espero tus comentarios, cuéntame.
Hola,
al igual que varias personas, cometí el error de no restar el resultado compensatorio del 2T en las siguientes declaraciones. Además, esa declaración del 2T tenía error a favor de Hacienda, por lo que acabo de realizar su complementaria.
Investigando sobre el tema he llegado a este apartado de las instrucciones del 390 de la misma Agencia Tributaria: (copio texto)
«- Casilla 662. Se hará constar el importe de las cuotas pendientes de compensación generadas en el ejercicio, ( excepto las generadas en el último período de liquidación que se consignan en la casilla 97) y que no se hubiesen aplicado en ninguna de las autoliquidaciones presentadas con posterioridad.
Ejemplo:
1º T: 100 €a ingresar.
2° T: 200 € a compensar.
3° T: 100 € a ingresar (no se aplican, es decir no se incluyen en la autoliquidación los 200
€ del 2ºT)
4° T: 100 € a ingresar (tampoco se aplican los 200 € del 2ºT)
En el resumen anual, modelo 390, los 200 € pendientes de compensación al término del ejercicio que no se han incluido en la autoliquidación del último periodo de liquidación deberían informarse en la casilla 662.
Si los 200 se hubiesen incluido en la autoliquidación del 3T ó 4T, no se incluirían en la casilla 662.»
Entiendo por tanto que esta casilla sería para reparar el error de no haber contemplado las compensaciones en los siguientes trimestres, sin necesidad de rectificar el 4T.
Al realizar el 390, a pesar de haber hecho todos los cálculos y que todo me cuadre, sigue apareciéndome el error PAR016.
¿Alguien podría ayudarme con este caos? Muchas gracias por la gran labor que hacéis!!
Hola Natalia, el error del modelo 390 más frecuente y que tiene a todo el mundo desesperado. La única forma de cuadrar el modelo 390 es que los modelos 303 estén bien. Si te salta ese error es que como bien dices has detectado el problema en los 303. Por mucho que intentes poner ese importe en la casilla 662 no va a cuadrar. Debes arreglarlo en el 303. Si no has presentado el 4T estás a tiempo.
Puedes regularizarlo e incluir ese importe a compensar junto a un escrito para explicarlo. Si ya lo has presentado presenta el escrito para rectificar el 4T. Luego presenta el 390 que ya te va a cuadrar.
No puedo ayudarte mucho más sin ver el caso en concreto y por comentarios es complicado y no es el fin.
Gracias por estar por aquí!
Hola Ana,
He seguido tus indicaciones y he redactado dos escritos a Hacienda. Antes de enviarlos, he pensando en consultarte de nuevo para asegurarme de que lo he hecho bien y no vuelvo a meter la pata…
Por un lado, un escrito para rectificar el 2T, ya que las bases imponibles en el régimen general de IVA devengado y el soportado, no eran correctas y por lo tanto tampoco el IVA que resultaba.
El otro, un escrito para rectificar el 4T haciendo referencia al VA a compensar acumulado de trimestres anteriores que no he tenido en cuenta en la autoliquidación del último trimestre. Además, y siguiendo el texto que había en el modelo de escrito que me he descargado, solicito la devolución de la diferencia de IVA que ya he pagado y que en teoría no me correspondía pagar (unos 200€).
¿Qué opinas?
¡Muchas gracias!
Hola Alex, ya veo que has avanzado bastante! Intenta meter todo en un solo escrito para no marear mucho. A nivel de comentarios es excesivo seguir viendo el caso concreto.
Espero que puedas solucionarlo!
Buenas tardes Ana,
Mi consulta es la siguiente:
Es mi primer año haciendo estas declaraciones, en el modelo 303, me salía a compensar en todos los trimestres, puesto que aún no hay beneficios en el negocio…, en ningún trimestre he arrastrado la cantidad a compensar del trimestre anterior, ahora voy a presentar el 390. y al leeros por aquí, veo que lo he estado haciendo mal todos los trimestres, que en la casilla 67 del 303 tenía que haber declarado la cantidad a compensar del trimestre anterior ¿Cómo lo puedo solucionar?
Muchas gracias de antemano. Un saludo.
Hola Virginia otra vez! te he contestado en otro post a otro comentario. Veo que tienes un poquito de lío cosa normal cuando se está empezando. Si no has ido restando el importe a compensar del trimestre anterior no te va a cuadrar el modelo 390. Antes tienes que solucionarlo porque no te deja presentar si no cuadra. Y como el resultado es más a tu favor porque el importe será más a compensar no puedes presentar una complementaria. Tendrías que presentar un escrito para rectificar el 4T (todavía estás en plazo) explicando con detalle el error producido y realizando el nuevo cálculo. Después ya podrás presentar el modelo 390 porque te cuadrará.
Gracias por estar aquí!
Hola,
Tengo alquilado un local comercial en el que hice obras en su momento. Gracias a esto me lleva saliendo a compensar todos los trimestres. En el cuarto también, por lo que me saldrá a cobrar.
Mi pregunta es sobre la casilla 80 del cuarto trimestre (por lo que he entendido, no necesito hacer el modelo 390, sino rellenar esa casilla, y creo que un epígrafe anterior). Que tengo que poner ahí en mi situación?
Muchísimas gracias
Hola Agustín, si tu única actividad es el alquiler del local comercial entonces no tienes obligación de presentar el modelo 390. Lo que debes hacer es en el modelo 303 4T rellenar la casilla 80 y el apartado del epígrafe del IAE de tu actividad.
Gracias por estar aquí!
Hola Ana,
Lo primero de todo, agradecerte la labor que estás haciendo. Creo que es de gran ayuda.
Mi caso es parecido al de Rocío. 2018 ha sido el primer año que he hecho la declaración trimestral del IVA. En el primer trimestre, también me salió un valor negativo, es decir, a devolver. En los siguientes trimestres no lo he tenido en cuenta para restarlo a lo que me ha tocado pagar. Ahora estoy rellenando el modelo 390 no me cuadra. Así que no sé qué hacer. Por un lado, no se si también debería hacer el escrito que sugieres haciendo referencia a este error, y si es por este mismo motivo que los resultados de las autoliquidaciones periódicas no coinciden con el resultado de la declaración anual.
Muchas gracias por adelantado.
Hola Alex, si ya has detectado que no tuviste en cuenta ese importe negativo del 1T en el siguiente trimestre ahí está el error del modelo 390 y de los 303. Piensa que el resultado del 390 solo es una fórmula, debe ser igual a lo que has pagado en los trimestres restando lo que ha salido a compensar o devolver en el cuarto (si lo hubiera). Te comento lo mismo. Deberías hacer el cálculo de nuevo del 303 4T con el importe negativo a compensar que debería haber sido. Luego presentas el escrito para rectificar este 4T. Después ya puedes presentar el modelo 390 que te debería cuadrar y no saltará el error.
Espero que puedas solucionarlo así! Gracias por estar aquí!
Genial, Ana!! Muchas gracias por tu tiempo y la explicación. Una última pregunta: ¿cómo se hace el escrito para rectificar el T4? De hecho, ya presenté una complementaria en ese trimestre porque se me había olvidado incluir una factura. Lo sé, soy un desastre con este tema…
Gracias!!
Hola Alex, solo explica con detalle el error producido.
Es mi primer año como autónoma y haciendo la trimestral se me olvidó arrastrar el VA negativo del segundo y tercer trimestre, aunque en el 390 si lo puse. Solicite la devolución del VA del 4 trimestre pensando que Hacienda lo sumaba. ¿Ese importe lo puedo usar en el primer trimestre o se lo queda Hacienda?
Hola Rocio, tienes que arreglar el error porque has solicitado devolución. La suma de los modelos 303 no cuadra con el 390 y eso es un problema. Para solucionarlo debes hacer un escrito para rectificar el 4T del modelo 303 explicando con detalle el error producido y haciendo el cálculo que incluya los importes a compensar que no has arrastrado en el 2T y el 3T. Presenta el modelo 390 sustitutiva y lo adjuntas al escrito. Todo esto se puede hacer por Internet con tu certificado digital o cl@ve PIN.
Hola, acabo de cerrar el 4T del ejercicio 2018 y se me ha olvidado solicitar la compensación de 2T y del 3T. ¿Hay alguna manera de solicitarlo aun? Si no es así ¿Cuándo y cómo tendría que hacerlo?
Hola Ivan, si no has restado el importe negativo del 2T y 3T el resultado final tendría que haber sido menos a pagar o más a compensar/devolver. En este caso no se puede hacer una complementaria. Tendrías que hacer un escrito detallando el error producido haciendo el cálculo con ese importe.
He detectado que en el 1 trimestre del 2018 no arrastre el acumulado del 2017, por lo que todos los trimestre están mal. No he presentado el 4 trimestre todavía, se podría aquí incluir el arrastre del 2017 como si estuviera correctamente.
Gracias
Hola Esther, perfecto! Si no has presentado el 4T genial. Puedes incluir el arrastre ahora. Presenta también un escrito explicando el error producido para que no haya problemas.
Gracias por tenerte por el blog!