El modelo 036 tiene un montón de casillas porque se utiliza para mil cosas. Ahí está la clave de tu actividad. Los secretos del modelo 036 te pueden conducir a errores. Revisa antes con calma.
El modelo 036 sirve para comunicar a Hacienda tus datos más básicos. Desde darte de alta de actividad hasta para cambiar un domicilio.
Por eso es un formulario multiusos.
Se utiliza para tantas cosas que solo abrirlo y ver tantas paginas con sus casillas puede echarte para atrás.
Y ahí está el problema.
Entre tanta casilla no te das cuenta de la verdadera esencia. Para ti son cruces en una casilla sin darle importancia. Esconden todos tus secretos. Estás indicando a Hacienda qué haces, dónde estás, qué obligaciones tienes y un largo etc.
Los errores del modelo 036 son tan vitales que pasan desapercibidos, por eso son secretos, por el total desconocimiento de lo que conlleva..Situaciones de las que es difícil salir sin sanciones por medio.
Con el modelo 037 pasa exactamente lo mismo. ¿Sabes si tienes que utilizar el modelo 036 o el 037?
¿Quieres ver los secretos del modelo 036? ¿Alguien te los has contado?
1. El epígrafe de tu actividad marcará todas y cada una de tus obligaciones: profesional o empresarial
Cuando te das de alta como autónomo eliges un epígrafe del IAE. Esto no es más que una clasificación de Hacienda para identificar lo que vas a hacer.
En ese epígrafe reside la esencia de tu actividad.
Pero no sólo es una descripción de tu actividad. Significa que también lleva unas obligaciones de presentación de impuestos.
El desconocimiento total supone que no presentarás algún impuesto o presentarás de más sin tener obligación. Luego llegará el susto de Hacienda difícil de evitar.
La clave de la obligación de impuestos que tienes que presentar está en si eres profesional o no. Si no lo eres serás empresarial.
Esto es de las cosas muy difusas de entender. Seguro que piensas que eres un profesional por ser autónomo. Pero no siempre es así. No al menos para Hacienda.
Así que ¿en qué epígrafe estás dado de alta como autónomo? Míralo bien.
Si eres empresarial tendrás que presentar el modelo 130 sin remedio cada trimestre.
¿Cómo saber si eres profesional o empresarial?
He aquí la cuestión, el inicio del origen.
- Eres profesional: si realizas tu actividad de una forma personal, individual y directa. A veces se necesita un título como abogados, arquitectos, notarios, ingeniero, etc. Pero otras no es necesario como fotógrafos, agente comercial, maquillador, etc.
- Eres empresarial: si además de tus conocimientos necesitas una organización si montas un pequeño local u oficina donde desarrollas tu actividad y quizá necesites a alguien que te ayude.
Si eres profesional puedes librarte del modelo 130 si las facturas emitidas a tus clientes tienen retención de IRPF en al menos un 70% de ellas. Mira cómo no pagar el modelo 130 cada trimestre.
¿Te has dado cuenta lo que acabas de leer?
Si eres profesional emites tus facturas con retención si tus clientes son otros autónomos o empresas. Pero si eres empresarial no puedes poner esa retención en tus facturas. ¿Sabes si tienes que poner IRPF en tus facturas o no?
Todo esto genera uno de los grandes errores del modelo 036. Por ejemplo: poner que estás en un epígrafe empresarial, luego vas y haces retención en las facturas a tus clientes sin tener ni idea que no tienes obligación.
Siguiendo con el desconocimiento te crees que no tienes obligación de presentar el modelo 130 por aquello de estar emitiendo las facturas con retención. Así que un día llega una notificación de Hacienda diciéndote que dónde están los modelos 130. No podrás evitar la sanción. Y aquí no vale decir lo de no lo sabía.
2. Una nueva actividad significa poder deducir otro tipo de gastos: da de alta un nuevo epígrafe
Llega un día que te planteas hacer además de lo que haces otra cosa. Esto surge así de repente. Oportunidades, ideas.
Como ya estás dado de alta como autónomo no te planteas que eso que vas a hacer es una nueva actividad.
Lo que debes hacer es darte de alta en otro epígrafe del IAE. No cuesta nada. Puedes hacerlo en tantos como necesites. Si no esté será otro de los errores del modelo 036.
Aquí puedes ver si puedes tener dos actividades como autónomo.
Significa que realizarás gastos y compras de una actividad que Hacienda desconoce. También emitirás alguna factura a tus clientes.
¿Y qué puede pasar?
Que por ejemplo estás deduciendo gastos que no te corresponden. ¿Sabes que solo se pueden deducir los gastos relacionados con tu actividad? Mira los 18 gastos que te puedes deducir como autónomo.
Incluso pueden llegar a ser tan dispares las dos actividades a nivel de Hacienda que en una tengas unas obligaciones de impuestos y en la otra ni siquiera tengas obligación por ser exenta.
3. Meter tu casa para no deducir gastos a lo loco
Si trabajas en casa querrás deducir los gastos. Luz, agua, teléfono, calefacción, reparaciones, seguros, comunidad, etc.
¿Pero le has dicho a Hacienda que trabajas en casa?
No vale incluir todas esas facturas así como así. Otro de los secretos y errores del modelo 036. Dile a Hacienda donde desarrollas tu actividad y podrás deducir las facturas.
Mira otra vez el modelo 036 en la parte de tu actividad. ¿Dónde pone que desarrollas tu actividad?
Ahí está la clave. Si como autónomo trabajas en casa indica el domicilio. Verás que tienes otras casillas ahí juntas para poner los m2 que tiene en total y los que aproximadamente utilizas para el desarrollo de tu actividad.
Si no figura tu casa donde realizas tu actividad no sirve de nada juntar todas las facturas e incluirlas. Hacienda te las quitará todas de golpe. Con lo que eso conlleva. Sanciones. Impuestos erróneos porque figurará un importe de gastos que no es real al incluir todas esas facturas.
Aquí tienes ejemplos para deducir los gastos de casa para que te sea más fácil. Porque también tienes sus claves. Te adelanto que no consiste en poner el total de las facturas.
Ya de por sí el tema de este tipo de gastos de casa para los autónomos es una pesadilla. Hacienda siempre lo pone difícil. Pero no lo hagas más aún.
Luego no podrás justificarlo.
4. Si marcas casillas sin tenerlo claro puedes estar dando de alta obligaciones de impuestos sin saberlo
Cuando te encuentras con el modelo 036 por primera vez asusta con tantas páginas.
La mitad de esas casillas ni las entenderás. El lenguaje que utilizan no ayuda.
Te hablan de cosas que ni siquieras sabes qué son.
Uno de los errores es creer que lo entiendes y poner una cruz en una casilla. Así ahí pequeñita. Sin pensar en las consecuencias que puede traerte. Pesadillas.
La mayoría de las casillas del modelo 036 tienen secretos escondidos. Implican obligaciones de impuestos. En algunas pone entre paréntesis el modelo al que afecta. Pero en otras no está tan claro.
Por ejemplo. Casilla 600 Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del IRPF derivados del desarrollo de actividades económicas propias.
¿Qué significa? Pues como alguien no te lo explique me parece que no lo vas a pillar. Esto supone que si pones la cruz en esa casilla tienes obligación de presentar el modelo 130.
¿Tu actividad está exenta de IVA? Entonces mira con muchísima calma esas casillas porque puede que estés dando la obligación de presentar el modelo 303. ¿Y para qué lo ibas a utilizar? Para nada. En las actividades exentas de IVA no se pueden deducir gastos.
Por eso tómate tu tiempo. Si no lo entiendes pregunta. No te pongas como un loco a poner cruces que luego no hay forma de evitar los problemas.
5. Dar baja de obligación de impuestos y olvidarte para siempre
No todos los impuestos son obligatorios para siempre. En tu actividad unos irán y otros volverán.
Este es otro de los secretos del modelo 036, uno de los más escondidos. Nadie te lo ha contado. Y el error que produce es uno de las más frecuentes.
Más que nada porque ni te das cuentas.
Imagínate que colaboras con otro autónomo y recibes una factura con IRPF. Presentas el modelo 111. Perfecto.
Pero un trimestre por lo que sea no recibes esa factura con lo cual piensas que no tienes que presentar el modelo 111. Pues nada más lejos de la realidad.
Aunque sea a cero deberás presentarlo.
Lo mismo pasa por ejemplo con el modelo 115. Te cambias de oficina o de local y el alquiler que tenía IRPF ya no existe. En tu cabeza piensas en la nueva etapa y te olvidas del 115. Si ya no tienes alquiler no te olvides de seguir presentando el modelo 115.
Lo mismo preséntalo a cero, con todas las casillas en blanco.
La única forma de dejar de presentar ese impuesto cada trimestre es dando la baja de la obligación con el modelo 036.
O también otro ejemplo. ¿Y si llega un momento que todas las facturas a tus clientes son con IRPF? Puedes librarte de presentar el modelo 130 con tan solo marcar la casilla de la obligación.
Si no lo haces te llegará una notificación de Hacienda porque les faltará los trimestres siguientes. Y no podrás justificarlo de ninguna forma. Ahí está esa casilla con esa pequeña cruz otra vez mirándote.
6. Encuentra las casillas de cambio el domicilio fiscal y tu vida será más fácil
Además de ser obligatorio comunicar el cambio de domicilio fiscal si eres autónomo hay más cosas que pueden pasar.
No te va a llegar ninguna notificación de Hacienda. Que tu primer impulso sea eso de «ojos que no ven, corazón que no siente» es normal. Pero es uno de los errores del modelo 036.
Pero no es tan fácil. La creencia de no leer las notificaciones para olvidarte de los problemas no lleva a ninguna parte. ¿Qué pasa si no leo una notificación de Hacienda?
Las notificaciones te las intentarán entregar dos veces. Luego sale publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad que te corresponda. Así que como es lógico ni te enterarás. No te veo leyendo a todas horas esas aburridas hojas. Todo seguirá su curso aumentando el problema y las sanciones.
Y sin llegar tan lejos. Si dejas puesto en el modelo 036/037 el domicilio que tenías antes cuando veas la notificación quizá sea demasiado tarde para contestar en plazo.
O por ejemplo como te comentaba antes, no podrás deducir los gastos de tu casa porque el domicilio es erróneo.
¿Sabes cambiar el domicilio fiscal como autónomo?
7. Si quieres deducir facturas de antes de la fecha del alta marca esa casilla, si no tíralas a la basura
Puedes deducir todos los gastos relacionados con tu actividad.
Es muy frecuente realizar gastos y compras antes del inicio de actividad. Preparando el comienzo.
Solo te puedes deducir los gastos que sean a partir de la fecha que has puesto de inicio en el modelo 036. Si no te los van a quitar todos.
Es una decisión. Darse de alta antes y deducir esos gastos o esperar y hacer esas compras más tarde. Otro de los secretos del modelo 036 que puede llevarte a errores.
Bueno existe lo del alta previa. Esto significa que si indicas esta opción podrás deducir todos los gastos anteriores al inicio de actividad. Es la única forma de poder incluirlos.
¿Sabes cómo deducir los gastos antes del inicio de actividad?
Si haces el alta normal al poner la fecha ya no podrás ponerlos.
8. Dar baja de actividad y no volver a presentar ni un impuesto
¡
Al darte de baja de actividad y dejar de ser autónomo ya se han acabado los impuestos.
Y así es. Pero no del todo.
De los trimestrales olvídate. Ya no tienes obligación.
Pero de los anuales acuérdate porque sí es obligatorio presentarlos. Echa un vistazo ¿tengo obligación de presentar impuestos si no tengo actividad?
Es muy frecuente que al pasar el tiempo ya ni te acuerdes cuando llegue enero. Tú ya estarás en otra cosa. Entre el desconocimiento y el olvido se te pasará presentar las declaraciones anuales.
Luego llegarán las notificaciones de Hacienda. Después de tanto tiempo te removerá tener que seguir pagando sanciones por algo que ya no existe.¿Sabías que este uno de los secretos del modelo 036?
Eso sí, pasados esos últimos anuales ya podrás respirar y olvidarte para siempre de los impuestos como autónomo.
¿Sabías los secretos que esconde el modelo 036? ¿Te haces un lío con tanta casilla? ¿Tienes algún error?
Cuéntame, me encanta oírte y recibir tus comentarios.
Hola,
Quiero cambiar de titular un negocio familiar y pasar del nombre del padre al nombre del hijo.
He dado de baja a mi padre con fecha 1/1/23 del 036 y me quiero dar de alta en el 036 con los datos del hijo que soy yo.
Y al querer enviarlo me sale el error: «Llega pagina complementaria sin llegar la pagina principal(página 3, 4, 8 o página 9)»
¿Cómo puedo solucionarlo?
Gracias,
Hola José, ese error puede ser porque has creado una página en la 4 complementaria, es decir, haz clic en la flechita de al lado del 4 y mira si has abierto por error otra página con una letra. Si es así elimina es página.
Gracias por estar por aquí!
Hola,
Cuando envío el 036 me sigue saliendo el error y he eliminado la hoja complementaria de la pagina 4.
Saludos.
Hola José, por un comentario y sin verlo es difícil decirte donde está el error. Intenta hacer el 036 nuevo por si acaso se hubiera quedado pillado alguna cosa.
Hola Ana,
Hace un año me dieron de alta con el modelo 036 a través de una gestoria (tienda online con 2 epígrafes) y al recibir el impuesto de gestion de residuos veo que en domicilio fiscal me pusieron 50% en cada uno de los epígrafes.
En realidad no utilitzo Más que una mesa y una estanteria, así que mi duda es si puedo presentar una modificación del 036 indicando un cambio en el % de la superfície utilitzada?
Muchas gracias!!
Hola Rut, siempre podrás modificar lo que sea incluido los m2 y el porcentaje cuando quieras. En tu vida como autónomo habrá mil cambios.
Gracias por estar ahí!
Mil gracias Ana por la rápida respuesta!!
HE RELLANADO UN MODELO 036, Y CUANDO YA ESTA TODO LE DOY QUE ESTOY DE ACUERDO Y FIRMAR, SE CAMBIA LA PANTALLA Y APARECE EL MODELO EN BLANCO. ¿QUE ES LO QUE PUEDE PASAR?
Hola Maribel, quizás es un problema de generación del PDF. En ese sentido no te puedo ayudar, es algo técnico del ordenador. Llama a soporte técnico de Hacienda.
Espero que puedas solucionarlo.
Hola Ana,
Mi jefe es autónomo y tiene dadas de alta varias actividades económicas.
Hoy he dado de baja una de las actividades y me he dado cuenta que en otra que di de alta en el 2017 no marqué la casilla 600. Se trata de una actividad de tipo Empresarial.
Hasta ahora no ha habido actividad y por lo tanto no se han tenido que presentar impuestos.
Pero este año 2021 sí se ha generado actividad (se han emitido y recibido facturas) por lo que tendré que empezar a presentar impuestos trimestrales, etc.
Mi intención era hacer una 036, marcar Modificación e indicar alta en la casilla 600, pero al ir hacerlo me han surgido varias dudas. Te comento.
Al consultar la Situación tributaria en la web de Hacienda, en el apartado de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en «Obligación de realizar pagos fraccionados a cuenta del I.R.P.F. derivados del desarrollo de actividades económicas propias 600» consta como dado de alta en el año 1991 que es cuando se dio de alta en su primera actividad económica y de la cual se generan ingresos y gastos y estoy presentando el IVA y el IRPF trimestral.
Aunque conste eso, ¿debo igualmente hacer un 036 e indicar alta en la casilla 600 para la actividad que di de alta en el 2017?
Gracias. Saludos. Julia
Hola Julia, es una situación complicada, mira también en la web de Hacienda en Mis datos censales, en Obligaciones, si aparece el modelo 130 (IRPF pago fraccionado). Si no marcas ahora la casilla 600 y presentas el 130 existe el riesgo de que Hacienda pida los anteriores, cosa extraña que no hayas recibido ninguna notificación en todo este tiempo. Presenta un 036 ahora con esa casilla.
Gracias por estar por aquí!
Hola Ana,
Muchas gracias por tu pronta respuesta.
Tengo un documento resumen de la situación censal del autónomo en el que como situación tributaria consta por un lado:
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Registros
– Está dado de alta en el Registro de operadores intracomunitarios, desde: 20/05/2010
Regímenes aplicables Fecha
– General 14/03/1991
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Método de estimación en el IRPF en los que está incluido:
– Estimación directa simplificada desde: 04/04/2017 (esta es la fecha en la que di de alta la actividad que te comento que ahora tendrá movimiento). Me he vuelto a mirar el 036 de esta actividad y he visto que no marqué la casilla 600 pero sí la 609 correspondiente al Método de estimación directa simplificada del IRPF.
Por otro lado, en el mismo documento consta:
OBLIGACIONES PERIÓDICAS
MODELO PERIODICIDAD
– IRPF PAGO FRACCIONADO (PROF.-EMPRES.) TRIMESTRAL
– IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO TRIMESTRAL
En base a todo ello, aunque no haya marcado la 600 pero sí la 609 y constando para la AEAT que su situación tributaria respecto del IRPF es «Estimación directa simplificada desde: 04/04/2017», de entrada, creo que no haría falta presentar la modificación, pero sigo sin tenerlo claro.
Estoy intentando contactar con la Agencia Tributaria por teléfono pero, para variar, no hay ningún agente operativo.
Si con esto tú lo tienes más claro…
En cuanto consiga hablar con ellos y me digan lo pondré aquí por si alguna vez le pasa lo mismo alguien pueda ver cuál es la solución.
Como siempre muchas gracias por tu atención.
Saludos.
Hola de nuevo,
He hablado con la AEAT y su respuesta ha sido que no tengo que hacer una modificación para cada actividad ya que está dado de alta en la obligación del IRPF desde que se dio de alta de la primera actividad y que por tanto ya estaba obligado a presentar pagos fraccionados y no se tiene que indicar en cada actividad que se da de alta.
Yo no las tengo todas conmigo, pero como veo que en la situación censal, en las obligaciones tributarias pone: IRPF PAGO FRACCIONADO (PROF.-EMPRES.), y una de las actividades (la primera de la que se dio de alta es Profesional y esta otra es Empresarial) y parece que por lo que pone está obligado por ambos tipos (profesional y empresarial), no voy a presentar modificación. A no ser que tú me recomiendes lo contrario, por supuesto.
Gracias y saludos.
Hola Julia, desde comentarios es complicado resolver temas tan concretos.
Hola Ana!
Tengo una pregunta:
He presentado 036 de alta como autónoma de actividad profesional. Y no he marcado la casilla 609 (ni 600). Es obligatorio marcar la casilla 609?
Que puedo hacer para solventar el error. Gracias de antemano.
Hola Marta, no es obligatorio marca la casilla 600, depende de si tus clientes son particulares o empresas u otros autónomos. Pero sí que debería estar marcada alguna casilla del método de estimación de IRPF. Para solucionarlo sólo tienes que presentar otro modelo 036.
Gracias por leer el blog!
HOLA ANA: ME DI DE ALTA COMO ABOGADA EL AÑO PASADO Y COMO SOLO RECIBOINGRESOS DEL TURNO DE OFICIO NO HICE LAS TRIMESTRALES DEL AÑO PASADO PORQUE AL DARME DE ALTA LE DIJE AL FUNCIONARIO QUE ESTABA EXENTA, AHORA ME HE DADO CUENTA QUE ESTÁ MARCADA LA CASILLA 600 COMO QUE DEBO PRESENTARLAS Y NO SE QUE HACER PARA SOLUCIONARLO, PUES EN HACIENDA NO ME HAN DICHO NADA POR NO PRESENTARLAS PERO QUIERO RECTIFICARLO . GRACIAS
Hola Gema, es complicada la solución porque presentarlos ahora están fuera de plazo y llevan sanciones. En el momento que empieces a presentar un trimestre te llegaran notificaciones de los anteriores. Al menos las sanciones son menores si te adelantas antes de que te lleguen.
Gracias por estar aquí!
¡Buenas Ana!
Mil gracias por toda la información, llevaba horas buscando por ahí y cuesta que te digan las cosas claras… Lo explicas muy bien. Pero aún así tengo una pregunta. 🙂
Soy profesional autónomo, por lo que emito todas mis facturas con la retención del 7%. Empecé mi actividad el 10 de febrero de este año.
Pero el gestor que me dio de alta con el 037 marcó la obligación de alta de la obligación de presentar pagos fraccionados de IRPF, la famosa casilla 600… Me di cuenta cuando me pasó el presupuesto anual para llevarme las cuentas, que evidentemente era más caro por los 130 presentados. Me dijo que lo hizo para hacer las cosas bien. Manda huevos…
Bueno y ahora estamos a 6 días para empezar Abril e iba a darme de baja. Pero me surge una duda sobre las fechas y los términos.
¿Puedo simplemente enviar la modificación del 037, dándome de baja de las casillas 600 y 609, con fecha de la semana pasada? Me
surge la duda por si debo marcar como fecha la misma que el inicio de actividad, y de si estando cercano al mes de Abril, quizá el cambio no se haga efectivo a tiempo y tenga que presentar el 130.
Mil gracias!
Hola Marc, si eres profesional autónomo y emites las facturas con retención en al menos un 70% no tienes obligación de presentar el modelo 130. Pero las facturas llevan IRPF si tus clientes son empresa u otro autónomos. Si son particulares no lo tienen. Por eso al principio de actividad se producen estas situaciones.
Para dar la baja de la obligación del 130 tienes un plazo de un mes para atrás. Si presentas hoy el 036-037 sería el 27/02. Pero como el alta fue el día 1O quizás no pase nada y sea mejor poner la misma fecha que la del alta porque así te evitas presentar el 130 1T. Los cambios efectivos son en la fecha que indiques. No hay que esperar a nada.
Gracias por leer el blog!
¡Muchas gracias por la respuesta Ana! Creo que haré lo que me dices, y marcar como fecha efectiva el inicio de actividad aunque sea de más de un mes. Intentaré adjuntar un escrito exponiendo el caso; que fue un error y no un cambio por otros motivos. Sólo me genera una duda después de leer un poco más…
-Como dices, si más del 70% de facturación tiene al deducción de IRPF, no tienes la obligación de presentar el 130. Pero he leído también que no solo no tienes la obligación, si no que es un error presentarla y puede conllevar sanción. Lo que no tiene mucha lógica, pues en su primer año, mucha gente no sabrá si factura el 70% a profesionales o particulares hasta cerrar el ejercicio.
-Es quizá lo más sensato, hacer la declaración del 130 del primer trimestre, y luego darme de baja de la obligación?
Gracias de nuevo y disculpa por el abuso, seguro que tenéis todos los asesores mucho lío con la que esta cayendo!
Hola Marc, tú eres quien sabe a quien vas a vender, de quien vas a obtener ingresos. Si ves que por tu actividad vas a vender a particulares entonces no des la baja y presenta este trimestre y los siguientes. Y al revés, si ves que vas a vender más a empresas y autónomos da la baja y no lo presentes. No se puede estar dando de alta y baja la obligación del 130 cada trimestre.
Si tienes más de ese 70% no tienes obligación. Es un error, sí, porque pagas el modelo 130 cuando no tenías que hacerlo. No he visto sanciones por esto. Pero sí he visto y muchas por estar marcada esa casilla y no presentarlo. Pero… no es algo que pierdas, esto va directamente a tu declaración de la Renta. Se consideran pagos a cuenta. El modelo 130 aunque parece sencillo encierra muchas claves que se unen con la Renta.
Si necesitas más ayuda entra en Ayuda Express, resuelves y sigues avanzando.
Muchísimas gracias Ana!
Me has clarificado las dudas pero me han surgido más, así que lo haré! No había visto que ofrecías ese servicio y llevaba tiempo buscando algo parecido, la semana que viene os contacto.
Mil gracias de nuevo!
Hola, tengo problemas al firmar y enviar el modelo 036. Me dice que «el campo 038 contiene caracteres no permitidos, corríjalo» Al volver a revisarlo, no encuentro el error por ningún lado. Es desesperante, agradecería algo de ayuda por favor.
Hola David, es cierto, el modelo 036 puede llegar a hacerte perder horas. Sin verlo es difícil ayudarte. El error te lleva a alguna página que debe tener alguna casilla que debería estar rellenada.
Si necesitas más ayuda pásate por Ayuda Express (en el menú arriba).
Buenas tardes,
Tengo una duda y no sé si estoy en lo cierto…por si….prefiero consultar otros puntos de vista.
Si yo di de alta como profesional 2 actividades y ahora quiero darme de baja en ambas , simplemente tendré que presentar un único 036 de baja poniendo como motivo :»cese de actividades empresariales y profesionales» y se entiende dada de baja ambas. Gracias!
Hola Geles, es así como dices. Aunque tengas 2 actividades cuando marcas la casilla de cese de actividades es para todas y te habrás dado de baja en todo.
Gracias por leer el blog!
Hola,
He presentado el modelo 036 para la baja de actividades profesionales y por error en vez de dar de baja en octubre de 2019 he puesto octubre 2018. Me ha dejado presentarla pero me pide documentación de acreditación de la baja. ¿Cómo puedo corregir el error? No encuentro la forma de presentar una declaración sustitutiva.
Saludos.
Hola Celia, puedes presentar otro modelo 036 con la fecha de octubre 2019 y añadir escrito explicando el error producido.
Espero que puedas solucionarlo!
Presenté el modelo 036 para dar de baja a un socio por error, tenia que haber presentado el 037 ¡indicando dejar de ejercer actividades profesionales, ahora me reclaman las escrituras, que es lo que puedo hacer para no tener sanción, la presenté en enero y me lo reclaman en junio, puedo hacer un escrito??
Un saludo Muchas gracias
Hola Merce, presenta otro modelo 036 incluyendo al socio. Y no queda más remedio que presentar escrito junto a las escrituras. Y si lo que querías es dar el cese de actividad de ese socio presenta cuanto antes otro modelo 037.
Espero que puedas solucionarlo!
Hola Ana, y gracias de antemano.
el año pasado presenté facturas como autónomo a mis clientes en donde les aplicaba retención. Este año, por tanto, no tendría que presentar el mod 130 trimestral pero si lo hice.
Hoy me llegó un requerimiento de la Agencia Tributaria dado que no estoy obligado a presentar tales pagos fraccionados.
¿Debo preocuparme? Acabo de recibir la carta y quería estar preparado.
No hubo maldad alguna por mi parte, no me siento merecedor de una sanción. Gracias
Hola jase, lo de presentar el modelo 130 no solo tiene que ver con que si haces tus facturas con retención o no. Si no estás dado de alta como profesional no deberías haber presentado el modelo 130 ni ahora ni antes. Tampoco deberías haber hecho la retención en tus facturas. Para saber en qué acabará es complicado sin ver el requerimiento ni saber los datos de tu alta. Mira el modelo 036/037 con el que te diste de alta para comprobar esto. Te entiendo, son despistes sin más que Hacienda no entiende.
Espero que lo puedas solucionar!
Gracias por la respuesta
Estoy dado de alta como profesional Ingeniero y no tengo marcada la casilla de presentación obligada del mod 130. A las empresas les aplico retención en las facturas y a los particulares no.
*Si un ejercicio aplico retención a más 70% de los importes y presento el año siguiente el mod 130 trim (lo cual no es necesario) ¿hago mal y es penalizable?
*Si un ejercicio aplico retención a menos del 70% de los importes porque la mayoría fueron facturas a particulares y en el ejercicio siguiente no presento algún mod 130 trim por despiste (o por falta de actividad en ese trim y eso me lleva al despiste y presento sólo IVA indicando «sin actividad») ¿es sancionable?
Gracias nuevamente, con esto me quedará aclarado. Gracias por estar ahí ayudando
Hola jase, el problema puede venir por no tener marcada la casilla de la obligación del modelo 130. A veces con Hacienda las cosas son más sencillas de lo que parecen. El problema viene de que Hacienda no ve marcada la casilla y tiene modelos 130 presentados. Sería la primera vez (todo es posible) que veo que ponen sanciones por superar lo del 70% de las facturas y presentar el modelo 130.
-Si superas el 70% de los ingresos con retención es erróneo presentar el modelo 130.
-Si es menos del 70% hay que presentar todos los trimestres el 130. Piensa que el 130 es acumulado con lo cual excepto el 1T no existe sin actividad. Sería la suma de los trimestres anteriores.
-Lo que es sancionable es presentar o no el modelo 130 teniendo marcada o no esa casilla del modelo 036/037. Esto produce requerimientos que vienen de forma muy rápida. Esa pequeña casilla es la que afecta a todo. Si dejas de presentar el 130 da la baja de la obligación. Si vuelves a estar obligado entonces vuelves a dar el alta de la obligación. Del modelo 036/037 es de donde salen muchas sanciones, la mayoría muy complicadas de solucionar.
Si necesitas más ayuda entra en Ayuda Express, en un momento puedes resolver el problema.
Hola,
Yo me di de alta en la casilla 600, por lo que siempre estaré obligada a hacer los trimestrales del 130 aunque haga facturas con retención y q superen el 70% no? Solo por tener esa casilla marcada no puedo dejar de hacer el trimestral 130, no?
En las facturas tengo q seguir poniendo la retención cuando es para una empresa??o al tener q hacer el trimestral ya no??
Que líos!!
Muchas gracias y un saludo.
Hola Irene, sí que me parece que tienes un poco de lío. Para librarte del modelo 130 deberías dar la baja de esa obligación presentado otro modelo 036/037. Mientras tengas marcada esa casilla tendrás que hacerlo todos los trimestres.
Lo de la retención no tiene nada que ver. Si la factura emitida es para una empresa deberá llevar siempre retención si estás dada de alta en un epígrafe profesional y es dentro de España.
Gracias por tenerte por aquí!
Hola Ana,
He encontrado tu didáctico blog de casualidad¡ Mi duda y preocupación es la siguiente:
Soy autónomo profesional desde hace 1 año , en su día al hacer la declaración censal del 037 dejé sin marcar la famosa casilla 600 del IRPF ni su adjunta de fecha de inicio también. Con lo cual a día de hoy están en blanco las dos. Recientemente me he dado cuenta de
que no estaba obligado a presentar el 130 ya que todas las facturas ( pocas) las he emitido con la correspondiente retención de IRPF ( 7%) a mis clientes. Sin embargo por novato he ido presentando trimestralmente los 130. Que me recomiendas hacer a partir de ahora, mis facturas las voy a seguir emitiendo igual . Hago una modificación de 037 señalando la baja de la casilla 600 ? que podría ser la forma correcta , o lo dejo tal como está en blanco ; a la espera de alguna notificación o sanción de hacienda. Realmente no se qué hacer.
Muchas gracias por tu ayuda si me la puedes dar. Un saludo.
Hola Javier, al haber presentado los 130 si dejas de presentar el siguiente así tal cual Hacienda lo va a echar en falta y te enviarán notificación. Mejor dar la baja de esta obligación, aunque suene raro porque no habías dado el alta. Siempre podrás justificarlo con tus facturas con retención.
Gracias por tenerte por aquí!
Buenas tardes! si hoy o mañana me doy de baja con el modelo 036, ya no tendría que realizar el modelo 111 más, pero el modelo 190 en enero del año que viene??
Hola María, si te das de baja ahora tendrás que presentar los impuestos del 1T y los anuales.Incluido el 111 del 1T y el 190 anual. Posteriormente ya no tendrás obligación de presentar más.
Y tendría que poner los dos modelos a cero? Puesto que no crea que reciba más facturas muchas gracias por contestar
María, si la fecha de la baja es del 2018 entonces no tendrás que presentar el 111 ni el 190. Si la fecha es de ahora has pillado unos días María, si la fecha de la baja es del 2018 entonces no tendrás que presentar el 111 ni el 190. Si la fecha es de ahora has pillado unos días