¿Qué pasa si no he leído la notificación de Hacienda? ¿Qué hacer? Esta situación es más frecuente de lo que te puedas imaginar. Es mejor tener un par de ideas claras para saber cómo actuar.
Siendo autónomo puedes recibir notificaciones de Hacienda o de la Seguridad Social. De esas cosas que se te ponen los pelos de punta. Es de las situaciones que más agobian en tu vida de autónomo ya de por sí estresante.
Ya sabes que las notificaciones pueden ser en papel o electrónicas.
Por parte de Hacienda, al ser autónomo puedes recibirlas de las dos formas.
Pero de la Seguridad Social a partir de hace unos años tienes obligación solo online por Internet.
Qué hacer cuando no he leído la notificación de Hacienda
¿Qué pasa cuando no he leído la notificación de Hacienda? Que sigue su curso. Ahí está y seguirá. Por mucho que tú no te hayas ni enterado.
Porque por ejemplo te han dejado el papel amarillo de correos del certificado en un domicilio al que hace siglos que no vas. O simplemente era tu anterior local, oficina, casa, etc. O quizás has visto el papel demasiado tarde.
Claro que si la notificación es electrónica pasará lo mismo. Te envían un email de aviso, pero si no entras en tu buzón y no lo lees, seguirá y seguirá. Puede que ese correo electrónico ni lo veas porque lo utilizabas antes, pero después de tanto tiempo ya ni lo recuerdas.
Imagínate lo importante que es que tu domicilio sea el actual y que tu correo electrónico sea al que tienes acceso de forma fácil.
¿Y si te has cogido unos días de vacaciones? Pues lo mismo. Hacienda no descansa. No se van a la playa, ni a la montaña, ni a ese hotelito tan chulo.
Así que pueden enviarte notificaciones en pleno agosto o comiendo el turrón de Navidades. A la vuelta te lo encontrarás. Aquí sí que puedes evitarlo.
Si lo planificas puedes marcar los días que no quieres recibir ni una sola notificación. Es lo que se llama días de cortesía.
En cualquier caso es mejor tener todos los datos. Luego ya podrás decidir qué hacer. Pero si lo desconoces será mucho más complicado solucionarlo.
Cuál es el curso de una notificación
Si es en papel, Hacienda y la Seguridad Social intentarán entregarte dos veces la notificación. Si no lo recoges, entonces se da por comunicada y sale publicada en el Boletín Oficial de tu Comunidad Autónoma.
Cosa que evidentemente no vas a saber. ¿Te imaginas a alguien leyendo esto todos los días por si acaso?
Si es electrónica tienes 10 días para abrir la notificación en tu buzón. Pero si no lo haces, también se dará por comunicada y seguirá su curso.
Por lo menos aquí sí que puedes leerla después. Aunque no lo hayas leído en su día, la vas a tener para poder verla más tarde en la Dirección Electrónica Habilitada (DEHú) o en el de Hacienda o la Seguridad Social, según corresponda.
Si fuera en papel te vas a quedar dándole vueltas a la cabeza de lo que puede ser. Pero al ser electrónica siempre vas a poder leer la notificación aunque sea más tarde.
Eso sí. Para las electrónicas habilita tu buzón para que te lleguen las notificaciones. No es algo automático. Si no das tus datos y tu email no vas a enterarte de nada.
¿Sabes cómo contar los días para contestar la notificación? Aquí tienes un ejemplo en un calendario para que te sea más fácil.
Y este curso puede significar muchas cosas.
Desde que se te acabe el plazo para aportar la documentación que te están pidiendo, o no poder hacer cualquier alegación y si no lo lees y lo desconoces por completo, puede llegar a embargos. Muy desagradable.
Si tienes la intuición de que hay algo por ahí pendiente de llegar, pero no te has enterado si te han enviado la notificación, siempre puedes consultar si hay deudas pendientes. Te quedarás más tranquilo. O consultar el apartado de Mis Expedientes en Hacienda.
¿No has leído la notificación de Hacienda? ¿Sabías qué puedes hacer?
Cuéntame, me encanta recibir tus comentarios.
Represento a una C.B. que tiene certificado electrónico desde 2019. Nunca hemos enviado ningún correo a la Agencia tributaria, pues tenemos un colaborador que presenta nuestras declaraciones. Si hemos recibido correos referentes a devoluciones de Renta, por lo que nos consta que en la Agencia tienen el correo de la C.B. (es el mismo que el mío).
A través de un cliente nuestro nos hemos enterado de un embargo . Nuestro certificado estaba caducado, hemos pedido otro y es ahora cuando salen todas las notificaciones, (como «no leídas») desde diciembre del año pasado. La primera sólo era un requerimiento, pero se ha convertido en un embargo de casi 5.000.-€. Hemos pagado, pero nos gustaría saber si tenemos alguna posibilidad en una reclamación económico-administrativa y si la FNMT está obligada a avisar de la caducidad. Gracias
Hola Fernando, lo que comentas es algo frecuente. No hay ninguna posibilidad de presentar una reclamación porque Hacienda establece que si a la tercera vez que no se ha leído la notificación sigue su curso (aunque no tengas conocimiento) y puede acabar en embargo como es el caso.
Una cosa es que tu correo lo tenga Hacienda y otra que lo tenga por la CB. Aunque sea el mismo correo, no es el mismo titular. Por otro lado, nunca se puede enviar correos por nuestra parte, la tuya o la mía o la de quien sea a Hacienda. Excepto en casos muy concretos.
LA FNMT envía siempre con varios correos avisando de la caducidad. Pero puede que los haya recibido el colaborador que os presenta las declaraciones. En cualquier caso, la caducidad se puede ver fácilmente desde el ordenador donde está instalado, por lo que es responsabilidad de la CB renovarlo. Un ejemplo, es como si alguien te tuviera que avisar que tu DNI o el carnet de conducir estuviera caducado.
Puede que el colaborador que presenta vuestras declaraciones haya recibido los correos de aviso de la FNMT e incluso los de Hacienda porque al haberlo tramitado quizás lo pusiera (no se debe hacer).
Gracias por estar por aquí
Hola, en caso de no haber recibido la carta certificada del inss, ni el aviso en el buzón,a pesar de estarla esperando y pendiente, nunca llegó, y me sancionan x no haber entregado requerimientos, cdo yo nunca recibí la carta, cómo lo demuestro??gracias
Hola Venus, es complicado demostrar que no lo has recibido. Podrías exigir que te envíen el certificado firmado.
Gracias por estar por aquí!
Y a qué hora hay que contestar las notificaciones. Yo por ejemplo recibí una el día 02/08/19 a las 18:30. Quiere decir esto que el último día de mis días hábiles es el 19/08/19 a las 18:130.
Lo digo porque he intentado subir los documentos de un recurso, más tarde de esa hora y me dice «no es posible presentar alegaciones para este recurso 🙁
He subido la alegación por otra vía, pero no sé si me la van a tener en cuenta
Hola Mónica, nunca he apurado hasta el último minuto. Los 10 días los cuentas bien. Quizá el problema es que para esa notificación en concreto no admiten alegaciones. O quizás has entrado por otro apartado de la web de Hacienda. Si te fijas en el mensaje que te sale menciona alegaciones sobre un recurso. Es decir, que se supondría que la notificación es la contestación a un recurso. Por lo que comentas no es un recurso. Puede que al final lo hayas subido correcto.
Espero que lo hayas solucionado!