¿Qué porcentaje IRPF tengo que poner en la factura?

Qué porcentaje IRPF tengo que poner en la factura

Como autónomo te han dicho que tienes que poner retención de IRPF en la factura. Pero ¿qué porcentaje? No siempre es el mismo. Descubre qué IRPF es el tuyo de una forma muy rápida y breve.

Para saber qué porcentaje de IRPF tienes que poner en las facturas que haces a tus clientes sólo tienes que fijarte en tu actividad y en cuánto tiempo llevas dado de alta. Te puede parecer complicado pero en cuanto lo leas vas a decir, bueno ¡pero esto era todo! ¡qué fácil!

¿Tienes que facturar con retención de IRPF?

No todos los autónomos tienen que poner poner porcentaje de retención IRPF al hacer la factura. La clave está en saber si eres autónomo profesional o no.

La factura tiene IRPF si estás dado de alta en Hacienda como profesional y la vas a emitir a un cliente que es una empresa u otro autónomo.

Encuentra el porcentaje de IRPF que te corresponde poner en tus facturas

Mira a ver cuál es tu caso, cuál es tu actividad y encuentra el porcentaje que te corresponde. Estos porcentajes son los que están en vigor actualmente.

 

Porcentajes IRPF facturas

 

Esto te va a venir bien ¿hasta cuándo se puede poner el 7% de IRPF en las facturas?

¿Qué impuestos tengo que presentar del IRPF de mis facturas?

Es justo al revés. Si no emites facturas con IRPF o menos de un 70% entonces tendrás que presentar el modelo 130 cada trimestre.

Si emites todas las facturas con IRPF o más de un 70% entonces olvídate, te has librado de presentar el modelo 130, no tienes obligación. Mira cómo no pagar el modelo 130 todos los trimestres.

En este caso el cliente al que emites la factura con retención de IRPF tendrá que declararlo en el modelo 111 cada trimestre y en el modelo 190 anual. De esta forma a ti, en tu declaración de la Renta figurarán esas retenciones pagadas y declaradas por tu cliente lo que te hará tener esos importes ya pagados.

 

Ahora que ya sabes cuáles son los porcentajes de IRPF que tienes que poner en las facturas ¿sabes cómo hacerlo? ¿Sabes cuál es tu caso?

Me encanta oírte, espero tus comentarios.

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3 respuestas

  1. Hola Ana, gracias por tu blog, acabo de descubrirlo y lo explicas todo de maravilla. Me surge una duda con el porcentaje de IRPF de mis facturas. Dices que es el 7% para los nuevos profesionales en ese año y los dos siguientes. Mi alta en el censo de empresarios y profesionales (mod. 037) fue en julio de 2016, por lo que sería (y así ha sido) el 7% en el 2016, 2017 y 2018, y la primera factura de 2019, ahora en enero, ya iría con el 15%, no?
    Por otro lado, me he tenido que dar de baja en hacienda para regularizar el alta en la seguridad social, ya que no estaba dada de alta por no llegar al salario mínimo y no me dejaba tramitar el alta en la página de la seguridad social por estar fuera de plazo con respecto al alta en hacienda (en 2016). Total, que en enero voy a tener una baja en hacienda y un alta posterior en hacienda y la seguridad social.
    ¿Esto influiría en el porcentaje de IRPF? Entiendo que no, que sería el 15% por lo anterior, pero si me lo puedes confirmar te lo agradecería mucho.

    1. Hola Ana, tendrías que poner el 15% de retención. Aunque te des de baja y alta en Hacienda no ha pasado el suficiente tiempo.
      Gracias por estar aquí!

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