Impuestos Autónomos

Si tienes una actividad exenta, saber si puedes deducir el IVA de las facturas de compras y gastos es importante, ¿sabes qué hacer? Descúbrelo de forma fácil.

Hay varias actividades exentas de IVA. Aquí vas a encontrar qué hacer con actividades exentas dentro del artículo 20 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

Ya sabes que aquí no hablamos de leyes y artículos. Pero de algún modo debes saber de qué va este artículo, ¿vale?

¿Esto qué significa? Que no tienes que emitir facturas a tus clientes con IVA.

Te puede interesar cómo hacer factura exenta de IVA.

Estas actividades son, por ejemplo, enseñanza, servicios sanitarios, clases particulares dentro de un plan de estudios, servicios de asistencia social, servicios culturales (bibliotecas, museos, teatros o exposiciones), entrega de sellos de correos, etc.

Otra cosa es si es al revés. Si realizas un curso de formación. Mira aquí si puedes deducirlo.

Si tu actividad no está exenta de IVA, sin embargo, en casos concretos no emites las facturas con IVA porque son por ejemplo intracomunitarias, entonces esto no va contigo. Porque no tienes una actividad exenta, sino que hay algunas facturas que no lo llevan por la situación.

Si es tu caso, no tienes obligación de facturar a tus clientes con IVA. Pero… sí, hay un pero.

Facturas de compras en actividad exenta de IVA

Todas las facturas de tus compras llevan IVA

Aunque tengas una actividad exenta, todas las facturas de tus compras y gastos las recibirás con IVA. Entonces ¿qué hago?

Lo primero que podrías pensar es que como estás exento de IVA, entonces no deberían entregarte esa factura de compras con IVA. Y seguro que se lo has dicho a más de un proveedor o en cualquier tienda.

Pero no. Todas las facturas de tus compras llevan IVA. ¿Por qué? Para entenderlo en plan fácil. Tú estás exento, sin embargo, ese otro, el proveedor, no lo está así que sí tendrá que facturar con IVA. Y a ti no te quedará más remedio que pagarlo.

Ahora viene la duda, mejor dicho, la gran duda, porque estarás suponiendo que bueno me lo puedo deducir. ¿Te acuerdas que estás exento de IVA?

Eso significa que al tener una actividad exenta ni emites facturas con IVA ni puedes deducir ese IVA en tu actividad.

Todo esto del IVA queda fuera de tu actividad, de ti. Aquí sí que puedes decirte a ti mismo que esto es algo que les pasa a los demás, no a ti, que ellos están muy atareados con sus declaraciones de IVA, que a ti ni te van ni vienen.

Sobre todo si es la primera vez que presentas impuestos estarás un poco más perdido, normal.

¿Qué hago con el IVA deducible en una actividad exenta?

Facturas de compras el IVA es como si fuera un gasto

Las facturas de tus compras van con IVA. Pero aunque no puedas deducir ese IVA ni solicitar devolución, no te preocupes porque se considera mayor gasto.

¿Qué significa?

Cuando incluyas esas facturas de compras en tus cálculos, el IVA es como si fuera un gasto. Las incluyes por el total.

¿Dónde se incluye? En tus declaraciones fuera del IVA, el modelo 130 si tienes obligación. Y si no directamente en tu declaración de la Renta.

Lo que no puedes deducir es el IVA. El gasto sí es deducible.

Imagínate que vas a comprar unos folios. Te dan la factura. Tiene de base imponible 20,00 + IVA 21% 4,20 = Total 24,20. Entonces incluyes la factura por los 24,20 del total (IVA incluido).

Esto supone que al menos en tu actividad se incluye todo el gasto, lo que hará bajar el beneficio y al final pagar menos impuestos. De alguna manera te lo deduces pero no con las declaraciones de IVA sino aumentando los gastos.

¿Qué hago con el IVA deducible en una actividad exenta?

Facturas de compras el IVA es como si fuera un gastoLas facturas de tus compras van con IVA. Pero aunque no puedas deducir ese IVA ni solicitar devolución, no te preocupes porque se considera mayor gasto.

¿Qué significa?

Cuando incluyas esas facturas de compras en tus cálculos, el IVA es como si fuera un gasto. Las incluyes por el total.

¿Dónde se incluye? En tus declaraciones fuera del IVA, el modelo 130 si tienes obligación.

Imagínate que vas a comprar unos folios. Te dan la factura. Tiene de base imponible 20,00 + IVA 21% 4,20 = Total 24,20. Entonces incluyes la factura por los 24,20 del total (IVA incluido).

Esto supone que al menos en tu actividad se incluye todo el gasto, lo que hará bajar el beneficio y al final pagar menos impuestos. De alguna manera te lo deduces pero no con las declaraciones de IVA si no aumentando los gastos.

Si el IVA es un gasto en una actividad exenta ¿qué hago?

Como en tu caso el IVA se convierte un gasto, sí que puedes deducirlo. Sin embargo, eso como un gasto, no como IVA.

¿Presentas el modelo 130? Si eres autónomo es lo más frecuente. Si metes esa factura por el total IVA incluido supone que aumentas los gastos. Así que te saldrá menos a pagar.

¿Y si no presentas el modelo 130 porque no tienes obligación? En este caso, desde luego para ti no existen los impuestos trimestrales. Bueno, si tienes alquiler o empleados o profesionales tendrás que presentar tus declaraciones. Averigua antes si tienes obligación de presentar el modelo 130.

Este mayor gasto al incluir el IVA va a tu declaración de la Renta. Influirá en tu resultado. En las páginas de la actividad económica hará que los gastos sean mayores.

En cualquier caso puedes saber si te van a devolver en tu Renta o no, antes de tocar ni un solo papel.

¿Puedo solicitar devolución del IVA deducible?

Si tu actividad está exenta y no facturas con IVA, entonces no puedes solicitar la devolución del IVA.

¿Por qué?

Porque estás dado de alta en Hacienda como actividad exenta y, por lo tanto, no presentas declaraciones de IVA trimestrales ni anuales. Entonces no puedes solicitar devolución de IVA.

Si estás presentando el modelo 303 IVA no deberías hacerlo. Ese IVA deducible que tienes ahí creciendo cada trimestre, no vas a poder solicitar la devolución. Así que lo mejor será que hagas la baja de esa obligación cuanto antes.

Tengo 2 actividades ¿qué hago?

Puede ser y es más frecuente de lo que parece que tengas 2 actividades, una exenta y otra normal. Aquí el tema se complica respecto al IVA.

Te va a sonar chino y lo sé, tendrías que aplicar la prorrata de IVA. Puedes leer declaración de IVA como dos actividades.

Se trata de calcular un porcentaje para deducir el IVA sobre los ingresos de la actividad no exenta. Aquí sí que tendrías que presentar los modelos 303 IVA y el 390 anual.

 

¿Tienes más claro si puedes deducir el IVA de tus gastos en tu actividad exenta? ¿Qué haces con el IVA de tus compras?

Cuéntame, me encanta recibir tus comentarios.

14 Replies to “¿Puedo deducir el IVA en una actividad exenta?”

  1. Hola, gracias por el contenido, me gustaría saber: realizo actividad exenta de IVA, tengo previsto un gasto de 2400€ que sí incluye IVA, ¿me devolverán el IVA en la renta? (unos 400€) ¿Qué significa desgravarse eso, que me cuenta como gasto, o que literalmente esos 400€ de IVA vienen de vuelta en la renta? Gracias!!

    1. Ana Tus Papeles 8 meses ago

      Hola Andrea, tienes alguna confusión. El IVA sólo te lo pueden devolver con el modelo 303 IVA. En la Renta se declara sólo el IRPF, tus ingresos y gastos y por lo tanto nunca te podrán devolver el IVA. Es como sumar peras con manzanas. Si tu actividad está exenta no puedes deducir el IVA. No te van a devolver ese importe. Para ti significa que esos 400€ no son IVA, son un gasto, es decir, que sumas ese importe a los 2.400€ o al resto de gastos que sí los declaras en el modelo 130 (si lo presentas) o en la Renta. Pero no con la intención de que te lo devuelvan.
      Gracias por estar por aquí!

  2. Borja Atienza 1 año ago

    Buenas tardes,

    en el mes de noviembre me di de alta como autónomo por primera vez para facturar la entrega de las ilustraciones de un libro a un editorial. Emití factura exenta de IVA y con un 7% de retención al ser nueva actividad y haberlo comunicado por escrito a la editorial. Indicar que dicha editorial es la única empresa a la que he facturado en el último trimestre de 2022.

    Durante el 4T de 2022, sólo he tenido como ingreso esa factura (más del 70% de facturas emitidas has sido sin IVA). Y como gastos, la reparación de un ordenador que uso para mi trabajo, un gasto correspondiente al alta como autónomo y las cuotas mensuales de autónomo.

    Mis dudas son, 1- dadas estas circunstancias creo que no tengo que presentar el modelo 303 y tampoco el 190 (en el alta como autónomo a través del modelo 037 no indiqué que realizo actividades exentas de IVA exclusivamente y nada referente al IRDP) Y 2- los gastos los podría incluir en la REnta como gasto, verdad?

    Muchas gracias y muy buen información. un saludo

    1. Ana Tus Papeles 1 año ago

      Hola Borja, tus dudas exceden de un comentario. Solo decirte que no dejes de presentar el modelo 303 si está marcada la casilla en el modelo 036/037. Da igual si este trimestre solo tienes facturas exentas de IVA, lo que vale por encima de todo es esa casilla y que el anterior trimestre lo has presentado. La única forma de dejar de presentarlo es dando la baja la obligación.
      Gracias por estar por aquí!

  3. Buenos días,

    Si no he facturado IVA este año por haber ejercido una actividad excenta de IVA, tengo que presentar el modelo 390? En caso afirmativo, en qué parte del documento lo tengo que justificar?

    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Laura, si no has presentado ningun modelo 303 a lo largo del año y si no tienes marcada la casilla del modelo 036/037 de obligación de IVA entonces no tienes obligación. Excepto si tu actvividad sólo y exclusivamente es en módulos o arrendamiento.
      Para presentarlo sin datos pues eso, pones tus datos, epígrafe del IAE y listo. El resto de páginas en blanco.
      Gracias por estar ahí!

  4. Hola estoy exenta de IVA por mi actividad que es educativa pero algunas empresas me piden que emita la factura con IVA. Entonces mi pregunta es ¿en el modelo 303 tengo que poner la factura con el IVA o puedo poner el total factura porque yo estoy exenta?

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola María, si estás exenta no tienes que hacer las facturas con IVA aunque algunas empresas te lo pidan. Tampoco tienes obligación de presentar el modelo 303. Asegúrate que en el modelo 036 con el que te diste de alta no figura esta obligación. Si presentas el 303 sería un problema porque eseIVA de gastos irá creciendo con el tiempo y no puedes solicitar la devolución.

  5. Hola, he comenzado a trabajar como autónomo para una empresa de la comunidad europea y por tanto no les emito facturas con IVA. Dado que necesito adquirir un nuevo ordenador para desempeñar mi trabajo, mi pregunta es: ¿puedo imputar como gasto el importe total del mismo o sólo es posible realizar esta imputación como gasto con material «fungible» como los folios comentados en el artículo?.
    Muchas gracias y felicidades por el artículo me ha resultado de interés.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Juan, hay cosas que compras que se consideran bienes de inversión como el ordenador que acabas de comprar. Es porque su duración va a ser superior a un año. En este caso no se mete el gasto completo si no que se reparte en varios años, tantos como va a durar.
      Según las tablas oficiales en el caso del ordenador serían 4 años. Así que tendrás que dividir el importe entre 4 y no olvidarte de incluirlo en próximos años.
      Por otro lado los consumibles los puedes deducir por el gasto entero, folios, cartuchos de tinta, cualquier material de papelería. Siempre con factura a tu nombre, nada de tickets.
      Gracias por estar por aquí!

  6. Imparto clases de formación exentas de iva y mis ingresos alcanzan el 70% de retención previa por lo que no presento modelo 130 .¿i Que gastos ocasionados por ejercer mi actividad me puedo deducir y en qué casillas, si es que fuera posible?

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Begoña, puedes deducirte muchas cosas pero desde un comentario es algo que excede hasta decirte las casillas, sería largo. Si necesitas ayuda pásate por Ayuda Express.

      1. Alberto 1 año ago

        Hola, al contabilizar las facturas recibidas, al ser mi actividad exenta de IVA, directamente le sumo el IVA a la base imponible y contabilizo por el total. O en el libro de gastos tendría que poner el porcentaje de IVA.

        1. Ana Tus Papeles 1 año ago

          Hola Alberto, el libro de facturas debe estar detallado por la base, porcentaje de IVA, importe de IVA y total. Otra cosa es que tú cojas el total con IVA para deducible.
          Gracias por estar aquí!

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