Facturas

¿Cuándo poner IRPF en la factura que emites a tus clientes? Si eres autónomo no siempre se hace la retención de IRPF. Además, averiguar qué porcentaje es. Ya verás como en unos minutos lo tienes claro, en plan muy fácil. Y lo más importante, podrás enviar la factura a tu cliente.

Actualizado agosto 2022

Sigue leyendo porque cuando acabes sentirás un alivio tremendo de haber conseguido emitir la factura a tu cliente y saber unas pequeñas claves para poner o no IRPF. Te sacará del apuro.

Las facturas tienen retención de IRPF si:

Las facturas que emites a tus clientes tienen retención de IRPF si eres autónomo profesional. Sigue leyendo porque hay algunos casos en los que no llevan.

Pero, ¿qué es esto?

Cuando te das de alta en Hacienda con el modelo 036/037, eliges un epígrafe del IAE. Esto significa que tu actividad estará dentro de dicha clasificación.

Anda, busca ese modelo 036/037 de tu alta. ¿Qué pone? Si estás dentro de la sección 2ª profesionales es donde está clave.

Si ves que estás dentro de otro epígrafe como empresarial, entonces olvídate. No tienes obligación de poner retención de IRPF en las facturas a tus clientes

Esto solo es para autónomos. Si eres empresa o Sociedad pasa, las facturas que emites no llevan IRPF.

Depende del inicio de tu actividad tendrás que poner un 7% o un 15% de IRPF. Esto varía.

Cuándo las facturas no tienen retención IRPF

Ahora vamos un poquito más allá. Aunque seas autónomo profesional, no siempre tendrás que poner la retención de IRPF.

¿Cuándo NO poner la retención de IRPF en las facturas a tus clientes?

  • Si tu cliente es una persona física (consumidor final) que no es empresa ni autónomo ni ejerce ninguna actividad económica.
  • Si tu cliente está fuera de España, da igual que sea una persona física, autónomo o empresa. ¿Sabes cómo hacer una factura a un cliente extranjero?

¿Cómo declaro el IRPF de las facturas emitidas?

No te creas que ese IRPF que estás reteniendo en tus facturas lo pierdes. Bueno, cobrado así de primeras no lo tienes. Esto está claro. Tu cliente no te lo paga a ti, pero… se lo paga a Hacienda en tu nombre.

¿Cómo? ¿Quién paga el IRPF de mis facturas?

Tu cliente tendrá la obligación de presentar el modelo 111 y pagar a Hacienda las retenciones que figuran en tus facturas.

Así cuando llega la hora de hacer tu declaración de la Renta es cuando tienes esa «hucha», ese dinero que dependiendo de tus otras circunstancias personales puedes solicitar devolución. Esta es una de las pistas para saber si te va a salir a devolver la Renta antes de empezar.

Vale, pero ¿qué impuestos tengo que presentar al trimestre?

  • Si emites tus facturas con IRPF en al menos un 70% entonces estos ingresos los tendrás que declarar en tu Renta directamente.
  • Si no emites tus facturas con IRPF, entonces tendrás que presentar el modelo 130 trimestral. Y luego la Renta en la que figurarán los pagos que ya has realizado a lo largo del año.

Por eso te puedes librar de presentar el modelo 130 cada trimestre.

Resumen

¿Cuándo hay que poner IRPF en la factura?

Si eres autónomo dado de alta como actividad económica profesional y emites la factura a una empresa u otro autónomo.

¿Cuándo no hay que poner IRPF en la factura?

  • Eres autónomo dado de alta en actividad económica no profesional.
  • Siendo autónomo emites factura a una persona física (particular) sin actividad económica.
  • Eres Sociedad, empresa.
  • Emites factura a un cliente fuera de España.

 

¿Tienes que hacer una factura a un cliente? ¿Eres autónomo? ¿Cómo lo haces? Si tienes cualquier duda, ya sabes que cuento con servicio de asesoría fiscal para autónomos.

 Me encanta oírte, espero tus comentarios.

23 Replies to “¿Tengo que poner IRPF o no en la factura?”

  1. Estefanía 5 meses ago

    Buenas! He estado emitiendo facturas sin IRPH porque uno de mis clientes habituales es la Administración (así me lo pedían) pero haciendo mis modelos 130 trimestrales rigurosamente. Como ya tenía que presentar estas declaraciones, decidí hacerlo para todos mis clientes (también no de la Administración), pero ahora tengo la duda de si he errado al leer en este post que es obligatorio para Autónomos Profesionales. Aun estando todas ellas reflejadas en los modelos 130 ¿es correcto? Gracias!

    1. Ana Tus Papeles 4 meses ago

      Hola Estefanía, si estás dada de alta en un epígrafe de IAE profesional la factura lleva IRPF siempre que el cliente sea una empresa u otro profesional. Al tener más del 70% de los ingresos con retención de IRPF puedes no presentar el modelo 130.
      Gracias por estar por aquí!

  2. Buenos días, tengo una duda soy autonómo profesional, sólo he facturado 10 facturas pero 3 son a una sociedad, tengo que aplicarle retención del 7% a esas 3 facturas, que no superan el 70% de los ingresos ? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 9 meses ago

      Hola Ale, si eres autónomo profesional la factura siempre lleva retención de IRPF si tu cliente es una empresa/sociedad u otro autónomo
      Gracias por estar por aquí!
      Ana

  3. Hola, soy autónomo profesional y siempre hago facturas con el 15% de IRPF, pero tengo un cliente que no lo quiere pagar porque dice que ahora se lo descuento de la factura pero luego el lo tiene que pagar, no entiendo nada. Como le puedo hacer la factura para estar los dos de mutuo acuerdo?

    1. Ana Tus Papeles 11 meses ago

      Hola Marc, al ser autónomo profesional y hacer las facturas con IRPF resulta que es el cliente quien paga ese IRPF. No a ti directamente. Tú se lo descuentas y el cliente lo paga a Hacienda teniendo que presentar el modelo 111 en el trimestre. Esto significa que a ti te paga la factura + IRPF (a Hacienda). Lo que supone que cuando hagas la declaración de la Renta te encontrarás con ese IRPF el cual Hacienda te lo devolverá a ti (no al cliente) dependiendo de tus otras circunstancias.
      Para intentar hacer la factura y que el cliente esté conforme podrías cambiar la base imponible de tal forma que ese «descuento» lo asumas tú aunque tenga que pagarlo el cliente a Hacienda. Así, aunque tenga que pagar a Hacienda, pagará lo mismo entre la factura y el modelo 111.
      Otra opción es estar dado de alta en un epígrafe no profesional, pero claro, esto es más complicado.
      Gracias por estar por aquí!

  4. Buenas, primero gracias por la ayuda y felicidades por el articulo.
    Comento el caso:
    Voy a facturar sin ser darme de alta como autónomo pues cumplo lo requisitos.
    Voy a hacer una actuación musical este sábado para una ONG y es de forma puntual ( no habitual) y son 250€.
    1. Me doy de alta en Hacienda modelo 037.
    2. Factura con IVA del 10% al ser espectáculo
    dudas:
    3- IRPF..¿ aquí mis dudas? tengo obligación de poner el IRPF en la factura sin ser autónomo y epígrafe 3? si la respuesta es si ¿7% o 15%? , y ¿ lo presento en la declaración de la renta y listo o modelo 130 en enero?
    Muchas gracias por tus respuestas ,se agradece.

    1. Ana Tus Papeles 11 meses ago

      Hola José, entiendo tu situación. Lo tienes claro. Debes darte de alta en Hacienda para poder facturar. Lo de poner IRPF nada tiene que ver con ser autónomo (pagando cuota en la Seguridad Social). Esto son cosas de Hacienda. Debes poner el 7% porque se aplica durante el año del alta más otros dos. Y del 10% de IVA habría que verlo porque no es en todos los casos. Tantas preguntas exceden de un comentario. Puedes pasarte por Ayuda Express (arriba en el menú)
      Gracias por estar por aquí!

  5. Miguel Sanz 12 meses ago

    Hola Ana, en el modelo 303 no se distingue si las facturas que emitiste llevan o no retención, solo se controla el IVA. Pero qué pasa si solo la mitad de lo que facturas lleva retención porque el resto son clientes particulares. Es decir, que pasa si no se cumple la condición de «al menos un 70%», no es suficiente presentar el modelo 303 ? Hay que presentar el otro modelo también por las facturas que no llevan retención y exceden el 30% de tus facturas ? Gracias. Un saludo, Miguel

    1. Ana Tus Papeles 12 meses ago

      Hola Miguel de nuevo, si no llegas al 70% de las facturas emitidas con retención, entonces tendrás que presentar el modelo 130 por todas las facturas, con o sin retención.
      Gracias por estar por aquí!

  6. Inmaculada Arrayás Vázquez 1 año ago

    Hola. Trabajo como autónoma en la actividad económica profesional epígrafe 2,
    Grupo 841 (acupuntura/naturópatas). Sin Local, a domicilio. Tengo que presentar el IVA trimestralmente, con el modelo 130. Trabajo con clientes particulares.
    Que más impuestos tengo que presentar? El IRPF? trimestralmente? Que modelo seria entonces? Y anualmente, que tengo que presentar? Gracias
    Si compro los modelos que me indicas. Como se presentan? Incluye la compra del modelo la presentación?

    1. Ana Tus Papeles 1 año ago

      Hola Inmaculada, tendrás que presentar el modelo 303 del IVA y si son clientes particulares también el modelo 130 del IRPF trimestral. Tienes una confusión con los modelos, el IVA no es el 130. Anualmente, tendrás que declarar el modelo 390 y la declaración de la Renta.
      Los impuestos incluyen la presentación que se hace por Internet.
      Gracias por estar por aquí!

  7. Hola. Durante un único día haré una actividad (guía en una ruta urbana para personas mayores durante dos horas) por la que una empresa -que es una cooperativa- me pedirá factura. Cobraré 150 euros. Me dicen que no incluya IRPF en la factura (solamente IVA, 21%).
    Soy desempleado desde septiembre de 2021 (sin cobrar paro). No fui ni soy autónomo. Pero, lógicamente, para facturar debo darme de alta en Hacienda con el modelo 037 y darme de baja, también con el 037, una vez haya realizado (y facturado) esa actividad. Y luego, claro está, pagar el IVA, que en este caso me tocaría a comienzos de julio, por tratarse del segundo trimestre del año, a través del modelo 303.
    Mis preguntas son:
    1ª) ¿En la factura debo poner solamente el IVA?
    2ª) En el modelo 037, al hacer el alta, ¿debo dejar en blanco el apartado 3 de la página 2 (el que alude al IRPF)?
    3ª) En el cuadro dedicado al IVA (apartado 4 de la página 2), ¿debo marcar solamente las casillas 510, 511 y 512?
    4ª) ¿En la página 3 no cubro nada?
    3ª) Además del modelo 037 (para el alta y para la baja en Hacienda) y el modelo 303 (para pagar el IVA en julio) debo cumplimentar algún modelo más ahora o más adelante?
    Les agradezco mucho de antemano su respuesta.
    Saludos.

    1. Ana Tus Papeles 1 año ago

      Hola Rubén, tus dudas tan concretas exceden de un comentario. Puedes echar un vistazo a Ayuda Express (arriba en el menú) para resolver tus dudas y avanzar.
      Gracias por estar por aquí!

  8. ¿Y cuándo se factura a una asociación de padres de un colegio? Me dicen que nunca se les ha facturado con IRPF pero yo soy autónoma y siempre facturo con IRPF e IVA cuando me corresponde.
    Se trata de una asociación sin ánimo de lucro.

    ¿Podría como autónoma emitir una factura por el importe íntegro sin IRPF y ser legal?

    1. Ana Tus Papeles 1 año ago

      Hola Marta, al ser una asociación sin ánimo de lucro, no se consideran profesionales para Hacienda y no van a pagar tus retenciones. La factura va sin IRPF.
      Gracias por estar por aquí!

  9. José Luis 4 años ago

    Es decir, Profesional + cliente autónomo o empresa (en más del 70% de las facturas)= Modelo 100 y aquellas en las que el cliente no sea autónomo o empresa por el 130.
    Disculpa la pardillez.

  10. Hola,
    He solicitado una factura por un curso, pero me dicen que para dármela tengo que pagar yo el IRPF que no venía en el precio del curso. Por un lado dudo que sea legal esto, pero además he leído que un autónomo no tiene que poner IRPF en una factura si es para una persona física, es esto así?
    Muchas gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola María, si no eres autónomo ni empresa entonces la factura te la tienen que dar sin IRPF. De lo contrario sí lleva retención y eres tú quien tiene que pagarlo presentando el modelo 111. Esto es algo muy habitual, no es nada raro.
      Gracias por leer el blog!

  11. A partir del 13 de mayo voy a impartir un curso en un centro de educación secundaria al que le voy a facturar por horas. Pertenezco al epígrafe 2.826. Sé que hay exención de IVA, pero mi duda es con el IRPF. Instructores anteriores del mismo curso me han proporcionado el modelo de presupuesto y factura, en el cual no hay ninguna retención de IRPF. Por parte del centro, me dijeron que lo que yo les tengo que cobrar es el precio de la hora multiplicado por el número total de horas, nada más. ¿Qué tengo que hacer a este respecto?

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Marta, como comentas estás exenta de IVA. Pero el epígrafe 826 es profesional con lo cual lleva retención de IRPF siempre que la factura la emitas al centro. Si las facturas las haces a alumnos particulares entonces no lleva ni IVA ni IRPF.
      Gracias por estar aquí!

  12. Trabajo como autónomo para una empresa. cobro por horas. tengo que hacer mi primera factura, pero el tema del irpf no lo tengo claro ya que no me lo retine la empresa , lo tengo que pagar yo. Como se hace la factura en este caso? Creo que tengo que hacer el modelo 130, poniendo los cobros sin iva y los gastos deducibles. estoy dado de alta en 037 como actividades empresariales epígrafe repartidor . En el modelo130 al resultado tengo que retener el 20%? hace solo 1 mes que estoy dado de alta la retención es un 20% o un 7%? gracias, tengo mucho lio. os agradezco toda la ayuda posible.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Nuria, veo que tienes algunas dudas de concepto. De esas que te llevan a los errores sin querer. Ese 20% que dices no es una retención. Es el resultado del modelo 130 que tienes que pagar. Pero no es elIRPF de la retención de las facturas. Si no emites facturas con IRPF entonces no es ni el 7 ni ningún porcentaje porque estás dada de alta en actividad empresarial y no profesional. Además tendrías obligación del IVA.
      Desde comentarios es complicado darte todas las respuestas a tu caso concreto. Esto no es un consultorio ni un foro. Si necesitas ayuda entra en Ayuda Express, por muy poco resuelves y avanzas.

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