Impuestos Autónomos

Si este trimestre no tienes retenciones de IRPF, de facturas recibidas o de nóminas de algún trabajador, es una gran duda si tienes que presentar el modelo 111. Descúbrelo en un momento y sin problemas.

Actualizado agosto 2022

Si estás leyendo esto es porque algo sabes del modelo 111. Pero ¿qué te hace dudar?

Si el modelo 111 es para declarar y pagar las retenciones de IRPF de facturas recibidas de profesionales y/o de tus trabajadores, entonces ¿qué hacer si no hay retenciones?, ¿no tengo nada que pagar?, ¿tengo que presentar el modelo 111?

Parece lógico pensar que cualquier factura de profesional que recibas tiene retención de IRPF. Así que esta parte no es el problema. Claro que puede que el trimestre anterior tuviste alguna factura de este tipo y este ya no y viene la duda si presentar o no el modelo 111.

La duda viene cuando hay trabajadores que no tienen IRPF, ¿no?

Las nóminas de trabajadores no tienen IRPF

Estos casos existen y no son pocos.

Aunque el modelo 111 se utilice para pagar esas retenciones, en el caso de las nóminas también hay que presentarlo si no hay retenciones.

Porque no todas las nóminas tienen retenciones, pero sí hay que declarar las bases sin IRPF. Hay que hacer constar las nóminas.

Si todas las nóminas fueran de este tipo, sin IRPF, entonces sería de los pocos casos que el resultado del modelo 111 sería cero.

Y aunque sea cero, es obligatorio presentarlo.

¿Por qué? Piensa que en Hacienda todo encaja por algún lado. ¿Quieres averiguarlo?

¿de dónde salen los datos para la declaración de la Renta?Pregunta, ¿de dónde salen los datos para la declaración de la Renta?
Respuesta, salen del modelo 190.

¿Y qué es el modelo 190? Es la declaración anual con la suma de todos los 111, detallando uno a uno con todos los datos de NIF, apellidos, etc.

Así que si no metes esas nóminas sin IRPF en el modelo 111, ¿cómo vas a meterlo luego en enero en el modelo 190? Hacienda te diría, oye que te has equivocado.

Pero claro, si no lo metes en el 190, resulta que esa persona, ese trabajador en su declaración de la Renta, no aparecería que tiene una nómina. ¡Ya ves! Así cuadra todo en Hacienda. Y ¿sabes?, de las retenciones es de donde puedes averiguar si te sale a devolver la Renta sin tocar un solo papel.

Cómo rellenar modelo 111 sin retenciones

Lo único que tienes que hacer es poner las bases y dejar la casilla de las retenciones en blanco.

Esto así parece muy fácil, y lo es. Pero… ¿Y si unos trabajadores tienen retención y otros no?

Pues lo mismo. Suma las bases de todos, los de con y sin IRPF. En la casilla de las retenciones pones solo los que tengan nómina con IRPF.

Y listo. Ya está. Así de sencillo.

 

Modelo 111 Rendimientos de trabajo, retenciones cero
Modelo 111 Rendimientos de trabajo, retenciones cero

 

Resultado negativo, cero sin actividad
Resultado negativo, cero sin actividad

 

¿Hay que presentar el modelo 111 si no tengo trabajadores?

Si este trimestre no tienes empleados, entonces no es tan fácil como dejar de presentar el modelo 111. Ten cuidado porque si dejas de presentarlo así de un trimestre para otro te llegará la sanción.

Esas sanciones que luego no podrás hacer nada de nada. Por mucho que intentes justificar a Hacienda que ya no tienes trabajadores no servirá para nada.

presentar 111 con las casillas en blancoTendrás que presentar el modelo 111 con las casillas en blanco, sin actividad.

Pero no querrás estar así toda la vida, ¿no? La única forma de dejar de presentar el modelo 111 es dar la baja de la obligación con el modelo 036 o 037.

No te preocupes que si más adelante vuelves a tener algún empleado puedes volver a dar el alta de la obligación y ya está.

Pero es mejor hacerlo así porque si no tendrás que estar pendiente todos los trimestres del modelo 111 sin actividad.

 

Qué pasa si este trimestre no tengo facturas de profesionales recibidas

Otra historia es con los profesionales. Ahí sí es que muy, muy frecuente cometer el error de esos tontos.

¿Por qué? Porque un trimestre puedes tener un gasto de una factura de un profesional y lo declaras en el modelo 111.

Esto suele pasar cuando es algo puntual, vamos que no trabajas con esa persona de forma habitual. Por ejemplo, un colaborador para algo determinado.

El trimestre que sea declaras esa factura de profesional y nunca más. Luego llegarán las notificaciones de Hacienda que faltan todos los trimestres posteriores.

Aquí sí que es muy importante que des la baja de la obligación con el modelo 036/037 en cuanto pase el trimestre. Apúntatelo donde te acuerdes.

Y en ninguno de los casos te olvides del modelo 190, ¿sabes rellenarlo?, ese que es en enero ya ni te acuerdas de nada de lo que pasó en el año.

 

Cómo rellenar el modelo 111, es más fácil de lo que te crees

 

¿Sabías que tienes que presentar el modelo 111 si no hay retenciones de IRPF? ¿Te parece fácil?

Cuéntame, me encanta recibir tus comentarios.

13 Replies to “Si no hay retenciones ¿tengo que presentar el modelo 111?”

  1. Hola. Me he dado de alta el 16-12-2021 en LImpiezas. El DUE me lo ha hecho EL CADE y me han dado de alta en modelo 111. Pero en 4t 2021 yo no he tenido actividad. ¿Tengo que presentar el modelo 111 en blanco¿.
    Mi iae es 922 ¿cuáles son mis modelos?: 303, 111 y 130?. Gracias.
    Por cierto. como 4t no tengo actividad, me presentaré todo yo, pero para 2022 sí quiero saber el precio de la presentación de mis impuestos. Un saludo

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Halina, para ver la obligación de los que tienes que presentar además de la actividad hay que ver el DUE para evitar problemas. El modelo 111 hay que presentarlo aunque no tengas actividad. Puedes ver precios arriba en impuestos. La primera vez reviso para no dejarnos ningún impuesto ni presentar de más.
      Gracias por estar por aquí!

      1. Hola Ana. Gracias por contestar! He mirado en este blog la consulta de Oscar más abajo y menciona eso que dice Hacienda de que no hay que presentar el 111 si en el trimestre anterior no ha habido nada. En mi caso no ha habido nada porque no ha habido trimestre anterior: me he dado de alta por primera vez el 16-12-2021. Por tanto y según indicas: ¿Sí tengo que presentar el modelo 111 pero en blanco? Ignoro entonces ese enlace de hacienda donde dice que no… ¿También tengo que presentar el anual, el 190? En blanco. Si. Te voy a mandar el due y salimos de dudas ante lo que tengo que presentar.

        1. Ana Tus Papeles 2 años ago

          Hola Halina, si está marcada la obligación de presentar el 111 en el DUE o lo has presentado el trimestre anterior preséntalo aunque sea a cero. Si no Hacienda te enviará notificación reclamándolo y esa sanción es de las que más duelen por no presentar a cero un impuesto. No hay ninguna opción especial o enlace o similar en la página de Hacienda. Solo tienes que dejar todas las casillas en blanco y presenta. Si te has dado de alta en diciembre mejor quita esta obligación. De todas formas desde comentarios es complicado resolver casos concretos.
          Gracias por estar por aquí!

          1. Vale. Te mando correo desde marialfa

  2. Hola Ana,
    Estoy plenamente de acuerdo con tu último comentario y quisiera saber cual es el mecanismo correcto en dar de baja la obligación en el modelo 036/037? Marcando la casilla 136 y rellenando la pág. 7? Y cuál es el plazo? Entiendo que se trata de plazo de un mes desde la fiscalización del trimestre en el que hemos dejado de tener trabajadores, es correcto?
    Mil gracias de antemano

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Lana, hay que dar la baja de la obligación marcando las casillas 700 y 701. En el modelo 036 es la página 7 y en el 037 es la página 3. Así es, el plazo es de un mes desde que ya no tienes trabajadores y/o profesionales.
      Gracias por estar ahí!

  3. Hola Ana,

    Al hilo de lo que pregunta Laura, estoy en su mismo caso, he leído lo siguiente respecto al modelo 111 en la web de la agencia tributaria:

    «No procederá, sin embargo, la presentación del modelo 111 cuando no se hubiese satisfecho en el trimestre o en el mes anterior objeto de autoliquidación, según corresponda, ninguna renta sometida a retención e ingreso a cuenta de las anteriormente mencionadas.»

    En el caso de facturas de otros profesionales (otra tema si tienes trabajadores contratados) no habla de la obligación de presentarlo en blanco, tal como tu comentas. Simplemente dice que no hay que presentarlo.

    Este es el link de la aeat:

    https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_ 100_al_199/111/Canal_1/instr_mod_111.pdf

    Tú que entiendes mejor que nosotros estos tecnicismos ¿podrías aclararnos que hay que hacer realmente? ¿quizá han cambiado alguna norma?

    Muchas gracias por anticipado!

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Osear, sí y no lo que comentas. No hay que presentar el modelo 111 si no tienes trabajadores ni facturas de profesionales.
      Pero… si el anterior trimestre tenías por ejemplo profesionales y lo presentaste resulta que has dado de alta la obligación de presentar
      el modelo 111. Hacienda lo detecta y si en el siguiente trimestre no lo presentas te llegará la sanción bastante rápido. Por eso solo tienes dos opciones: o presentas el modelo 111 en blanco a cero o das la baja de la obligación presentando un modelo 036/037.
      Gracias por leer el blog!

  4. Buenos días, Ana! Entonces, cuando uno se ha dado de alta de la obligación de presentar el M111, debe presentarlo siempre? Por ejemplo, yo soy una profesional que no tengo trabajadores y uso pocos servicios profesionales, así que raramente retengo. Este año he practicado una única retención, de 4,5 euros, a principios de enero … Me tengo que estar dando de alta y baja cada vez que tenga una factura o bien ir presentando siempre el M111 y el M190 en blanco? Gracias!

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Laura, eso ya es una decisión personal. Si de vez en cuando vas a recibir facturas de otros profesionales con retención entonces no des la baja de la obligación del modelo 111. Los trimestres que no tengas presentas en blanco. Pero sí tan solo es una factura cada muchísimo tiempo da la baja para no estar pendiente.
      Gracias por tenerte por aquí!

  5. Me parece muy útil y facilísimo de entender, muy bueno

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Carmen, gracias por tu comentario! Me alegro que haya sido útil.

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