Si compraste un coche eléctrico o híbrido el año pasado, esto te interesa. En esta guía te contamos paso a paso cómo declarar las ayudas del Plan Moves en la Renta.
Declarar las ayudas del Plan Moves en la Renta paso a paso
El plazo para presentar la Declaración de la Renta de 2024 ya empezó y finaliza el 30 de junio. Por estas fechas, una de las consultas más frecuentes entre los contribuyentes es cómo incluir correctamente las ayudas recibidas a través del Plan Moves.
Este programa de subvenciones ha ayudado en los últimos años para incentivar la compra de vehículos eléctricos y la instalación de puntos de carga en España. De hecho, el Plan Moves III ha sido prorrogado con carácter retroactivo hasta el 31 de diciembre de 2025, por lo que las adquisiciones realizadas desde el 1 de enero de 2025 seguirán beneficiándose de estas ayudas.
¿Es obligatorio declarar estas ayudas en la renta?
La respuesta es sí. Las cantidades percibidas a través del Plan Moves se consideran ganancias patrimoniales y, por lo tanto, deben reflejarse en la Declaración de la Renta del ejercicio fiscal correspondiente.
Si disfrutaste de la subvención en 2024, tendrás que incluirla en la declaración que toca presentar este año. Por el contrario, si aún estás pendiente de recibir el pago, tendrás que declararla aún para el año que viene. ¡No te equivoques!
¿Cuánto se paga por recibir estas ayudas?
En cuanto a cuánto se paga por las ayudas del Moves, la realidad es que la cantidad que deberás devolver a Hacienda depende de tu nivel de ingresos y del importe recibido. No existe un porcentaje fijo para todos, ya que la retención varía según el tramo del IRPF en el que te encuentres. Dependiendo de tu salario podrías tener que devolver un 19% del importe recibido o llegar a tributar hasta el 47% de la ayuda.
- Ingresos hasta 12.450 euros: devolución del 19% de la ayuda.
- Hasta 20.200 euros: devolución del 24%.
- Hasta 35.200 euros: devolución del 30%.
- Hasta 60.000 euros: devolución del 37%.
- Hasta 300.000 euros: devolución del 45%.
- Ingresos superiores a 300.000 euros: devolución del 47%.
¿En qué casilla se incluyen?
Las subvenciones del Plan Moves deben indicarse en la casilla 0301 del modelo de la renta, que corresponde a “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan de la transmisión de elementos patrimoniales”.
Es importante incluir el importe de manera correcta. Ten en cuenta que un error u omisión del dato podría dar lugar a futuras reclamaciones por parte de Hacienda.
Nuestro consejo es que revises con calma todos los datos antes de presentar la declaración, así te evitas problemas.
¿Qué me puede pasar si me olvido de incluir la ayuda del Moves en la renta?
Lo peor que te puede pasar si te olvidas de incluir la ayuda del moves recibida en tu declaración de la renta, es que Hacienda se dé cuenta. Si eso sucede, podría reclamarte el importe que dejaste de pagar más los intereses correspondientes. Aunque por lo general los intereses son bajos, siempre es mejor hacer las cosas bien desde el principio.
Recuerda que también te pueden multar por no presentar la renta, si tienes obligación de hacerlo.
Tienes hasta el 30 de junio para añadirlo y presentar tu renta
La fecha límite para presentar la Declaración de la Renta de este ejercicio es el 30 de junio de 2025. ¡No te olvides de hacerlo!
No cabe duda de que el Plan Moves III es una buena iniciativa para potenciar la movilidad eléctrica, pero es importante que los contribuyentes que reciben estas ayudas las declaren en la renta para evitar problemas con Hacienda.
Si no tienes tiempo para presentar la renta o necesitas ayuda, consulta nuestro servicio de renta. Nos encargamos de todo por ti.
