Cosas que tienes que revisar sí o sí en tu borrador de la renta

Cosas que tienes que revisar sí o sí en tu borrador de la renta

Antes de nada, debes saber que Hacienda pone a disposición de los contribuyentes un borrador de la renta, que facilita en gran medida el trabajo a la hora de presentarla. Es una manera cómoda y rápida de cumplir con las obligaciones sin saber de fiscalidad. Sin embargo, a pesar de haber un borrador, hay varias cosas que deberías revisar sí o sí en la renta.

¿Qué debería revisar en la renta?

El borrador de la renta está muy bien, dado que es una magnífica ayuda para quienes no entienden de fiscalidad, pero cuidado con validar el borrador sin antes revisarlo en detalle.

Ten en cuenta que el borrador es solo una propuesta elaborada con la información que Hacienda ha recopilado de terceros y podrían faltar cosas. Si decides presentarlo, y tiene errores, será tu responsabilidad.

No presentes el borrador sin más, cualquier error sería culpa tuya

Para evitar estos errores, es importante conocer los fallos más comunes que puede tener el borrador y saber qué aspectos revisar antes de validar la renta.

Revisa lo siguiente:

  • Domicilio fiscal: si has cambiado de residencia durante el año y no lo notificaste, es posible que el borrador refleje tu domicilio anterior. Es obligatorio informar a Hacienda de este cambio.
  • Situación familiar: deberás informar de cambios en tu situación personal, como haber tenido un hijo, casarte o divorciarte. No siempre se reflejan automáticamente en el borrador y al incluirlos puedes disfrutar de importantes reducciones fiscales. Por ejemplo, el mínimo por descendientes es de 2.400 euros por el primer hijo, 2.700 por el segundo, 4.000 por el tercero y así sucesivamente.
  • Alquiler de vivienda: esta medida es solo para los contratos firmados antes de 2015, pudiendo deducir el 10,05% de lo pagado. Además, muchas comunidades autónomas tienen deducciones propias por alquiler que tendrás que incluir manualmente si cumples los requisitos.
  • Deducción por maternidad: las madres trabajadoras con hijos menores de 3 años pueden deducirse hasta 1.200 euros anuales, además de los gastos de guardería. Estos datos no siempre aparecen correctamente reflejados en el borrador de la renta, por lo que conviene revisarlos.
  • Deducciones autonómicas: cada comunidad tiene sus propias deducciones, como por nacimiento de hijos, alquiler, compra de vivienda, etc. La mayoría de estas deducciones no se incluyen automáticamente y debes revisarlas e incorporarlas en el caso de que tengas derecho a ellas.
  • Ingresos por alquileres: si alquilas un inmueble, debes declarar los ingresos obtenidos, aplicando las deducciones y reducciones fiscales correspondientes.
  • Aportaciones a planes de pensiones: aunque en muchos casos los bancos informan correctamente a Hacienda de las aportaciones realizadas en ese año fiscal por el contribuyente, es recomendable comprobar que esté correcto en el apartado correspondiente.
  • Inversiones: revisa que todas las ganancias por ventas de fondos, acciones o criptomonedas aparezcan correctamente.
  • Gastos como autónomo: aprovecha la renta para incluir los gastos a los que tienes derecho a desgravar como autónomo. Por ejemplo, gastos de seguro de salud o de teletrabajo. En la siguiente guía resumimos en detalle los principales gastos que un autónomo puede deducir en la renta.
  • Pensiones compensatorias: si pagas pensiones de alimentos o compensatorias, revisa que aparezcan en la renta, ya que su omisión puede tener consecuencias fiscales importantes.

Estos son algunos de los puntos más importantes que te recomendamos revisar, dado que la información no siempre sale automáticamente.

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