Renta

Si teletrabajas, puedes añadir los gastos que genera tu actividad en tu domicilio y así puedes pagar menos impuestos. Pero ojo, porque tiene truco y realmente sale una cantidad un poco pequeña. Pero siempre es mejor esto que nada. ¡Veamos cómo contabilizar los gastos de teletrabajo en la Renta!

Guía | Cómo contabilizar los gastos de teletrabajo en la Renta

En España ya existe una deducción fiscal para los gastos de teletrabajo. Para muchos resulta verdaderamente escasa, pero es una novedad introducida hace pocos años y que puedes disfrutar si teletrabajas.

Pero, ¿cómo contabilizar estos gastos en la declaración de la renta? En primer lugar, debes hacer lo siguiente:

  • Cumplimentar el modelo 037 indicando los m2 que utilizas para realizar tu actividad (por ejemplo, si tu despacho tiene 10m2 deberías indicar esa cantidad)

Una vez le hayas informado a Hacienda de donde realizas tu actividad y de los metros cuadrados, lo siguiente que debes tener claro son los gastos que puedes deducir.

Los gastos que pueden considerarse deducibles son aquellos que estén directamente relacionados con el teletrabajo y que son necesarios para el desarrollo de la actividad laboral. Algunos ejemplos de gastos deducibles son los siguientes correspondiente a suministros: agua, luz, internet, telefonía, etc.

Puedes deducir el 30% de los gastos asociados al despacho

El truco está en que se deben incluir en la proporción que corresponda al porcentaje de la vivienda utilizado como lugar de trabajo.

Esto es, el 30% de la parte que usas para trabajar. Principalmente porque se estima que trabajas 1/3 al día y el resto del tiempo no utilizas esa habitación. De ahí el truco.

  • Si tu vivienda tiene 100 m2 y tu despacho tiene 10 m2, podrás deducir el 30% de los gastos asociados al despacho. En este caso saldría un 3%.

Por ejemplo, si pagas 50 euros al mes de luz, podrías incluir en la renta la deducción de 1,50 euros al mes de luz (18 euros al año). Parece una cantidad muy pequeña, pero todo suma.

Además, puedes incluir ese 3% de otros gastos. Por ejemplo, si es tu vivienda habitual, puedes incluir el 3% del seguro de hogar, del IBI o de los intereses de la hipoteca. Te van a salir pequeñas cantidades y puede que llegues a la conclusión de que no te merece la pena contabilizar todo para 100 o 200 euros. Pero todo suma y siempre es mejor algo que nada, para pagar menos en la declaración de la renta.

Recuerda que si no teletrabajas en tu vivienda habitual pero tienes alquilado un despacho, en ese caso podrás deducirte la mensualidad.

Aspectos que debes tener en cuenta

Si vas a añadir estos gastos del teletrabajo, es importante que tengas en cuenta lo siguiente:

  • Debes indicar los m2 en el modelo 037. Si no lo haces no podrás incluir estos gastos en la renta.
  • Ojo con indicar más m2 de los que utilizas. Ten en cuenta que un día puedes recibir una inspección.
  • Si utilizas el despacho con otra persona, deberás partir los gastos a la mitad. Para el ejemplo, no sería el 3%, sino un 1,5%.

¡Acuérdate de guardar las facturas 4 años!

También es importante contar con la documentación adecuada para respaldar los gastos deducibles en caso de una posible revisión por parte de la Administración Tributaria. Es importante que guardes durante al menos 4 años las facturas. Por si las moscas.

En el momento de hacer la declaración de la renta, simplemente debes indicar estos gastos deducibles y verás que es posible que te salga menos a pagar de lo que te tocaba. Es poco pero menos da una piedra.

¿Te ha quedado alguna duda sobre cómo contabilizar los gastos de teletrabajo en la Renta? Recuerda que podemos hacerlo por ti. Pregúntanos.

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