A continuación te explicamos qué significa exactamente tener el IVA a compensar y cómo rellenar paso a paso las casillas del Modelo 303 para no perder ni un solo euro.
Qué significa el IVA a compensar y cómo funciona
Hablar del IVA a compensar es referirse a un resultado a favor del autónomo. La autoliquidación del IVA (Modelo 303) es un cálculo donde restas el IVA que pagas en tus gastos de actividad (soportado) del IVA que cobras a tus clientes (repercutido).
Cuando en un trimestre tu IVA deducible supera al IVA devengado, el resultado del modelo 303 es negativo.
Ese saldo negativo es lo que se denomina IVA a compensar.
Hay ciertas operaciones que suelen llevar a este escenario, como cuando tienes un trimestre con pocas ventas o si realizas adquisiciones intracomunitarias (compras a empresas de la UE), ya que estas últimas pueden generar IVA deducible sin aumentar tu IVA repercutido en España.
Funciona como una «hucha» fiscal a tu favor:
- No pierdes ese dinero: Hacienda no te lo ingresa en la cuenta inmediatamente en los trimestres 1º, 2º o 3º, pero te permite guardarlo para restarlo en declaraciones futuras donde el resultado sea a pagar.
- Plazo legal de caducidad: Dispones de un plazo de 4 años para aplicar y compensar esas cuotas pendientes en tus autoliquidaciones, contados desde el momento en que finalizó el plazo para presentar la declaración donde se generó ese saldo a favor.
Elige en qué trimestre vas a compensar
Durante el año, las cuotas negativas se van acumulando de un trimestre a otro. Sin embargo, la forma en que aplicas este saldo depende de si la liquidación del trimestre actual sale positiva o negativa.
Para entenderlo claramente, veamos los dos supuestos prácticos más comunes:
Ejemplo 1: El resultado de este trimestre sale a pagar
Imagina que en este trimestre la resta entre tu IVA cobrado y pagado da un resultado positivo de 42 € (a ingresar). Pero arrastras del trimestre anterior un IVA a compensar de 5,44 €.
En este caso, aplicas tus 5,44 € pendientes para restarlos de la cuota a pagar. La liquidación final a ingresar será de 36,56 € (42 € – 5,44 € = 36,56 €).
Ejemplo 2: El resultado de este trimestre vuelve a salir a compensar
Supongamos ahora que el trimestre actual vuelve a ser negativo, por ejemplo -21 €, y sigues teniendo guardados los 5,44 € del trimestre anterior.
Nota: Este escenario es muy habitual si, por ejemplo, has tenido gastos pero no has tenido ingresos en el trimestre, lo que genera automáticamente una cuota negativa).
En este supuesto no colocas importe en la casilla 78 (se queda a cero). El resultado negativo de este trimestre (-21 €) se refleja en la casilla 71, mientras que los 5,44 € anteriores continúan guardados en la casilla 87 para periodos posteriores. En el trimestre siguiente, la casilla 110 sumará automáticamente ambas cantidades acumuladas (26,44 € en total).
Las casillas del modelo 303: 110, 78 y 87
Para cumplimentar este apartado de forma correcta, la Sede Electrónica de la AEAT sustituyó la antigua casilla 67 por un bloque específico dentro del apartado Resultado de la autoliquidación.
Al hacer clic en el icono del lápiz situado junto a la casilla 110, se despliega el cuadro de desglose de Cuotas a compensar:
Estas son las tres casillas que debes gestionar:
- Casilla 110 (Cuotas a compensar pendientes de periodos anteriores): Refleja el importe total acumulado que tienes pendiente de compensar de trimestres pasados.
- Casilla 78 (Cuotas a compensar de periodos anteriores aplicadas en este periodo): Es la casilla más importante. Aquí anotas el importe que vas a restar en la liquidación actual. Si no rellenas la casilla 78, el programa de Hacienda no restará el dinero aunque aparezca en la 110.
- Casilla 87 (Cuotas a compensar de periodos previos pendientes para periodos posteriores): Muestra de forma automática la diferencia (110 – 78). Es el saldo remanente que queda guardado en tu «hucha» para el futuro.
Error muy frecuente: olvidar incluirlo en el siguiente trimestre
Olvidarse de anotar las cuotas a compensar en el Modelo 303 es uno de los fallos más habituales en la gestión del IVA. El formulario de Hacienda no emite ningún aviso automático indicando que tienes un saldo a favor sin restar, por lo que si no lo aplicas en la casilla 78, terminarás pagando dinero de más.
Si te ha ocurrido este descuadre, revisa nuestra guía sobre los errores más frecuentes del modelo 303 de IVA para corregirlo a tiempo.
¿Qué pasa si te das cuenta de este olvido al cerrar el año?
Ten mucho cuidado: el Modelo 390 es un resumen informativo anual y no sirve para traspasar saldos por sí solo. La plataforma de la Agencia Tributaria arrastra la información de la casilla 87 del trimestre inmediatamente anterior. Si en el 4T no constaba ese saldo pendiente, la casilla 110 del primer trimestre (1T) del año siguiente aparecerá a cero por defecto.
Para recuperar ese importe sin provocarte un problema con la AEAT tienes dos opciones:
- Solicitar una rectificación de la autoliquidación del trimestre en el que cometiste el olvido para fijar el saldo correcto a compensar en la casilla 87.
- Incluir la cuota olvidada en el trimestre en curso: Si metes a mano la cifra en la casilla 110, el programa mostrará un aviso de discrepancia. Para solucionarlo, haz clic en el icono del lápiz e introduce manualmente en la tabla de desglose el ejercicio y trimestre exacto donde se generó originalmente esa cuota (respetando el límite legal de 4 años).
¿Qué hacer si llegas al cuarto trimestre con saldo a compensar?
Si has llevado tu control al día y cierras el año (4T en enero) con saldo positivo en tu «hucha» fiscal, la normativa de la AEAT te abre una puerta que no existe en los tres primeros trimestres.
En esta declaración de cierre puedes tomar dos caminos:
- Seguir compensando: Mantener el saldo acumulado en la casilla 87 para continuar restándolo en el primer trimestre (1T) del nuevo año.
- Solicitar la devolución: Pedir formalmente a la Agencia Tributaria que te reembolse ese importe mediante transferencia a tu cuenta bancaria.
Solicitar la devolución del IVA puede implicar tiempos de espera o requerimientos de comprobación por parte de la Administración. Para valorar la opción más conveniente según tu caso, consulta nuestro análisis sobre solicitar la devolución del IVA: la gran pregunta.
Si arrastras saldos a compensar de periodos anteriores y quieres asegurarte de presentar tus declaraciones sin descuadres ni errores, descubre nuestro Pack de servicios para autónomos y gestionamos tus modelos trimestrales con total garantía.
