No es fácil tener una discapacidad ni ser diferente. La buena noticia, es que existen ayudas para tratar de conseguir la igualdad en estos ámbitos y eliminar un poco las barreras a las que a menudo se enfrentan las personas con una discapacidad. En esta guía analizamos cómo es la cuota reducida para autónomos con discapacidad.
Cuota reducida autónomos con discapacidad
Son muchas las personas con discapacidad que tienen el gusanillo de emprender o de trabajar por cuenta propia y se preguntan cuánto pagarán a la Seguridad Social si se dan de alta como autónomos.
De salida, tener una discapacidad no cambia la cuota general a pagar, ya que existen unas tablas y unos tramos. Sin embargo, sí existen bonificaciones específicas que permiten disfrutar de una tarifa plana ampliada. Esto supone un importante alivio económico durante los primeros años de actividad, que siempre resulta todo más difícil.
¿Cuánto paga de cuota un autónomo con discapacidad?
Desde el año 2023, la Seguridad Social aplica un sistema de cotización por ingresos reales, lo que hace que la cuota varíe en función de los rendimientos netos obtenidos.
No obstante, las personas con discapacidad pueden acogerse a una tarifa plana especial que reduce su cuota mensual a 80 euros durante los primeros 24 meses desde el alta. Es interesante, porque para el resto de los autónomos, por lo general, sería de 12 meses, por lo que el ahorro mensual es importante. Al final, hablamos de una bonificación en las cuotas.
Además, si tras ese tiempo el rendimiento neto fuera igual o inferior al SMI, se podría ampliar la tarifa plana por 36 meses por 160 euros. Hablamos de un total de tres años.
Es una ayuda interesante para quienes están empezando un proyecto y todavía no generan suficientes ingresos estables, ya que les permite seguir cotizando con una cuota baja mientras siguen adelante con su actividad por cuenta propia.
¿Quién puede acogerse a esta reducción de cuota?
Hay varios requisitos a cumplir para beneficiarse de esta reducción en la cuota:
- Ser nuevo autónomo o no haber estado dado de alta en los dos años anteriores.
- Si ya fuiste autónomo, deberá haber pasado al menos 24 meses desde la última baja para volver a disfrutar de la bonificación.
Además, no se puede ser autónomo colaborador ni tampoco tener deudas con la Seguridad Social y Hacienda.
¿Qué tipo de discapacidad hay que acreditar?
Se deberá acreditar al menos un grado de discapacidad igual o superior al 33 %. Este reconocimiento debe constar oficialmente mediante certificado del organismo competente de tu comunidad autónoma.
¿Qué sucede con los autónomos que adquirieron la discapacidad estando ya de alta?
La realidad es que pueden ocurrir varios escenarios posibles:
- Una persona adquiere una discapacidad y decide darse de alta como autónomo para trabajar por cuenta propia.
- Un autónomo lleva años trabajando y, de repente, adquiere la discapacidad.
Es interesante porque también pueden acogerse los profesionales que eran autónomos desde hace años y adquirieron la discapacidad después. No obstante, para poder disfrutar de la bonificación, habrá que acreditar la nueva situación.
Discapacidad sobrevenida en autónomos
Desde el día 1 de enero de 2019 hay cambios importantes en este ámbito. Los autónomos que desarrollen una discapacidad adquirida tras el alta, pueden beneficiarse también de la tarifa plana. Esto significa que aunque lleves tiempo de alta podrás acogerte a la tarifa plana de 80 euros al mes durante 24 meses, pudiendo ampliarla hasta 36 meses si no se llega al SMI.
Esta medida garantiza que todas las personas con discapacidad puedan disfrutar de las mismas ventajas y apoyo económico, cuando más falta hace.
¿Qué opinas? ¿Conocías esta ayuda para autónomos en situación de discapacidad? Si necesitas ayuda para tramitarlo, pregúntanos para que podamos ayudarte.
