Cuotas Autónomos

A priori, los autónomos pueden subir y bajar la base de cotización siempre que quieran. Sin embargo, hay autónomos que la suben con la previsión de que meses más tarde cogerán una baja y así cobrar más de prestación, como puede ser en el caso de un embarazo. El problema, es que el Tribunal Supremo lo puede considerar fraude.

Subir cuota de autónomos por el embarazo

Puede que no lo sepas, pero si subes la base de cotización con el conocimiento de que en los próximos meses vas a solicitar la prestación por maternidad o una incapacidad temporal, se puede considerar fraude. Con lo cual podrías perder la prestación y tener que devolver todo el dinero recibido. También el que te correspondería antes de subir la base.

Si bien es cierto que esto siempre ha sido una práctica habitual entre los autónomos, sobre todo cuando se tiene programada una cirugía o se planifica un embarazo. Pero desde hace un tiempo la Seguridad Social ha estado detectando estos casos y han determinado que esta modificación podría suponer un fraude a la Seguridad Social, considerado como una falta muy grave.

¿Ha habido algún caso de autónomas «pilladas»?

Sí. Por ejemplo, en el año 2013 una autónoma solicitó la prestación por maternidad tras tener a su bebé y el INSS se lo dio. Pero una Inspección de Trabajo determinó que subió la base de cotización seis meses antes de coger la baja, pasando de pagar la cuota mínima a la cuota máxima para así cobrar lo máximo. Al determinarse como fraudulento, el INSS le retiró la prestación y le reclamó los 11.000 euros que recibió estando de baja por maternidad.

Entonces, ¿qué se puede hacer?

Si quieres subir la base de cotización y evitar una sanción, lo ideal es que hagas la subida con sentido común y puedas justificar la subida. Por ejemplo, puedes indicar que has subido la base porque ganas más dinero (siempre que sea así).

No obstante, para evitar estas situaciones, la Seguridad Social modificó el número de meses que se tienen en cuenta para calcular la base de cotización media.

Ahora se tienen en cuenta los 12 meses anteriores al momento de la baja. Con lo cual, si las autónomas suben la cuota un poco antes, ya no compensa tanto la subida como antes. Verás que no salen tanto las cuentas…

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