Alta autónomos

La Tarifa Cero ya está vigente en Madrid y son muchos los autónomos que están tramitando la solicitud para pagar 0 euros de cuota de autónomos. Si a ti también te interesa, hoy te contamos cuáles son los requisitos para poder acceder a no pagar cuota. Conoce la lista de autónomos que pueden acceder a la Tarifa Cero.

Autónomos que pueden acceder a la Tarifa Cero, requisitos

La página oficial de la Comunidad de Madrid para tramitar la ayuda de la Tarifa Cero es esta. Puedes entrar desde el link anterior.

Esta ayuda está destinada a los autónomos. Pero ojo, porque el autónomo debe cumplir con una serie de criterios. Digamos que, no es para todos los autónomos, sino que hay que cumplir unos requisitos.

Si quieres saber si cumples con los requisitos, echa un vistazo a continuación:

  • Estar registrado en el programa «Incentivos y medidas de fomento y promoción del Trabajo autónomo» del Estatuto del Trabajo Autónomo.
  • Cumplir con una de las siguientes opciones
    • Autónomos que han disfrutado de una tarifa reducida por contingencias comunes y profesionales durante los primeros 12 meses completos desde la fecha de alta.
    • Autónomos que, debido a sus ingresos económicos netos anuales, han disfrutado de la cuota reducida durante los siguientes 12 meses completos después del período inicial mencionado anteriormente.
    • Autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo que han tenido la tarifa reducida durante 24 meses completos.
    • Autónomos con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, víctimas de violencia de género o víctimas de terrorismo que, debido a sus ingresos económicos netos anuales, han disfrutado de la tarifa reducida durante los siguientes 36 meses completos después del período inicial mencionado.
    • Autónomas que, tras dejar su actividad debido al nacimiento de un hijo, adopción, guarda con fines de adopción, acogimiento y tutela, vuelven a ejercer como autónomas dentro de los dos años siguientes a la fecha de cese, y han tenido reconocida una bonificación estatal durante los primeros veinticuatro meses después de su reincorporación al trabajo.
    • Autónomos beneficiarios de la prestación para el cuidado de menores afectados por cáncer u otra enfermedad grave, que han tenido reconocida una bonificación estatal durante el período en que recibieron dicha prestación.
  • Estar al día con las obligaciones fiscales ante la Administración del Estado, la Comunidad de Madrid y la Seguridad Social.
  • Tener la dirección de su actividad en la Comunidad de Madrid.
  • Cumplir con los requisitos para obtener la condición de beneficiario según las normativas de subvenciones.
  • Estar registrado en el censo de empresarios, profesionales y retenedores de la Agencia Estatal de Administración Tributaria o en el censo equivalente de la Administración Tributaria Foral, cuando sea obligatorio.
  • Haber elaborado un Plan de Prevención de Riesgos Laborales o declarar estar exento de hacerlo.
  • Informar sobre la solicitud y, en su caso, la obtención de otras subvenciones que financien las actividades para las cuales se solicita esta subvención.

En este otro artículo ya te contamos cómo solicitar la tarifa cero en Madrid. Esta ayuda entró en vigor el 1 de enero de 2024 y ya se puede solicitar, por lo que los autónomos que cumplan los requisitos que ves en el listado podrán hacerlo.

No dudes en comprobar si cumples los requisitos y tramitarlo lo antes posible, para disfrutar de la cuota cero. Es una gran iniciativa que te puede ayudar a ahorrar un pico de dinero al año, por lo que vale mucho la pena. Es una gran oportunidad que no debes dejar pasar.

¡No dudes en tramitar la tarifa cero para poder disfrutar de ella! ¿Te ayudo? Si tienes dudas, recuerda que puedo echarte una mano para tramitarla.

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