¡Se acabó el verano! Toca volver a la rutina y los autónomos dan la bienvenida a octubre con una de las citas clave del año: la presentación de impuestos del tercer trimestre (3T).
Descubre qué modelos debes presentar en octubre de 2026, qué plazos exactos tienes para domiciliar o pagar y cómo evitar sanciones de la Agencia Tributaria.
Guía de Impuestos del 3T de 2026: Fechas clave de octubre
El mes de octubre marca la presentación de las autoliquidaciones trimestrales correspondientes a los meses de julio, agosto y septiembre.
Cumplir a tiempo evita los recargos e intereses de demora de Hacienda. Para este 3T de 2026, debes apuntar dos fechas clave en tu calendario:
- Hasta el jueves 15 de octubre de 2026: Fecha límite si quieres pagar tus impuestos mediante domiciliación bancaria. Al presentar tus modelos antes de esta fecha, Hacienda cargará el importe directamente en tu cuenta bancaria al final del periodo sin que tengas que gestionar códigos NRC.
- Hasta el martes 20 de octubre de 2026: Fecha límite general para presentar y liquidar tus autoliquidaciones (ya sea mediante ingreso bancario con NRC, a compensar o sin actividad).
Modelos oficiales que se presentan en el 3T
Durante este mes de octubre de 2026, los autónomos y pymes deben revisar qué modelos les corresponde presentar según sus obligaciones censales en Hacienda (Modelo 036/037):
- Modelo 303 (IVA Trimestral): La autoliquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido. Debes declararlo si estás en Régimen General, tanto si has tenido ingresos como si estás en situación de sin actividad o a compensar.
- Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF): Pago a cuenta de la Renta para autónomos en estimación directa. Recuerda que si más del 70% de tus ingresos del año anterior llevaron retención de IRPF en factura, estás exento de presentarlo.
- Modelo 131 (IRPF en Módulos): Pago fraccionado de IRPF para contribuyentes bajo el Régimen de Estimación Objetiva.
- Modelo 111 (retenciones a trabajadores y profesionales): Declaración de las retenciones aplicadas en nóminas a empleados o en facturas de profesionales independientes durante el 3T.
- Modelo 115 (retenciones por alquileres): Para autónomos que pagan el alquiler de un local, oficina o taller e ingresan a Hacienda la retención practicada al arrendador.
- Modelo 202 (pago fraccionado del Impuesto sobre Sociedades): Segundo pago a cuenta del ejercicio para Sociedades Limitadas (SL) y personas jurídicas.
- Modelo 349 (operaciones Intracomunitarias): Declaración informativa de compras o ventas con empresas de la UE. Aclaración importante: A diferencia del Modelo 303, si en este 3T no has realizado ninguna operación intracomunitaria, no tienes que presentar este modelo «sin actividad».
Modelo con plazo ampliado (hasta el 2 de noviembre)
Modelo 369 (IVA E-commerce / Ventanilla Única OSS): Para vendedores online que realizan ventas de bienes o servicios a consumidores finales de otros estados miembros de la UE. La normativa fija su vencimiento el último día del mes posterior al trimestre (31 de octubre). Sin embargo, al caer el 31 de octubre de 2026 en sábado (y ser el 1 de noviembre festivo), el plazo legal de presentación se traslada automáticamente al lunes 2 de noviembre de 2026.
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Saber qué modelos te corresponden, calcular las casillas y estar pendiente de los plazos de domiciliación quita un tiempo valioso que deberías dedicar a tu negocio.
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