El modelo 303 cuenta en su apartado de información adicional con las casillas 120 y 122, las cuales sustituyeron en su día a la antigua casilla 61.
Aunque se trate de información sobre ventas que no altera el resultado final a pagar o devolver de la autoliquidación, son casillas de cumplimentación obligatoria si emites facturas con casuísticas especiales de IVA, como la prestación de servicios a clientes fuera de España o ventas interiores con inversión del sujeto pasivo.
La antigua casilla 61 se desdobló para separar dos supuestos fiscales completamente distintos: la casilla 120 y la casilla 122 (a las que se suman otras casillas específicas para el comercio electrónico).
Qué casilla sustituyó a la 61 del modelo 303
En la antigua casilla 61 se declaraban conjuntamente «operaciones no sujetas o con inversión del sujeto pasivo que originan derecho a deducción». Para mejorar la transparencia y el control de los ingresos, la Agencia Tributaria dividió este apartado en dos casillas independientes dentro del bloque de información adicional:
- Casilla 120: Operaciones no sujetas por reglas de localización (excepto las incluidas en la casilla 123).
- Casilla 122: Operaciones sujetas con inversión del sujeto pasivo (declaradas por el emisor).
Ambas casillas son exclusivamente para informar de ventas e ingresos y son meramente informativas, por lo que su importe no altera el resultado final de la declaración. Sin embargo, dejarlas en blanco cuando existe la obligación de informarlas puede generar descuadres con los libros registro de ventas y provocar un requerimiento de la Agencia Tributaria.
Qué se pone en la casilla 120 del modelo 303
En la casilla 120 del modelo 303 se reflejan los ingresos por facturas emitidas por prestaciones de servicios no sujetas al IVA español por reglas de localización (Art. 69 LIVA).
Aquí se incluyen las ventas de servicios profesionales o digitales (diseño, programación, consultoría, traducción, etc.) a clientes ubicados fuera de la Unión Europea (como empresas o particulares en EE. UU., Reino Unido u otros países extracomunitarios). Al entenderse que el servicio se localiza en la residencia o sede del destinatario, la factura se emite sin IVA y se informa obligatoriamente en este apartado.
Para ver el paso a paso detallado de estos supuestos, consulta nuestra guía sobre cómo incluir en el modelo 303 las facturas emitidas de servicios a EEUU o países fuera de la UE.
- Servicios intracomunitarios (B2B): Si prestas un servicio a una empresa o autónomo de la UE, esa operación NO se incluye en la casilla 120. Las instrucciones de la AEAT excluyen explícitamente estas prestaciones de la casilla 120 porque van consignadas de forma exclusiva en la Casilla 59 (y en el correspondiente Modelo 349).
- Diferencia con la venta de bienes físicos: Si en lugar de un servicio vendes productos físicos a un cliente fuera de la UE, estás realizando una exportación y ese ingreso debe reflejarse en la Casilla 60 (Exportaciones y operaciones asimiladas).
Casilla 122 del modelo 303: qué poner
Al igual que la 120, la casilla 122 está destinada exclusivamente a informar sobre ventas e ingresos. En concreto, refleja el volumen de operaciones emitidas en las que se produce la inversión del sujeto pasivo en territorio nacional.
Esta casilla la debe rellenar siempre quien emite la factura (el vendedor o prestador del servicio), informando a Hacienda de que ha realizado una venta en España donde la responsabilidad de declarar el IVA se ha trasladado por ley al cliente.
Se trata de supuestos muy poco frecuentes y específicos en la operativa diaria de la mayoría de autónomos, como por ejemplo:
- Entregas de oro de inversión o materiales de oro sin elaborar.
- Transmisiones de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
- Ciertas entregas de desperdicios industriales, chatarra o materiales de recuperación.
Importante si eres el comprador: Si recibes una factura de compras con inversión del sujeto pasivo (por ejemplo, en una ejecución de obra), NO debes utilizar la casilla 122. El comprador gestiona esta operación autorrepercutiéndose el IVA en las casillas habituales del cuerpo principal de la autoliquidación (casillas 12 y 13 de devengado, y casillas 28/29 o 30/31 de deducible).
¿Y las casillas 123 y 124?
Estas casillas también forman parte del bloque de información adicional sobre ventas y están reservadas a operaciones acogidas a los regímenes especiales de Ventanilla Única (OSS / IOSS) para el comercio electrónico y ventas a distancia de bienes o servicios a particulares dentro de la UE.
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11 respuestas
Buenas tardes, una duda, una factura emitida de formación a Alemania via zoom, es decir yo estoy en España, al ser formación estaría exenta de IVA, como lo declaro en el 303 y 390.
Gracias
Hola Carmen, como está exenta de IVA no se declara en el modelo 303 en ninguna casilla, pero sí se incluye en el modelo 390 en el apartado de «operaciones realizadas en el ejercicio», casilla 105.
Gracias por estar por aquí!
Genail, yo facturo servicios a USA desde hace 2 trimestres y jamás había usado la casilla 120. Voy correindo a rectificar mis anteriores Mod.303…. Muchísimas gracias!
Buenos días, tengo facturas de venta de servicios de Gran Bretaña, són facturas sin Iva, el servicio se realiza aqui en España. En que casilla se deben poner????
Hola Carmen, los servicios no son donde se realiza si no donde se van a utilizar.
Gracias por estar por aquí!
Una duda: se entiende que estos apartados, cuando dicen «Operaciones sujetas a tal y tal» se refieren a entregas que tú haces, no? y no a adquisiciones…
Hola Dani, sí, son facturas de ingresos no de adquisiciones.
Gracias por estar por aquí!
Hola, tengo un negocio de compraventa de vehículos usados y antes colocaba en la casilla 61 el volumen de ventas exentas y ahora tengo duda si las tengo que colocar en la casilla 120 o 122, cual sería?, gracias
Hola José Antonio, las ventas exentas no se ponen en el modelo 303, ni en la 61 anterior ni en las nuevas 120 y 122. Se ponen en el modelo 390 que es el IVA anual.
Gracias por estar ahí!
Hola, estoy dado de alta en varios epígrafes del IAE, y tengo facturas con IVA y otras sin IVA por venta de seguros. Estas ultimas la ponía en la casilla 61, pero ahora leyendo las nuevas casillas ninguna me sirve….donde los reflejo??.
Gracias!
Hola Emiliano, las facturas exentas de IVA como las de seguros no se ponían en la casilla 61 ni tampoco en las nuevas. Van directamente al modelo 390.
Gracias por estar ahí!