Impuestos Autónomos

Presentar la declaración complementaria del modelo 303 IVA te ayuda a arreglar errores. Es muy normal equivocarse. Pero no siempre se puede arreglar ¿Quieres saber cómo presentar el modelo 303 complementaria? Aprende cuándo podrás hacerlo y cómo.

Actualizado septiembre 2021

¿Te has dado cuenta de que tienes algunas facturas sin meter en el modelo 303? Puedes meterlas, pero hay cosas que debes tener en cuenta.

Ya sabes que esto de Hacienda a veces no es fácil. Lo complican un poquito si no sabes de qué va. Resulta que no siempre se puede presentar una declaración complementaria del 303.

Cuándo se puede presentar el modelo 303 complementaria

Antes de empezar, no es cuestión de marearte, Hacienda no siempre permite presentar complementaria del modelo 303.

Seguro que ya estás nervioso viendo el modelo 303 IVA erróneo.

En resumen, solo puedes presentar la complementaria si el resultado final tendría que haber sido más a pagar o menos a compensar o devolver.

¿Por qué? Hacienda no permite presentar una complementaria del modelo 303 o de otro impuesto cualquiera si el resultado final es más a tu favor.

¿Tienes dudas en qué consiste una declaración complementaria?

Si es al revés no te preocupes. No hay ningún problema. Ya ves. En un par de minutos lo tienes solucionado.

Por si lo estás pensando en el modelo 303 no existen las declaraciones sustitutivas.

¿Entonces qué hago? Pues si has pagado de más la única opción es presentar un escrito de rectificación de la declaración. Y solicitar una devolución de ingresos indebidos.

Es la única solución. Como ves no es fácil pero tampoco imposible.

Así que ¿cuál es tu caso?

Cómo presentar la complementaria

Es muy sencillo. Busca la primera declaración que ya has presentado. Ahí en la primera página figura en número de justificante. Esto lo vas a tener que anotar en la complementaria.

Puedes hacerlo por Internet o si eres autónomo en papel.

 

Modelo 303 IVA complementaria número justificante
Número justificante modelo 303 IVA

Rellena el modelo 303 con los importes correctos. Como si estuvieras sustituyendo todas las casillas.

Al final, donde está el resultado mira la casilla 70, anota el resultado que te salió antes, en la primera declaración que ya has presentado.

Así restas el importe y te saldrá el nuevo resultado. Más a pagar o menos a compensar.

 

Modelo 303 IVA Casilla 70 declaración complementaria
Casilla 70 modelo 303 para declaración complementaria

 

Ahora ya solo tienes que anotar el número de justificante que ya habías buscado del primer modelo 303 presentado.

Listo, ya lo tienes. Ahora preséntalo como otro impuesto cualquiera.

Si el primer modelo 303 te salió a pagar no pasa nada. Si estás en el plazo antes de que venza puedes domiciliar el pago y te llegarán dos cargos al banco. El de la primera presentada y el de la complementaria.

O también puedes pagarlos por NRC. O ir directamente al banco que siendo autónomo puedes hacerlo en papel.

Si ya ha vencido el plazo tendrá sanción por fuera de plazo.

 

¿Tienes que presentar un modelo 303 complementaria? ¿Hay algo que no has incluido? ¿Son facturas emitidas o deducibles? ¿Te has equivocado en el cálculo?

Me encanta oírte, espero tus comentarios.

61 Replies to “Cómo presentar el modelo 303 complementaria”

  1. Muchas gracias por el artículo.
    Es de mucha ayuda!
    Un saludo muy cordial!

  2. Hola, Se me olvido meter una factura de cobro del 1T de 2021. En el modelo 303 que ya habia hecho del 1T me salia a pagar 346,44€ y al hacer la declaracion complementaria del 1T e introducir el resultado de la primera declaracion en el formulario lo resta del IVA de la factura que se me habia olvidado pagar 426,30, por tanto me sale a pagar 79,86. Esto no lo entiendo, deberia pagar 426.30 que es el iva de la factura que se me habia olvidado declarar, no se por que se resta esa cantidad de lo que ya habia pagado en el primer modelo 303, para mi no tiene sentido ????. He seguido las instrucciones que dais por la web y he metido bien la referencia de la declaracion anterior y esta marcada la casilla de declaracion complementaria. Por otra parte he visto en comentarios que el recargo por el retraso me llegara mas tarde, eso lo tengo claro. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Luis, sin verlo y desde comentarios es complicado resolver situaciones tan concretas. Desconozco si estás poniendo bien los importes. Pásate por Impuestos (arriba en el menú), por muy poco lo tienes solucionado.
      Gracias por estar por aquí!

  3. Hola, gracias por el artículo y ayuda que nos prestáis. En mi caso resulta que presenté el mod. 303 del T4 que me salía a devolver una cantidad, pero después de firmarlo me di cuenta que olvidé poner bienes de inversión así que creí que podría hacer una complementaría, lo hice pero me salió advertencia que no comprendí sobre que si solicitaba mayor devolución no debía ser por complementaria pero me dejó firmar y enviar. Luego al hacer el 390 me da error que no cuadra los importes de la 95 con la 84, lo he revisado y he descubierto multitud de errores.
    Primero que en la declaración original al hacer constar IVA de gastos para deducir alguno era del 4% y al ir en una misma factura al 21% lo confundí y puse todo en la misma base imponible del 21%. Segundo que cuando hice la complementaria creía que como complementaba solo debía añadir los bienes de inversión y no introduje todo lo demás, es decir ni los ingresos ni los gastos, además selecciones a devolver y no compensar siendo mucho mayor esta devolución por falta de ingresos.
    Ahora si pudiera hacer una segunda complementaria ¿se puede? según os he leído entiendo que debería añadir los ingresos de nuevo, los gastos separando por tipos de IVA y añadir el tema de inversiones ¿o mejor dejarlo para el próximo T1 para que sea menos la devolución que la primera complementaria y así sea correcta?
    Gracias por la ayuda, esto es por una segunda actividad (la primera es por cuenta ajena) muy esporádica (fotógrafo) que últimamente va bastante mal (por eso me llevo yo la gestión) y encima me hago un lio, me trae más problemas que ganancias, por eso cualquier ayuda será bienvenida.
    Saludos

    1. Ana Tus Papeles 2 años ago

      Hola Angel, pues sí que es un lío de complementarias. Si has puesto a devolver el tema es más complicado porque entiendo que vuelve a tener errores. No puedes arrastrar esos errores para el 1T precisamente porque es devolución. Puedes presentar otra complementaria si el resultado es menos a tu favor. De todas formas desde un comentario es complicado ver con detalle tu caso y resolverlo.
      Gracias por estar por aquí!

  4. Buenos días, por mi actividad como autónoma emito facturas a clientes particulares y a empresas desde hace más de dos años. Venia haciendo una retención IRPF en las facturas del 15% a todos y recientemente he descubierto que a los clientes particulares no se les hace retención en la factura. Entiendo que debería hacer una complementaria para rectificar las cantidades percibidas, pero mi duda es si debo hacerlo de manera retrospectiva desde que comencé a facturar? Gracias por su información.

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Carmen, si los clientes son particulares no se pone retneción de IRPF. Si presentas ahora complementarias después de tanto tiempo y tantos trimestres supone sanciones. En el modelo 303 esto no afecta, la base imponible sigue siendo la misma. Pero si tienes obligación de presentar el modelo 130 quizás sería bueno presentar complementaria al menos del 4T que es de donde salen los datos de la declaración de la Renta.
      Gracuas por estar por aquí!

  5. Hola buenas,

    Hoy he enviado mi mod. 130 del 4T de 2020. Al enviarlo, ya he visto que me lo habían cargado. He visto que había cometido errores, y siguiendo los pasos de varias webs como esta, he rellenado de nuevo el 130 con los errores (básicamente me faltaban por meter 2 facts. a favor). Lo he enviado con la X en complementaria, y he visto que me han cargado la nueva cantidad. Pero ahora tengo los 2 cargos, la anterior y la de ahora, cuando tan sólo debiera ser la de ahora. ¿Qué debo hacer? O peor, ¿Qué hice mal?

    1. Ana Tus Papeles 3 años ago

      Hola Sergio, no se puede presentar complementaria si el resultado final es más a tu favor. Cuando presentas declaraciones con cargo en cuenta es imposible anular los cargos. Si tenías el primer cargo al rellenar el segundo debes tener un error en la casilla del importe de complementaria. Si lo has vuelto a presentar con cargo en cuenta como es lógico tienes dos cargos. Al hacer la complementaria no se anula el primero, ni automático ni manual. Ahora la solución no es fácil. Se trata de presentar un escrito solicitando devolución de ingresos indebidos y anular el segundo 130. Olvídate de esas facturas para deducir, puedes incluirlas en el 1T.
      Espero que puedas solucionarlo
      Gracias por estar ahí!

  6. Francisco 4 años ago

    Hola, muy buenas, ha sido de gran ayuda esta página.
    Al completar la declaración de la Renta, he descubierto que había cometido un error en el 303 del 3T del 2019. Ahora estoy presentando el 3T como declaración complementaria.
    Mi duda es: ¿cómo pago el recargo del 15%?
    Y la otra: realizar una declaración complementaria del 390 también incluye un recargo, aunque solo sea informativa esa declaración?
    Gracias desde ya. Saludos.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Francisco, el recargo te vendrá luego. Primero presentas y luego te enviaran notificación con una carta de pago con el recargo. Eso es lo que tendrás que pagar. El modelo 390 lo mismo.
      Gracias por tu comentario!

  7. ¿Se puede realizar una complementaria de iva si resultado de la auto liquidación es el mismo?. He descubierto que tengo un error en el mod 303 del tercer trimestre en la casilla de los gastos deducibles, si bien el importe de iva es correcto y por lo tanto el resultado de la liquidación es correcto.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Yolanda, si el resultado no varía no se puede hacer complementaria. Si no has presentado el 4T tiene solución. Pones esa base imponible en la casilla de rectificación de deducciones. Y así el 390 te cuadrará. Si ya lo has presentado es más complicado. Tendrás que presentar escrito para rectificar esa declaración.
      Gracias por estar ahí!

  8. Buenos días.
    Estoy rellenando el resumen anual del VA 390. El primer trimestre tuve que hacer una complementaria del mismo. Mi duda es si debo añadir los 303 de todos los trimestres incluyendo la complementaria o debo obviar el 303 del 1T que modifiqué con la complementaria. Un saludo y gracias.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Juan, el que vale es la complementaria, el otro ya no es válido.
      Gracias por leer el blog!

  9. Hola, acabo de hacer el modelo 303, el resultado me da a pagar y está correcto, pero me he equivocado en la cantidad de la Base Imponible del iva deducible ¿Que debo hacer?
    Gracias y un saludo

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Celia, puedes presentar escrito indicando el error.
      Gracias por leer el blog!

      1. Gracias Ana por responder tan rápido.

  10. Hola, en el ejercicio 2018 4T, olvide rellenar el apartado de operación con clientes de más 3000€.
    por supuesto pague el IVA de esa declaración sin problemas. Pero en las informativas del mismo año realice la declaración. Al pedir certificado de contratistas me lo denegaron.
    Entonces realice un nuevo modelo 303 complementario incluyendo el número de registro del anterior 303 y presentándolo por Internet.
    MI pregunta es así como debo hacerlo, llamé a Hacienda y seguí los pasos que me explicaron. Gracias

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Antonio, entiendo que te refieres a no haber marcado la casilla de operaciones con terceros en el modelo 303 4T. La verdad es que sería la primera vez que esto provoca no conseguir el certificado de contratistas. Porque sí presentaste el mod 347. Si te lo han indicado en Hacienda sigue los pasos que te hayan explicado. Pero una cosa. la complementaria no se puede presentar si el resultado es igual. En tu caso es así porque marcar esa casilla no influye. Lo normal es hacer un escrito y rectificar. Para agilizarlo mira bien si no hay deudas ni nada porque hasta una multa del coche pasa por Hacienda y provoca que no salga el certificado.
      Espero que puedas solucionarlo!

  11. Hola!
    Al hacer la declaración con prisas, me salió a compensar (en negativo) Realmente el resultado era positivo y a ingresar.
    Como puse a compensar aun no se me ha cobrado en la siguiente.
    No se como hacer la complementaria dejando claro que no han de compensar la anterior… Espero haberme explicado bien, se que es ridículo pero con la prisa hice todo al revés
    Gracias de antemano.

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Pablo, esas situaciones pasan más de lo que te imaginas. Calcula la declaración correcta. La casilla 70 la dejas en blanco y te saldrá el importe a pagar. Lo único que para que ese importe negativo no se quede por ahí y parezcan dos declaraciones que no se sabe cuál es la que vale presenta al mismo tiempo un escrito detallando el error producido.
      Espero que puedas solucionarlo!

  12. Hola, Ana. Repasando las facturas me he dado cuenta de que no hemos incluido en la casilla 59 (entregas comunitarias de bienes y servicios) del modelo 303 una factura. Me gustaría saber si hemos de presentar una declaración complementaria, fuera de plazo o si puede regularizar en el trimestre presente, pues no cambian los importes, en este caso es información.
    ¡Muchas gracias!!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Lola, ese es el olvido más frecuente del modelo 303. Como no altera el resultado no puedes presentar complementaria Puedes incluirlo en el próximo trimestre. Si has presentado el 349 con esas entregas intracomunitarias entonces tendrás que hacer escrito para rectificar el 303.
      Gracias por tenerte por aquí!

      1. Muchísimas gracias, Ana, por tu rapidez y claridad.

  13. Hola Ana,
    Haciendo el 303 (con saldo a compensar) nos hemos dado cuenta que no hemos puesto los saldos a compensar del trimestre anterior, que también nos salió a compensar. Puedo hacer una complementaria para añadir el iva a compensar del primer trimestre de 2019?? Es decir, acabo de realizar 303 del 2trimestre y no he metido el saldo a compensar que me salió en el 1trimestre. Qué puedo hacer???
    Espero haberme explicado, gracias!!

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Vanessa, sólo se puede presentar complementaria si el resultado final tendría que haber menos a tu favor. Lo de no arrastrar el importes a compensar del trimestre anterior es algo muy frecuente. Tendrás que presentar escrito para rectificar el 303 y así poder tener el importe correcto para el siguiente trimestre.
      Gracias por leer el blog!

  14. Buenos días, al ir a presentar la renta he detectado un error una factura por lo que después de leer el artículo y todos los hilos creo que me ha quedado claro que debo presentar la complementaria del 303 y por ende también la del 390. Mi pregunta es la siguiente:
    ¿Si presento las complementarias antes de hacer esta declaración de la renta, tendré que meter los datos ya corregidos en esta declaración?
    Gracias por ayudarnos con las infinitas dudas que se plantean a la hora de afrontar estas cuestiones. Un saludo

    1. Ana Tus Papeles 4 años ago

      Hola Enrique, si has detectado el error al hacer la Renta es mejor presentar antes la complementaria del modelo 303 y del 390. Luego ya puedes presentar la Renta con los datos correctos. Así te evitas mayores sanciones antes de que Hacienda lo detecte precisamente por la Renta.
      Espero que puedas solucionarlo!

  15. Buenas tardes, he rellenado y enviado el modelo 303 pero se me ha olvidado meter los ingresos intracomunitarios, como puedo rectificar, con una complementaria, poniendo todos los datos de nuevo?
    Graciasssss

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Nuria, como poner las operaciones intracomunitarias no afecta al resultado no podrías presentar una complementaria. Tendrías que hacer un escrito para rectificar el modelo 303.
      Gracias por estar aquí!

  16. Al presentar el el 4 t del modelo 303 y haber realizado ya la solicitud de aplazamiento para el pago ya que me da a pagar, he visto que en el apartado de exonerado de la declaración me he equivocado en la casilla 80, poniendo una cifra del año 2017. Esto no influye en el resultado del pago a Hacienda. Qué puedo hacer? Tengo que hacer una complementaria o qué? No hace falta nada? Ya que en la declaración de la renta anual estará la cifra correcta.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Blanca, si en la declaración de la Renta pones un importe y en el 390 figura otro es cuando salta porque no coincide. No puedes presentar complementaria porque el resultado no varía. Presenta un escrito para rectificar el 4T y que figure el importe correcto.
      Gracias por estar por aquí!

  17. Virginia 5 años ago

    Buenas tardes,
    Mi consulta es sobre el 390.
    Tengo saldo a compensar de IVA de los trimestres anteriores, al rellenar el 390, ¿debería poner ese importe en algún sitio? ¿Cómo se sigue compensando este año?, ¿Tengo que hacer alguna cosa?
    Muchas gracias de antemano. Un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Virginia, el importe a compensar que te ha salido en el 4T va en la casilla 97 del modelo 390. En el 1T sigues arrastrando ese importe poniéndolo en la casilla de compensar cuotas de periodos anteriores. La forma de seguir compensando es igual en todos los trimestres, aunque sea un año distinto.
      Gracias por tenerte por aquí!

  18. Buenos días Ana, al rellenar el 303, he olvidado de introducir una factura de 80 sin IVA (exento) y ahora no sé cómo solucionar el problema porque no me deja hacer una complementaria. Muchas gracias por todo

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Juan, no te deja hacer complementaria porque el resultado no varía. Para rectificarlo deberías presentar un escrito explicando con detalle el error producido.
      Gracias por tenerte por aquí!

  19. Buenos días, ¿con la autoliquidación complementaria del 303 debe aportarse algún documento o escrito explicativo?

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Alberto, no es necesario aportar ningún escrito. Gracias por estar aquí!

  20. Buenos días, mi caso es que he presentado un IVA a devolver (cuarto trimestre) por importe -4.926,89€, ahora veo que había un error y el resultado correcto sería -3.591,29€. Mi duda surge a la hora de rellenar la complementaría, ya que si pongo todos los datos correctos el resultado es -3591,29€ (correcto), pero se si relleno la casilla 70, se sale la suma de ambas partidas negativas, en lugar del saldo menor a devolver… En las declaraciones complementarias de menor importe a devolver ha de dejarse en blanco la casilla 70? Todavía estoy en plazo.
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Manuel, la complementaria lo que hace es que tengas dos declaraciones: una con el importe anterior y otra con el nuevo correcto. Es obligatorio rellenar la casilla 70 para restar ese importe a la actual declaración complementaria. Pero de la otra, la original, el resultado no se anula. Solo se resta de la complementaria.
      Gracias por estar aquí!

      1. Gracias Ana por tu rápida respuesta: pero el problema es que si en la declaración original puse erróneamente como cantidad a devolver -4.926,89 €, y en la complementaria pongo la cantidad correcta ( -3.591,29 €), y en la casilla 70 vuelvo a poner el importe de la primera de las declaraciones (- 4.926,89 €), me sale a pagar 1.335,60 €, cuando realmente Hacienda aún no me ha pagado la devolución solicitada en la primera declaración (la errónea). No es pues lógico que tenga que pagar, cuando quien me tiene que devolver es Hacienda, no?
        Gracias

        1. Ana Tus Papeles 5 años ago

          Hola Manuel, estás poniendo el importe en negativo, por eso te sale a pagar. Quita el signo negativo.

  21. Francisco 5 años ago

    Hola, he presentado el 303 y en vez de ingresar he puesto por error Compensar, ¿cómo puedo subsanarlo?. Gracias.

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola Francisco, eso es raro. El mismo formulario del 303 abre unas opciones u otras en función del resultado. Si el importe es positivo es cuando se abren las opciones de ingresar, domiciliar, aplazar, etc. Mira bien las casillas que has rellenado para llevarte a un resultado negativo. Si el error está ahí y teniendo en cuenta que sale a pagar puedes hacer una complementaria. Todavía estás en plazo, los impuestos vencen el lunes.

  22. José Andrés 5 años ago

    Hola. Hoy he presentado una declaración de IVA y por error he puesto una cuenta que no es mía. Cómo podría cambiar la cuenta antes de que me pasen el importe, ya que no van a admitir el pago lógicamente.
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 5 años ago

      Hola José Andrés, no te preocupes que se puede cambiar la cuenta de domiciliación. Tienes que hacerlo hasta el día 15 como máximo. Es en Sede Electrónica, pago de impuestos, domiciliaciones.
      Gracias por estar por aquí!

  23. Buenos días, tengo que hacer unas complementarias de iva por haber deducido un iva no deducible. son de ejercicios 2015-2016-2017, puedo llevar el importe a pagar a reservas??
    gracias y un saludo

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Javier, puedes llevarlo a reservas.

  24. Buenos días, ¿dónde se puede descargar una declaración complementaria del IVA de otro ejercicio? ¿Tengo que hacer tb complementaria de la declaración 390 ?
    Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Isabel, no te entiendo bien. Cuando rellenas el modelo 303IVA hay una casilla para marcar complementaria. En la página de Hacienda tienes el formulario que se rellena online y si no lo presentas por Internet puedes generar un pdf. Si cambias el IVA de ese trimestre tendrás que hacer lo mismo con el modelo 390.

  25. Buenas tardes,
    Se me ha quedado una factura de venta por presentar en el primer trimestre de este año. He estado informándome y he visto que tengo que hacer una declaración complementaria de IVA. Mi duda es sobre el IRPF, ya que al ser una cuenta del grupo 7, el importe a pagar en
    IRPF sería superior, también se hace mediante declaración complementaria o es de forma distinta? Por otro lado, he visto que hay que pagar posteriormente un recargo si se hace fuera de plazo, pero no encuentro cuál es el plazo de presentación. Gracias y un saludo

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Rocío, si es una factura de venta deberías presentar una declaración complementaria. Está fuera de plazo porque los vencimientos son los que marcan los trimestres. Si es del 1T el plazo fue el día 20 de abril. Del IRPF me imagino que te refieres al modelo 130 que también debería ir con complementaria. Los dos llevan recargo. De todas formas podrías regularizar en el próximo, no es lo suyo pero tampoco es algo tan grave. Depende del importe.
      Gracias por estar por aquí!

  26. Leopoldo 6 años ago

    Como consecuencia de una Inspección Limitada de IVA del 2016, Hacienda aparte de no admitir un IVA a compensar del año 2012, del que no encontramos la documentación para poder justificarlo, la paralela resultante de los 4 trimestres da como resultado una cuota a compensar de 0€ cuando pusimos 17,78€. Esto error lo hemos arrastrado durante los 5 trimestres siguientes hasta que recibimos la Liquidación definitiva que fue a finales de marzo. Hemos pensado en presentar complementarias del 2017 (303 y 390) y 1T2018 para regularizar el VA a compensar no admitido por los 17,78€. La duda es sobre que importe hay que poner en la casilla 70. Entiendo que en la 67 hay que poner lo que había (aunque fuera incorrecto) a compensar pero si en la 70 pongo el importe de la casilla 71 del modelo presentado el resultado sería O., cuando debería ser el de la casilla 71 errónea menos los 17,78€. ¿Sería correcto poner en la casilla 67 cero que es lo que nos indicaba hacienda?.
    Gracias por vuestra ayuda

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Leopoldo, sin ver los papeles es difícil excede de un comentario. Esto no es un consultorio. Si Hacienda no admite ese importe habría que seguir los pasos que te indican que quizá no sea una complementaria. Piensa que si presentas ahora los 303 y 390 que dices van con sanción por fuera de plazo. Habrías que estudiarlo mínimamente.

  27. Tengo que presentar una complementaria del 303 a favor de hacienda, mis dudas son: Tengo que pagar al presentarla o esperar comunicado?
    El recargo, cómo lo pago? Espero comunicado de hacienda o se incluye en la complementaria? Gracias

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Ricardo, cuando presentes la complementaria pagarás esa diferencia a favor de Hacienda. Luego tendrás que esperar notificación donde te comunicarán el recargo.
      Gracias por estar por aqui!

  28. Salvador 6 años ago

    Buenas tardes, como no tengo que hacer el modelo 390, en el 4º trimestre del modelo 303, se me ha olvidado rellenar la casilla 80 con el total de los alquilares cobrados durante 2017, puedo solucionarlo con una complementaria, o debo presentar el modelo 390 aunque esté exento, gracias y un saludo.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Salvador, con una complementaria no puedes. Aunque no sea lo suyo quizá presentar el modelo 390. Si has marcado la casilla de volumen de operaciones cuando estás exonerado puedes presentar escrito explicando el error y poniendo el importe de los alquileres.

  29. Buenas tardes Ana,
    y muchas gracias por tus aportes, que me han resultado muy útiles. Quisiera preguntarte qué hacer si me he dado cuenta de una diferencia de 1O céntimos en la declaración del segundo trimestre del año anterior, justo haciendo el modelo anual 390 y ya presentados los cuatro trimestres del 303. La diferencia es a mi favor, es decir, tendría que haber pedido 10 céntimos más. Introduje mal esa cantidad en «a compensar de liquidaciones anteriores» y ahora no coinciden las casillas 86 y 95. Deberían coincidir, por lo que recibo un aviso y
    no puedo firmar y enviar la declaración (390). Un saludo, espero seguir leyéndote.

    1. Ana Tus Papeles 6 años ago

      Hola Jaime, por 10 céntimos no pasa nada. Pero no puedes presentar complementaria porque aunque sea por esos céntimos es a tu favor. Para que te deje presentar mételos en el VA deducible que no tiene importancia. O presenta la complementaria porque aunque no sea lo suyo normalmente deja presentar. Así te cuadrará al final el resultado. Puede sonarte a chapuza pero si no te costaría presentar escritos, solicitudes y más historias todo por ese importe.
      Gracias por estar por aquí!

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