Trámites Gestiones

Tras trabajar toda la vida, la jubilación anticipada es un derecho que también tenemos los autónomos.

No podemos negar que su tramitación no es muy común, sobre todo porque en general las pensiones de los autónomos son más bajas que las de los trabajadores por cuenta ajena.

En la actualidad, la pensión media de un trabajador en el Régimen General es de 1.304,93 euros, mientras que la de un autónomo es de 774,92 euros. Hablamos de más de 500 euros al mes de diferencia. Con lo cual, muchos autónomos deciden trabajar muchos más años para tratar de separar más dinero.

Pero si has decidido que quieres jubilarte, ¡enhorabuena! Ahora descubrirás cómo es la jubilación anticipada en el caso de los autónomos:

Jubilación anticipada y autónomos

Los autónomos como tú también se pueden jubilar de forma anticipada. Se trata de una normativa que entró en vigor el 1 de enero de 2013 y que establece que los trabajadores autónomos pueden jubilarse antes de tiempo, siempre que cumplan las condiciones de la jubilación anticipada voluntaria.

Requisitos

Para poder solicitar la jubilación anticipada como autónomo, tienes que cumplir estos requisitos:

  • Tener como máximo 2 años menos respecto a la edad de jubilación en cada momento (si por ejemplo es a los 65 años, el autónomo podrá jubilarse a los 63 años).
  • Haber cotizado durante al menos 37 años y 6 meses (aplicándose un coeficiente reductor en función de los meses de anticipo de jubilación y número de años acreditados).

Tras cumplir estos dos requisitos, la ley también exige lo siguiente:

  • El importe de la pensión a percibir debe ser superior a la pensión mínima que tendrías al cumplir los 65 años. Si no es así, no podrás disfrutar de la jubilación anticipada.

¿Tienes suerte de tener todos estos requisitos?

¿Cómo se calcula?

La pensión del autónomo no dependerá únicamente de las bases de cotización de los últimos, que desde 2022 cuenta los últimos 25, sino también del nº de años cotizados. Por lo que en función de ambas cosas se aplicarán unos determinados coeficientes correctores. Un poco de lío, ¿no?

Coeficientes correctores

Estos coeficientes se aplicarán sobre la pensión para todos los autónomos que solicitan la jubilación anticipada. En total, será de lo siguiente:

  • 8% por año adelantado de jubilación teniendo hasta 38 años y 6 meses cotizados
  • 7,5% entre 38 años y 6 meses y menos de 41 años y seis meses

Y así sucesivamente. De tal forma que a más años cotizados, menor sería el porcentaje.

¿La jubilación anticipada del autónomo es igual que la del asalariado?

La realidad es que no. A los autónomos se nos veta la posibilidad de la jubilación anticipada forzosa que se puede dar por situaciones de despidos o de crisis que sí reconocen en el régimen general.

Los trabajadores por cuenta ajena también pueden jubilarse 4 años antes de la edad legal si han cotizado al menos 33 años. 

Alternativas

Aparte de la pensión anticipada, hay otras posibilidades:

1-Subsidio de mayores para autónomos

La jubilación del autónomo antes de los 63 solo es posible si tienes 52 años y accedes al subsidio de mayores.

Para ello, debes cumplir con una serie de requisitos:

  • Estar inscrito como desempleado desde que agotaste la prestación.
  • No haber rechazado ofertas de empleo o formación.
  • Haber cotizado por desempleo entre 90 y 359 días.
  • Que el cómputo de tus rentas no haya superado el 75% del SMI.

2-Jubilación anticipada por discapacidad

En el caso de que como autónomo tengas un grado de minusvalía igual o superior al 45%, podrías acceder a la jubilación anticipada.

La edad mínima para las personas afectadas por estas minusvalías es de 58 años.

El Real Decreto 1851/2009, de 4 de diciembre, recoge discapacidades como parálisis cerebral, discapacidad intelectual, anomalías genéticas, autismo, síndrome postpolio, daño cerebral, enfermedad mental, enfermedad neurológica y anomalías congénitas secundarias a talidomida.

 

¿Te ha quedado alguna duda? ¡Recuerda que puedo ayudarte con todos los trámites!

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