Siendo autónomo los gastos en publicidad es una de tus estrategias para conseguir clientes y es fundamental saber si se pueden deducir o no.
Actualmente conviven miles de formas de publicidad y promoción. Las de siempre, las nuevas, las online. Tendrás que adaptar la que mejor funcione o ¿por qué no?, varias a la vez.
Aquí no se trata de ver qué estrategia se adapta mejor a tu actividad. Pero sí que al menos, ya que te está costando y para ti se ha transformado también en un gasto saber si se pueden deducir.
Los gastos de publicidad sí se pueden deducir pero ¿cómo?
Se pueden deducir siempre que sean para obtener ingresos y estén relacionados con tu actividad. Bueno, aquí esto que dice Hacienda es obvio ¿para qué ibas a hacer publicidad si no fuera de tu actividad para conseguir clientes?
Si no lo fuera sería una forma extraña de gastar dinero para nada.
Para ver cómo se pueden deducir los gastos de publicidad siendo autónomo vamos a dividirlos en dos tipos para que sea más fácil de entender.
Gastos de publicidad y promoción como por ejemplo anuncios online, en revistas, buzoneo, marketing digital, carteles, y un gran etc.
Son las acciones que realizas para obtener más clientes y generar más ingresos.
Todos estos gastos sí son deducibles.
Tanto en el IVA como en el IRPF. Los puedes incluir en el modelo 303 IVA, en el modelo 130 IRPF y en tu declaración de la Renta como autónomo.
Pero dentro de las facturas que pagas por los gastos de publicidad para deducir hay que tener en cuenta de dónde viene. Te explico que esto ha quedado raro.
Facturas de España
Si las facturas son de España pues serían como otro gasto cualquiera, el que sea. Tal cual se deduce. Igual.
Facturas de publicidad en plataformas online como Google o Facebook
Pero dentro de la publicidad y promoción están las grandes plataformas como Google, Facebook, Instagram, etc. Hay que mencionarlo aparte porque es algo muy frecuente.
Y sobre todo porque si te fijas la sede, desde donde emiten esas facturas que pagas, es Irlanda en la gran mayoría de los casos. Y las recibirás sin IVA. No comprueban y dan por hecho que estás dado de alta como operador intracomunitario.
¿Sabes en qué consiste darse de alta como operador intracomunitario?
Esto significa que para deducir los gastos de publicidad de este tipo de plataformas podrás incluirlos en el modelo 130 IRPF y en tu Renta.
Pero al no tener IVA no se incluyen en el modelo 303 IVA.
Si estás dado de alta como te comentaba en el ROI entonces sí que debes ponerlos aunque no afecte al resultado. ¿Sabes poner las adquisiciones intracomunitarias en el modelo 303?
2) Facturas de regalos a clientes y promoción
Este tipo de gastos son un poquito más complicados para entender si se pueden deducir o no siendo autónomo.
Son por ejemplo lo que se llama atención al cliente tipo caramelos, llaveros, bolígrafos, que tienes en tu tienda, o regalos de cumpleaños o de navidad. O también las camisetas con logos que valen para algo más que uniformes. Bueno y muchos más ejemplos.
Los gastos existen, pero Hacienda no lo interpreta tan literal. Y todo porque piensan que todo gasto es para generar ingresos, más bien, que puedes demostrar con una factura ese ingreso o venta. Pero claro no es tan causa-efecto ¿no? Tener unos caramelos en la tienda no significa que supongan vender algo en concreto. Pero sí tener un buen ambiente y que se acuerden de ti.
Hasta ahora no era tan fácil demostrarlo, pero hace poco las cosas se han puesto un pelín más sencillo para los autónomos y si se consideran gastos deducibles.
¿Tienes gastos de publicidad y no sabes si se pueden deducir?
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