¿Se puede anular la Renta presentada?

anular la Renta presentada

La declaración de la Renta presentada no se puede anular, pero puedes corregir los errores de una forma muy fácil y sin problemas. Descubre los pasos para cambiar la renta presentada.

Actualizado agosto 2022

¿Has presentado ya la declaración de la Renta? De repente te das cuenta de que te has equivocado. Desde Renta Web puedes hacerlo de una forma fácil y sencilla. Unos pocos clics y listo, solucionado.

Cuándo se puede rectificar la Renta presentada

Para poder modificar la declaración de la Renta presentada tienes que cumplir estas condiciones:

  • Que la primera declaración esté presentada.
  • Si Hacienda no ha realizado ninguna liquidación.
  • No pueden haber pasado más de 4 años.

Si presentas la rectificación antes de que finalice el plazo es mejor por evitar sanciones.

Qué tipos de rectificaciones de la Renta hay

¿Qué tipos de rectificaciones de la Renta hay?Puedes haberte equivocado por cualquier motivo.

Puede que no hayas metido alguna deducción y el resultado tendría que haber sido más a devolver o menos a pagar. A esto se llama rectificar Renta.

Pero también puede que se te haya olvidado meter algún ingreso y entonces sería al revés, menos a devolver o más a pagar. A esto se llama complementaria Renta.

Cómo solucionar el error en la declaración de la Renta presentada

Los pasos son muy sencillos. Primero entra en la página de Hacienda.

Dentro de Renta haz clic en:

  • IRPF.
  • Todas las gestiones.
  • Modificación de una declaración ya presentada.

 

Pantalla rectificar renta
Pantalla rectificar renta

 

Cuando abras Renta Web te saldrá en pantalla la opción de modificar la declaración.

 

Se puede anular renta presentada: seleccionar modificar declaración
Seleccionar modificar declaración

 

Al acceder la primera opción es elegir continuar sesión o modificar la renta presentada.

 

Pantalla continuar o modificar declaración presentada
Pantalla continuar o modificar declaración presentada

 

Al seleccionar modificar declaración presentada renta web te llevará a la página 3.

Declaración complementaria:

  • Cuando la cantidad del resultado es menos a devolver que la declaración que ya has presentado y aún no te han ingresado la devolución. Selecciona la casilla 107.
  • Cuando el resultado es más a pagar, selecciona la casilla inferior.

Rectificar:

  • Cuando la cantidad del resultado tendría que ser más a devolver o menos a pagar.
  • Selecciona casilla 127.

 

Pantalla Renta Web declaración complementaria o rectificación
Pantalla Renta Web declaración complementaria o rectificación

 

Una vez seleccionada la opción que necesites, rellena o cambia lo que sea directamente en las casillas de la declaración en el apartado que te has equivocado.

Una cosa, si el resultado final tendría que ser menos a pagar o más a devolver, significa que necesitas rectificar la declaración. Y esto supone que Hacienda lo comprobará. No es tan automático. Excepto si el error ha sido por algo muy, muy claro y sencillo.

En este caso no pienses en poner el nuevo importe y pensar que te lo van a devolver así sin más.

 

Pantalla Renta rectificación
Pantalla Renta rectificación

 

Solicita cita previa en Hacienda, si no te costará volver otro día

 

 

¿Sabías que no se puede anular la Renta presentada? ¿Has conseguido corregir la Renta? ¿Te parece fácil? ¿Ha sido un problema?

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4 respuestas

  1. Gracias por compartir cosas tan útiles.
    Mi duda es si se ha cometido un error (como marcar domicilio habitual uno secundario o meter una cantidad de dinero en otro apartado), pero esto no afecta al resultado final hay que modificar la declaración ?

    1. Hola José Luis, si el error es del domicilio habitual, mejor presentar la declaración rectificativa, es un tema sensible para Hacienda.
      Gracias por estar por aquí!

      1. En el caso de un error de ese tipo cuales serían las posibles sanciones?

        Y en quién recaen en el supuesto de que la declaración te la hubiera elaborado y presentado un funcionario público habilitado para ello?

        1. Hola Isabel, por desgracia el último responsable eres tú aunque la haya elaborado y presentado un funcionario. Las sanciones dependen de lo que sea el error.
          Gracias por estar por aquí!

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