Sanciones por no presentar la renta en 2025

Sanciones por no presentar la renta en 2025

¡Cuidado si te olvidas de presentar la renta! En Tus Papeles Autónomos siempre estamos recordándote todas tus obligaciones tributarias y fiscales con Hacienda. Una de ellas es la renta, que deberás presentarla antes del 30 de junio de 2025.

Sanciones si no presentas la renta en 2025

En la actualidad, prácticamente todos los autónomos están obligados a presentar la declaración de la Renta, incluso aunque no hayan obtenido beneficios o si el resultado es negativo y le sale a devolver.

Esto es debido al nuevo sistema de cotización por ingresos reales, que vincula las cotizaciones a la Seguridad Social con los ingresos obtenidos, y obliga a declarar a cualquier persona que haya estado de alta como autónomo en algún momento del año anterior.

Si estuviste dado de alta en 2024, tendrás que presentar tu Renta en 2025, aunque tu actividad fuera mínima o con pérdidas.

En esta guía ya te contamos qué autónomos tienen que presentar la renta en 2025.

El problema de no saber estas cosas, es que no presentar la declaración de la Renta cuando se está obligado puede acarrear consecuencias importantes.

Este año, la fecha límite es el 30 de junio

Hacienda establece el 30 de junio como fecha límite para presentar la declaración correspondiente al ejercicio 2024.

A partir del 1 de julio, si no se ha hecho, comienzan a aplicarse recargos y posibles sanciones.

Estos recargos están regulados por la Ley General Tributaria y varían según el tiempo transcurrido, si se presentó la declaración de forma voluntaria o tras requerimiento de la Agencia Tributaria, y si el resultado de la declaración implica pagar o no.

¿Me pueden sancionar si presento la renta fuera de plazo pero de forma voluntaria?

En caso de que el autónomo presente su declaración fuera de plazo pero lo haga por iniciativa propia, sin que Hacienda se lo haya requerido, se aplicará un recargo del 1% inicial más otro 1% adicional por cada mes de retraso. Es decir:

  • Un recargo del 2% si se presenta con un mes de retraso.
  • Un recargo del 3% si pasan dos meses.
  • Y así sucesivamente hasta alcanzar el 15% tras un año.

Pero ojo, porque si la renta te sale a pagar, tendrás que aplicar ese recargo sobre la cantidad pendiente de pago. Es decir, si te salía a pagar 1000 euros, tendrás que pagar 1.150 euros.

El problema, es que si Hacienda detecta que no has presentado la declaración y te envía un requerimiento formal, las consecuencias son más graves.

¿Qué sanciones me pueden caer si Hacienda me envía un requerimiento?

En ese caso, el recargo puede ser del 20%, al que se le suma una sanción que puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe no ingresado, dependiendo de la gravedad del incumplimiento.

Si no hay indicios de ocultación o manipulación de facturas, la infracción se considera leve y la sanción se suele fijar en el 50% del importe a pagar. Por ejemplo, si te sale a pagar 1.000 euros, podrías tener que pagar 500 euros de multa. Puede parecer mucho, pero es así como está fijado actualmente.

No obstante, la «buena noticia» es que Hacienda podría aplicarte reducciones si pagas dentro del plazo que se indique en la notificación.

Nuestro consejo: no te olvides nunca de la renta, no lo dejes para el último día

Los autónomos están obligados a presentar la renta. Lo mejor que puedes hacer es no dejarlo para junio, porque luego podría no darte tiempo o podrías olvidarte, sobre todo si enfermas o si te sucede algo de fuerza mayor.

Para evitar tener que pagar sanciones, intereses o recargos, es fundamental cumplir con los plazos. Deja tu renta en nuestras manos para que no tengas que preocuparte por pagar estas sanciones.

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