Impuestos Autónomos

Estamos en mes de impuestos y es habitual hacerse esta pregunta acerca de si puedes rectificar un modelo del trimestre una vez presentado. Lo cierto, es que el error humano puede suceder en cualquier momento y puede que cuando te hayas dado cuenta sea demasiado tarde, pero es mejor rectificar que esperar a que Hacienda se dé cuenta del problema y que sea más grave. Veamos qué hacer en estos casos.

¿Se puede rectificar un modelo ya presentado en el trimestre?

Como autónomo tienes la obligación de presentar ciertos modelos a la AT al cabo del año. El problema llega cuando tras la presentación, te das cuenta de que has subido un modelo mal, vacío o con información errónea.

Si esto te ocurre, debes saber que sí es posible rectificar la declaración presentada, pero ojo porque el proceso variará en función de si el error perjudica al contribuyente o a Hacienda.

En el caso de un modelo trimestral como puede ser el 303 (IVA), pueden suceder dos cosas:

  • Si se ha ingresado de más o declarado una cantidad inferior, se debe solicitar una rectificación de la autoliquidación presentada.
  • Si se ha ingresado de menos o declarado una cantidad mayor, se debe presentar una autoliquidación complementaria indicando que se trata de una declaración complementaria.

Es decir, en función de cómo hayas «metido la pata» tendrás que actuar de una forma o de otra. Pero Hacienda establece una distinción entre una declaración complementaria y una rectificación de autoliquidación, y es importante saber bien el significado de cada una para entenderlas y saber cómo proceder.

¿Cuál es la diferencia entre una declaración complementaria y una rectificación de autoliquidación?

  • Una declaración complementaria se presenta cuando el error tiene un impacto económico desfavorable para Hacienda. En este caso, se debe corregir la declaración original mediante la presentación de una declaración complementaria.
  • Una rectificación de autoliquidación se realiza cuando los errores perjudican económicamente al contribuyente o no afectan al resultado de la declaración original. En este caso, se puede solicitar la rectificación de la autoliquidación presentada para corregir los errores y ajustar la cantidad a devolver o ingresar.

¿Qué plazo hay para presentar la complementaria?

Si decides rectificar un modelo del trimestre y presentas una declaración complementaria, debes tener en cuenta que hay 2 plazos:

  • Durante el periodo voluntario de la declaración (por ejemplo, en el caso del 2T sería de 1 al 20 de julio de 2023).
  • Fuera de plazo. Esto se haría de manera voluntaria o a petición de Hacienda. Es decir, para el caso del 2T se realizaría tras el 20 de julio de 2023.

Delega la presentación de los modelos en manos de un buen asesor y olvídate de estos problemas para siempre

¿Puede haber sanciones por presentar la complementaria?

En primer lugar, ten claro que presentar una declaración complementaria dentro del plazo legal está libre de una posible sanción, multa o recargo.

Pero ojo, porque la cosa cambia si la presentas fuera de plazo, porque aunque Hacienda no tiene porqué sancionarte, lo cierto es que sí vas a tener que pagar un recargo y los intereses de demora. Es decir, que el error no te sale gratis.

Si Hacienda te ha enviado un requerimiento y has tributado menos de lo que deberías, en cantidades inferiores a 3000 euros la multa sería del 50 % de lo que no has declarado. Pero aparte puede haber intereses de demora y recargos, que pueden ir del 1 al 15% del importe a abonar.

Para evitar que esto suceda y que acabes teniendo que pagar de más, recuerda revisar bien los modelos o delegar todo en manos de un asesor.

Nosotros estaremos encantados de ayudarte a que duermas más tranquilo. ¿Hablamos?

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